Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 231 de 26/11/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 17 de noviembre de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 89/2014.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 89/2014. Negociado: I.

NIG: 4109144S20110012517.

De: Fremap.

Contra: Diego Mateos Rodríguez, INSS y TGSS y DMR e Hijos Electricidad, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 89/2014 a instancia de la parte actora Fremap contra Diego Mateos Rodríguez, INSS y TGSS y DMR e Hijos Electricidad, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

DECRETO

Secretaria Judicial. Sra. María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a diecisiete de noviembre de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

Único. En el presente procedimiento la parte actora después de efectuar el Juzgado dos requerimientos no ha presentado tasación de costas y liquidación de intereses por lo que se entiende que ha renunciado a los mismos, de conformidad con los dos requerimientos efectuados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Dispone el artículo 570 de la LEC que la ejecución forzosa solo terminará con la completa satisfacción del acreedor ejecutante, que es lo que ha sucedido en el presente procedimiento.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1. Declarar terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancia de Fremap frente a Diego Mateos Rodríguez.

2. Alzar, en su caso, todos los embargos y librar para ello los correspondientes despachos.

3. Archivar el presente procedimiento.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse en el plazo de tres días, mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido (art. 188 LRJS). El recurso deberá interponerse por escrito, en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y, deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el depósito para recurrir de veinticinco euros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones número del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/La Secretario/a Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Diego Mateos Rodríguez actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a diecisiete de noviembre de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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