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Intentada la notificación de la Resolución de reintegro de 29 de julio de 2014, recaída en el expediente que se indica, sin que se haya podido practicar, por medio de la presente y de conformidad con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación de dicha Resolución de reintegro, comunicándoles que para conocer el texto íntegro podrán comparecer, en horas de 9 a 14 cualquier día hábil de lunes a viernes en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a esta publicación, en la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, Servicio de Coordinación y Fomento, sito en C/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n, de Sevilla.
Beneficiario: Obrador del Café de Oriente, S.L.
Expediente: ITPEXP09 TU1401 2009/008.
Objeto subvención: Adecuación recreativa de establecimiento con servicios de catering y reuniones de empresas (plaza de toros, rutas taurinas, adecuación de accesos, sonorización).
Acto: Resolución de expediente de reintegro.
Resumen del contenido: Resolución de reintegro de la subvención que, por importe de 96.945,05 euros, fue concedida a la empresa Obrador del Café de Oriente, S.L., por incumplimiento de la actividad objeto de subvención, al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, Modalidad 2 (ITP).
Sevilla, 29 de octubre de 2014.- La Directora General, Manuela González Mañas.
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