Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 239 de 09/12/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 2 de diciembre de 2014, de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, por la que se publican los modelos de propuesta de mejora de la regulación económica y de información de obstáculos y barreras a la unidad de mercado.

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La Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas, ha modificado el artículo 2 de la Ley 6/2007, de 26 de junio, de Promoción y Defensa de la Competencia de Andalucía, incorporando a los fines de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía de «promover y preservar el funcionamiento competitivo de los mercados» el de «contribuir a mejorar su regulación económica». Con este propósito ha atribuido a la Agencia una nueva función, prevista en el artículo 3.m)  de la citada Ley 6/2007, de 26 de junio: «Poner en relación, de una parte, a los operadores económicos y las personas consumidoras y usuarias o las organizaciones que los representen, y, de otra, a las autoridades y órganos competentes, acerca de los obstáculos y barreras que se detecten a la unidad de mercado. En estos casos, la Agencia emitirá informe acerca de la posible vulneración de la normativa de unidad de mercado».

El desarrollo de la nueva función de la Agencia, empleando la colaboración de los operadores económicos y de la ciudadanía, es plenamente acorde con unos de los objetivos básicos establecidos en el artículo 10.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía: «facilitar la participación de todos los andaluces en la vida política, económica, cultural y social». A ello hay que unir el fomento de la información institucional impulsado por Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, que obliga también a las Agencias de la Administración de la Junta de Andalucía a realizar una publicidad activa, que permita a la ciudadanía conocer sus funciones, procedimientos y los mecanismos de participación establecidos.

Por su parte, la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, tiene por objeto establecer las disposiciones necesarias para hacer efectivo el principio de unidad de mercado en el territorio nacional, y en particular garantizar la integridad del orden económico y facilitar el aprovechamiento de economías de escala y alcance del mercado mediante el libre acceso, ejercicio y la expansión de las actividades económicas en todo el territorio nacional garantizando su adecuada supervisión, de conformidad con los principios contenidos en el artículo 139 de la Constitución.

La búsqueda de barreras a la unidad de mercado es una labor que incumbe a todas las Administraciones Públicas, pues conforme al artículo 8.1 «todas las autoridades competentes actuarán con transparencia para la correcta aplicación de esta Ley y la detección temprana de obstáculos a la unidad de mercado».

Asimismo, el preámbulo de la Ley pone de manifiesto que «la mayor parte de las barreras y obstáculos a la unidad de mercado se eliminan adoptando criterios de buena regulación económica».

Por todo ello, en ejercicio de las competencias atribuidas a la Dirección-Gerencia por el artículo 6.n) del Decreto 289/2007, de 11 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, en relación con el artículo 5 del Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (internet), y con el artículo 1.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos,

RESUELVO

Primero. Dar publicidad a los modelos de propuesta de mejora de la regulación económica y de información de obstáculos y barreras a la unidad de mercado, que figuran como Anexos I y II de esta Resolución.

Segundo. Informar que ambos modelos estarán disponibles en la página web de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, www.juntadeandalucia.es/defensacompetencia, y en la Plataforma de Relación con la Ciudadanía Andaluza, www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/clara.

Tercero. Esta Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 2 de diciembre de 2014.- La Directora-Gerente, M.ª Victoria Román González.

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