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AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA
Anuncio de bases
ANEXO 4
CONVOCATORIA DE 2 PLAZAS DE INSPECTOR DE LA POLICIA LOCAL (OEP 2009)
1. Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión de dos plazas de funcionarios de carrera, Inspectores de la Policía Local, incluidas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, pertenecientes al Subgrupo A2 de clasificación profesional, en régimen funcionarial y en turno de acceso de promoción interna.
2. Requisitos específicos.
- Estar en posesión del Título de Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o equivalente. En todo caso, la equivalencia deberá acreditarse por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.
- Ser funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Málaga con la categoría de Subinspector de la Policía Local y haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en la categoría de Subinspector en el Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Málaga, computándose a estos efectos el tiempo en que haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo.
- No hallarse en la situación administrativa de segunda actividad, salvo por causa de embarazo.
- Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.
Los requisitos deberán cumplirse por los aspirantes el último día del plazo de presentación de instancias y acreditarse documentalmente por éstos antes de realizar el curso de capacitación.
3. Procedimiento de selección: Concurso-oposición.
El proceso selectivo se ajustará a lo determinado en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales; Decreto 201/2003, de 8 de julio, modificado por Decreto 66/2008, de 26 de febrero; Orden de la Consejería de Gobernación de 22 de diciembre de 2003, modificada por la Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, así como, supletoriamente, por lo dispuesto en las Normas Generales de la Convocatoria, y demás legislación aplicable en materia de acceso a la función pública local. En todo caso su desarrollo se efectuará como a continuación se indica:
3.1. Fase de concurso:
1. Titulaciones académicas.
1.1. Doctor: 2,00 puntos.
1.2. Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 1,50 puntos.
1.3. Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado superior en criminología, Experto en Criminología o equivalente: 1,00 punto.
1.4. Bachiller, Técnico superior en formación profesional, acceso a la Universidad o equivalente: 0,50 puntos.
Puntuación máxima del apartado 1: 4,00 puntos.
No se valorará la titulación requerida para el acceso a la categoría a la que se aspira, salvo que se posea más de una.
Tampoco se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, las titulaciones necesarias o las que se hubieran empleado como vía de acceso para la obtención de una titulación superior ya valorada.
A efectos de equivalencia de titulación sólo se admitirán las reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo aportarse la correspondiente declaración oficial de equivalencia o disposición en la que se establezca la misma, y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.
Sólo se valorarán los títulos antes citados, no los cursos realizados para la obtención de los mismos.
2. Antigüedad.
2.1. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en la categoría inmediatamente anterior, igual o superior a la que se aspira: 0,20 puntos.
2.2. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en categorías inferiores en más de un grado a la que se aspira: 0,10 puntos.
2.3. Por cada año de servicios o fracción superior a seis meses presados en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad: 0,10 puntos.
2.4. Por cada año de servicios o fracción superior a seis meses prestados en otros Cuerpos de las Administraciones Públicas: 0,05 puntos.
Puntuación máxima del apartado 2: 4,00 puntos.
3. Formación y docencia.
3.1. Formación: Los cursos superados en los centros docentes policiales, los cursos que tengan la condición de concertados por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía y los cursos de contenido policial, impartidos dentro del Acuerdo de Formación Continua de las Administraciones Públicas, serán valorados, cada uno, como a continuación se establece:
- Entre 20 y 35 horas lectivas: 0,25 puntos.
- Entre 36 y 75 horas lectivas: 0,30 puntos.
- Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,35 puntos.
- Entre 101 y 200 horas lectivas: 0,40 puntos.
- Más de 200 horas lectivas: 0,50 puntos.
Los cursos en los que solamente se haya obtenido «asistencia» se valorarán con la tercera parte.
No se tendrán en cuenta a efectos de valoración: los cursos obligatorios que formen parte del proceso de selección para el acceso a cualquier categoría o empleo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, lo cursos repetidos, salvo que se hubiese producido un cambio sustancial del contenido y los cursos necesarios para la obtención de las titulaciones del apartado 1 de las presentes Bases, ni la superación de asignaturas de los mismos.
3.2 Docencia, ponencias y publicaciones:
La impartición de cursos de formación comprendidos en el apartado 3.1., dirigidos al colectivo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se valorará a razón de:
Por cada 5 horas lectivas efectivamente impartidas, con independencia del número de horas del curso: 0,10 puntos, hasta un máximo de 1,00 punto.
Se podrán acumular fracciones inferiores a 5 horas lectivas hasta alcanzar dicho número, si se han impartido en cursos distintos.
Las tutorías, en los cursos a distancia, las actividades de coordinación o dirección de cursos sólo se valorarán si se acreditan las horas lectivas impartidas.
Las publicaciones y ponencias se valorarán cada una con un máximo de 0,20 puntos, en función del interés policial y por su carácter científico y divulgativo, hasta un máximo de: 1,00 punto.
Puntuación máxima del apartado 3: 4,00 puntos.
4. Otros méritos.
4.1. Por la pertenencia a la Orden al Mérito de la Policía Local de Andalucía, según la categoría otorgada dentro de la misma, se valorará con la siguiente puntuación:
- Medalla de Oro: 3 puntos.
- Medalla de Plata: 2 puntos.
- Cruz con distintivo verde: 1 punto.
- Cruz con distintivo blanco: 0,75 puntos.
4.2. Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local del Municipio o, en su caso, con la Medalla del Municipio por su labor policial: 0,50 puntos.
4.3. Haber sido recompensado con Medalla o Cruz con distintivo rojo al Mérito de un Cuerpo de Seguridad: 0,50 puntos.
4.4. Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento en Pleno (máximo 4 felicitaciones), cada una: 0,25 puntos.
Puntuación máxima del apartado 4: 4,00 puntos.
La puntuación total máxima a otorgar en la fase de concurso no podrá exceder de 4,50 puntos.
3.2. Fase de oposición:
Se ajustará a lo determinado a continuación, aplicándose supletoriamente lo dispuesto en las normas generales de la convocatoria.
a) Primer ejercicio. Prueba de conocimientos. Examen teórico: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los candidatos. Consistirá en contestar en un plazo máximo de 1 hora y cuarenta minutos, un cuestionario de 100 preguntas, con respuestas alternativas, aprobado por el Tribunal momentos antes de su realización, del temario de la convocatoria establecido en la Orden de la Consejería de Gobernación de 22 de diciembre de 2003 y que se relaciona al final de las presentes bases. La puntuación a otorgar por la realización de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo los aspirantes alcanzar como mínimo 5 puntos para superarlo y no ser excluidos de la convocatoria.
b) Segundo ejercicio. Prueba de conocimientos. Examen práctico: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los candidatos. Consistirá en desarrollar por escrito la resolución de un caso práctico, cuyo contenido estará relacionado con el temario y con el puesto de trabajo, elaborado por el tribunal momentos antes de su realización, debiendo los aspirantes ejecutarlo en el plazo máximo de 2 horas y 30 minutos. Posteriormente serán convocados para que lean ante el Tribunal el examen práctico realizado, el cual podrá hacerle las preguntas o requerir las aclaraciones que estime convenientes para contrastar sus conocimientos y la adaptación profesional del aspirante al puesto de trabajo. La puntuación a otorgar por la realización de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo el aspirante alcanzar un mínimo de 5 puntos para superarlo, quedando excluidos de la convocatoria los aspirantes que no alcancen dicha puntuación.
La calificación final de la prueba de conocimientos se hallará sumando las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios (teórico y práctico) y se dividirá por dos.
4. Curso de capacitación.
El Tribunal, terminada la calificación de los candidatos publicará un anuncio comprensivo de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en orden decreciente, precisando los candidatos que hayan obtenido las mayores calificaciones hasta un número igual al de plazas a cubrir, que serán los que pasen al curso de capacitación, salvo los supuestos de dispensa legalmente contemplados.
El Excmo. Sr. Alcalde, de conformidad con la propuesta anterior, podrá, en su caso, proceder al nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes propuestos, rigiéndose mientras permanezcan en esta situación por las normas que regulan este supuesto en la Administración Pública, como indica la Ley 13/2001 y el Decreto 201/2003, de 8 de julio, modificado por Decreto 66/2008, de 26 de febrero.
Los candidatos que superen el concurso- oposición deberán seguir un curso selectivo de capacitación en la Escuela de la Policía Local, Protección Civil y Extinción de Incendios del Excmo. Ayuntamiento de Málaga o en la E.S.P.A, que se regulará en detalle por el procedimiento reglamentariamente previsto de las citadas Escuelas. En cualquier caso el curso no tendrá una duración inferior a 200 horas lectivas y no podrá superase este curso sin haber asistido, al menos, al 90% de las actividades programadas, cualquiera que sea la causa.
Los aspirantes deberán obtener la calificación de apto para superar este curso. Aquellos que no superen el curso quedarán eliminados. Igualmente podrán ser eliminados por el Tribunal calificador, a propuesta de la Escuela de la Policía Local, Protección Civil y extinción de Incendios, o de la E.S.P.A, los aspirantes sancionados por la comisión de una falta muy grave prevista en los respectivos reglamentos de régimen interior.
Finalizado el curso de capacitación, la Escuela de la Policía Local remitirá al Tribunal las calificaciones que hayan otorgado a los aspirantes.
Cuando el aspirante no haya superado el curso, a la vista del informe remitido por la Escuela, repetirá el curso siguiente que, de no superar, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en el concurso o concurso-oposición, y la necesidad, en su caso, de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias.
El Tribunal, a los aspirantes que superen el correspondiente curso selectivo, les hallará la nota media entre las calificaciones obtenidas en las pruebas selectivas, el concurso y el curso selectivo, fijando el orden de prelación definitivo de los aspirantes, elevando la propuesta final al Alcalde, para su nombramiento como funcionarios de carrera de las plazas convocadas.
El escalafonamiento de los citados aspirantes se efectuará atendiendo a la puntuación global obtenida en las pruebas superadas en el concurso- oposición y el posterior curso selectivo realizado.
TEMARIO
1. Derechos fundamentales y libertades públicas I: Derecho a la vida e integridad. Libertad ideológica, religiosa y de culto. Derecho a la libertad y seguridad. Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar ya la propia imagen. La inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones. La libertad de residencia y de circulación. El derecho a la libertad de expresión reconocido en el artículo 20 de la Constitución.
2. Derechos fundamentales y libertades públicas II: Derecho de reunión. Derecho de asociación. Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funciones y cargos públicos. La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. La imposición de condena o sanción del artículo 25 de la Constitución, sentido de las penas y medidas de seguridad. Prohibición de tribunales de honor. El derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Derecho a la sindicación y a la huelga, especial referencia a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Derecho de petición.
3. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La validez de los actos administrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Cómputo de plazos. Recursos administrativos. Alzada y reposición; el recurso extraordinario de revisión.
4. El procedimiento administrativo. Concepto y principios generales. Clases. Los interesados. La estructura del procedimiento administrativo.
5. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tipos de entidades locales. El municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales. La provincia: concepto, elementos y competencias. La organización y funcionamiento del municipio. El pleno. El alcalde. La junta de gobierno local. Otros órganos municipales.
6. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y procedimiento de elaboración y aprobación. Bienes, actividades y servicios públicos en la esfera local.
7. La licencia municipal. Tipos. Actividades sometidas a licencia. Tramitación.
8. Función Pública Local. Su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
9. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.
10. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Disposiciones generales. Principios básicos de actuación. Disposiciones estatutarias comunes. Régimen disciplinario.
11. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Funciones de la Policía Local.
12. Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía. La uniformidad de la Policía Local. La homogeneización de medios técnicos.
13. La selección, formación, promoción y movilidad de las Policías Locales de Andalucía.
14. Régimen disciplinario de la Policía Local. Régimen de incompatibilidades. Segunda actividad. Retribuciones.
15. La Policía Local como instituto armado de naturaleza civil. Legislación aplicable sobre armamento. El uso de armas de fuego.
16. La actividad de la Policía Local como Policía administrativa I: consumo, abastos, mercados. Venta ambulante.
17. La actividad de la Policía Local como Policía administrativa II: Espectáculos públicos y actividades recreativas y establecimientos públicos.
18. La actividad de la Policía Local como Policía administrativa III: Urbanismo. Infracciones y sanciones. La protección ambiental: prevención y calidad ambiental, residuos y disciplina ambiental.
19. La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía y normas de desarrollo.
20. Los Planes de Emergencia. Coordinación de todas las Administraciones. Actuación policial.
21. Concepto y contenido del Derecho Penal. Principios que lo informan. Principio de legalidad. Principio de irretroactividad y sus excepciones.
22. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
23. Personas responsables: autores, cómplices y encubridores. Grados de ejecución del delito.
24. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.
25. Delitos contra la Administración Pública. Atentados contra la Autoridad y sus Agentes. Desórdenes públicos.
26. Homicidio y sus formas. Faltas contra las personas.
27. Delitos y faltas contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
28. Delitos contra la salud pública. Tráfico de drogas.
29. Delitos relativos a la ordenación del territorio ya la protección del Patrimonio Histórico y del Medio Ambiente.
30. Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor. Lesiones y daños imprudentes. Carencia del seguro obligatorio.
31. Las penas. Concepto, clases: privativas de libertad, privativas de derecho y multa. Clasificación por su gravedad: graves, menos graves y leves.
32. La Policía Local como Policía Judicial. Legislación y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.
33. Entrada y registro en lugar cerrado. Intervención de las comunicaciones telefónicas. Intervención de las comunicaciones postales. Uso de la información obtenida por estos medios.
34. Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada al detenido. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».
35. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.
36. Normas generales de circulación: velocidad, sentido, cambios de dirección. Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias que requieren precauciones especiales.
37. Circulación de peatones. Circulación urbana. Conductores. Marcha atrás. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores.
38. Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia.
39. Licencias de conducción: sus clases. Intervención, suspensión y revocación.
40. Transporte de mercancías peligrosas por carretera. Normativa legal. Intervención en caso de accidente.
41. La inspección técnica de vehículos. Transporte escolar: normativa vigente. El tacógrafo: definición y uso.
42. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de Circulación. Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.
43. Accidentes de circulación: definición, tipos y actuaciones de la Policía Local.
44. Alcoholemia. Datos. Su consideración según la normativa vigente. Doctrina constitucional. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica.
45. Técnicas de tráfico I: ordenación y regulación del tráfico rodado. Conceptos básicos: densidad, intensidad, capacidad y velocidad. Señalización de las vías.
46. Técnicas de tráfico II: Características de las señales de tráfico. Instalación de semáforos. El estacionamiento de vehículos. Concepto y problemática. Ordenación del estacionamiento. Circulación peatonal.
47. Minorías étnicas y culturales. Racismo y xenofobia. Actitudes, valores, prejuicios y estereotipos. Formación de actitudes y relación con la conducta. Actitud policial ante la sociedad intercultural.
48. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en Andalucía: conceptos básicos; socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género. Violencia contra las mujeres: descripción, planes de erradicación y atención coordinada a las víctimas.
49. Situaciones de crisis o desastres. Efectos y reacciones ante estas situaciones.
50. El mando: concepto, estilos, cualidades, rasgos y reglas; características del mando: funciones, estilos, metodología; relación con subordinados; técnicas de dirección y reuniones.
51. Toma de decisiones: proceso, deberes hacia la organización y relación con los subordinados; poder y autoridad.
52. Técnicas de dirección de personal: concepto, funciones y responsabilidad. Planificación. Organización, distribución, ejecución y control del trabajo policial. Reuniones de grupo. Formación, reciclaje y perfeccionamiento profesional de los miembros del equipo.
53. Calidad en los Cuerpos de Policía Local.
ANEXO 5
CONVOCATORIA DE 7 PLAZAS DE SUBINSPECTOR DE LA POLICIA LOCAL (OEP 2009)
1. Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión de siete plazas de funcionarios de carrera, Subinspectores de la Policía Local, incluidas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, pertenecientes al Subgrupo A2 de clasificación profesional, en régimen funcionarial, 5 de ellas por el turno de acceso de promoción interna, y dos en turno de acceso de movilidad, de las cuales una se reserva para el sistema de movilidad sin ascenso y una para la movilidad con ascenso. Si las vacantes reservadas a la promoción interna no se pudieran proveer por dicho sistema, por falta de solicitantes, de cumplimiento de los requisitos de los aspirantes, o fuesen declaradas desiertas, se recurrirá al sistema de movilidad en cualquiera de sus modalidades. Asimismo, si las vacantes convocadas para movilidad (con ascenso o sin ascenso) no se pudieran proveer por falta de solicitantes o porque fuesen declaradas desiertas, se acumularán al sistema de promoción interna.
2. Requisitos específicos.
- Estar en posesión del Título de Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o equivalente. En todo caso, la equivalencia deberá acreditarse por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.
- Ser funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Málaga con la categoría de Oficial de la Policía Local y haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en la categoría de Oficial en el Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Málaga (para el sistema de promoción interna), o ser funcionario de carrera de otro Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía con la categoría de Oficial de la Policía Local y haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en la categoría de Oficial en el Cuerpo de la Policía Local de otro Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía (para el sistema de movilidad con ascenso), o bien, tener una antigüedad de cinco años en la categoría de Subinspector de la Policía Local igualmente de otro Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía (para el sistema de movilidad sin ascenso), computándose a estos efectos el tiempo en que haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo. Además, los aspirantes que accedan por el sistema de movilidad (con ascenso o sin ascenso) deben cumplir el requisito de “faltar más de diez años para el cumplimiento de la edad que determinaría el pase a la situación de segunda actividad”, es decir, no haber cumplido cuarenta y siete años.
- No hallarse en la situación administrativa de segunda actividad, salvo por causa de embarazo.
- Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.
Los requisitos deberán cumplirse por los aspirantes el último día del plazo de presentación de instancias y acreditarse documentalmente por éstos antes de realizar el curso de capacitación.
3. Procedimiento de selección: Concurso-oposición (para el sistema de promoción interna y movilidad con ascenso) y Concurso de Méritos (para el sistema de movilidad sin ascenso).
El proceso selectivo se ajustará a lo determinado en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales; Decreto 201/2003, de 8 de julio, modificado por Decreto 66/2008, de 26 de febrero; Orden de la Consejería de Gobernación de 22 de diciembre de 2003, modificada por la Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, así como, supletoriamente, por lo dispuesto en las Normas Generales de la Convocatoria, y demás legislación aplicable en materia de acceso a la función pública local. En todo caso su desarrollo se efectuará como a continuación se indica:
3.1. Fase de concurso:
1. Titulaciones académicas.
1.1. Doctor: 2,00 puntos.
1.2. Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 1,50 puntos.
1.3. Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado superior en criminología, Experto en Criminología o equivalente: 1,00 punto.
1.4. Bachiller, Técnico superior en formación profesional, acceso a la Universidad o equivalente: 0,50 puntos.
Puntuación máxima del apartado 1: 4,00 puntos.
No se valorará la titulación requerida para el acceso a la categoría a la que se aspira, salvo que se posea más de una.
Tampoco se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, las titulaciones necesarias o las que se hubieran empleado como vía de acceso para la obtención de una titulación superior ya valorada.
A efectos de equivalencia de titulación sólo se admitirán las reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo aportarse la correspondiente declaración oficial de equivalencia o disposición en la que se establezca la misma, y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.
Sólo se valorarán los títulos antes citados, no los cursos realizados para la obtención de los mismos.
2. Antigüedad.
2.1. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en la categoría inmediatamente anterior, igual o superior a la que se aspira: 0,20 puntos.
2.2. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en categorías inferiores en más de un grado a la que se aspira: 0,10 puntos.
2.3. Por cada año de servicios o fracción superior a seis meses presados en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad: 0,10 puntos.
2.4. Por cada año de servicios o fracción superior a seis meses prestados en otros Cuerpos de las Administraciones Públicas: 0,05 puntos.
Puntuación máxima del apartado 2: 4,00 puntos.
3. Formación y docencia.
3.1. Formación: Los cursos superados en los centros docentes policiales, los cursos que tengan la condición de concertados por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía y los cursos de contenido policial, impartidos dentro del Acuerdo de Formación Continua de las Administraciones Públicas, serán valorados, cada uno, como a continuación se establece:
- Entre 20 y 35 horas lectivas: 0,25 puntos.
- Entre 36 y 75 horas lectivas: 0,30 puntos.
- Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,35 puntos.
- Entre 101 y 200 horas lectivas: 0,40 puntos.
- Más de 200 horas lectivas: 0,50 puntos.
Los cursos en los que solamente se haya obtenido «asistencia» se valorarán con la tercera parte.
No se tendrán en cuenta a efectos de valoración: los cursos obligatorios que formen parte del proceso de selección para el acceso a cualquier categoría o empleo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, lo cursos repetidos, salvo que se hubiese producido un cambio sustancial del contenido y los cursos necesarios para la obtención de las titulaciones del apartado 1 de las presentes bases, ni la superación de asignaturas de los mismos.
3.2. Docencia, ponencias y publicaciones:
La impartición de cursos de formación comprendidos en el apartado 3.1., dirigidos al colectivo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se valorará a razón de:
Por cada 5 horas lectivas efectivamente impartidas, con independencia del número de horas del curso: 0,10 puntos, hasta un máximo de 1,00 punto.
Se podrán acumular fracciones inferiores a 5 horas lectivas hasta alcanzar dicho número, si se han impartido en cursos distintos.
Las tutorías, en los cursos a distancia, las actividades de coordinación o dirección de cursos sólo se valorarán si se acreditan las horas lectivas impartidas.
Las publicaciones y ponencias se valorarán cada una con un máximo de 0,20 puntos, en función del interés policial y por su carácter científico y divulgativo, hasta un máximo de: 1,00 punto.
Puntuación máxima del apartado 3: 4,00 puntos.
4. Otros méritos.
4.1. Por la pertenencia a la Orden al Mérito de la Policía Local de Andalucía, según la categoría otorgada dentro de la misma, se valorará con la siguiente puntuación:
- Medalla de Oro: 3 puntos.
- Medalla de Plata: 2 puntos.
- Cruz con distintivo verde: 1 punto.
- Cruz con distintivo blanco: 0,75 puntos.
4.2. Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local del Municipio o, en su caso, con la Medalla del Municipio por su labor policial: 0,50 puntos.
4.3. Haber sido recompensado con Medalla o Cruz con distintivo rojo al Mérito de un Cuerpo de Seguridad: 0,50 puntos.
4.4. Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento en Pleno (máximo 4 felicitaciones), cada una: 0,25 puntos.
Puntuación máxima del apartado 4: 4,00 puntos.
La puntuación total máxima a otorgar en la fase de concurso no podrá exceder de 4,5 puntos para los aspirantes que acceden por los turnos de promoción interna y movilidad con ascenso. No obstante, para aquellos aspirantes que accedan por el turno de movilidad horizontal o sin ascenso no les será de aplicación los topes de la puntuación máxima a otorgar en cada uno de los apartados que integran la fase de concurso, quedando la puntuación total resultante sin limitación alguna.
3.2. Fase de oposición:
Se ajustará a lo determinado a continuación, aplicándose supletoriamente lo dispuesto en las normas generales de la convocatoria.
a) Primer ejercicio. Prueba de conocimientos. Examen teórico: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los candidatos. Consistirá en contestar en un plazo máximo de 90 minutos, un cuestionario de 75 preguntas, con respuestas alternativas, aprobado por el Tribunal momentos antes de su realización, del temario de la convocatoria establecido en la Orden de la Consejería de Gobernación de 22 de diciembre de 2003 y que se relaciona al final de las presentes bases. La puntuación a otorgar por la realización de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo los aspirantes alcanzar como mínimo 5 puntos para superarlo y no ser excluidos de la convocatoria.
b) Segundo ejercicio. Prueba de conocimientos. Examen práctico: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los candidatos. Consistirá en desarrollar por escrito la resolución de un caso práctico, cuyo contenido estará relacionado con el temario y con el puesto de trabajo, elaborado por el tribunal momentos antes de su realización, debiendo los aspirantes ejecutarlo en el plazo máximo de 2 horas. Posteriormente serán convocados para que lean ante el Tribunal el examen práctico realizado, el cual podrá hacerle las preguntas o requerir las aclaraciones que estime convenientes para contrastar sus conocimientos y la adaptación profesional del aspirante al puesto de trabajo. La puntuación a otorgar por la realización de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo el aspirante alcanzar un mínimo de 5 puntos para superarlo, quedando excluidos de la convocatoria los aspirantes que no alcancen dicha puntuación.
La calificación final de la Prueba de conocimientos se hallará sumando las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios (teórico y práctico) y se dividirá por dos.
4. Curso de capacitación.
El Tribunal, terminada la calificación de los candidatos publicará un anuncio comprensivo de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en orden decreciente, precisando los candidatos que hayan obtenido las mayores calificaciones hasta un número igual al de plazas a cubrir, que serán los que pasen al curso de capacitación, salvo los supuestos de dispensa legalmente contemplados.
El Excmo. Sr. Alcalde, de conformidad con la propuesta anterior, podrá, en su caso, proceder al nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes propuestos, rigiéndose mientras permanezcan en esta situación por las normas que regulan este supuesto en la Administración Pública, como indica la Ley 13/2001 y el Decreto 201/2003, de 8 de julio, modificado por Decreto 66/2008, de 26 de febrero.
Los candidatos que superen el concurso-oposición deberán seguir un curso selectivo de capacitación en la Escuela de la Policía Local, Protección Civil y Extinción de Incendios del Excmo. Ayuntamiento de Málaga o en la E.S.P.A, que se regulará en detalle por el procedimiento reglamentariamente previsto de las citadas Escuelas. En cualquier caso el curso no tendrá una duración inferior a 200 horas lectivas y no podrá superase este curso sin haber asistido, al menos, al 90% de las actividades programadas, cualquiera que sea la causa.
Los aspirantes deberán obtener la calificación de apto para superar este curso. Aquellos que no superen el curso quedarán eliminados. Igualmente podrán ser eliminados por el Tribunal calificador, a propuesta de la Escuela de la Policía Local, Protección Civil y extinción de Incendios, o de la E.S.P.A, los aspirantes sancionados por la comisión de una falta muy grave prevista en los respectivos reglamentos de régimen interior.
Finalizado el curso de capacitación, la Escuela de la Policía Local remitirá al Tribunal las calificaciones que hayan otorgado a los aspirantes.
Cuando el aspirante no haya superado el curso, a la vista del informe remitido por la Escuela, repetirá el curso siguiente que, de no superar, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en el concurso o concurso-oposición, y la necesidad, en su caso, de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias.
El Tribunal, a los aspirantes que superen el correspondiente curso selectivo, les hallará la nota media entre las calificaciones obtenidas en las pruebas selectivas, el concurso y el curso selectivo, fijando el orden de prelación definitivo de los aspirantes, elevando la propuesta final al Alcalde, para su nombramiento como funcionarios de carrera de las plazas convocadas.
El orden de puntuación final obtenida en la convocatoria se realizará conjuntamente, en base al resultado obtenido en los tres sistemas de acceso, con arreglo a los siguientes criterios:
a) El primer puesto: será ocupado por el candidato seleccionado en el turno de movilidad sin ascenso, según la calificación global obtenida por éste.
b) Los puestos siguientes: estarán ocupados por los aspirantes de los turnos de promoción interna y movilidad con ascenso, en función de la calificación global obtenida por éstos.
TEMARIO
1. El Estado. Concepto. Elementos. La división de poderes. Funciones. Organización del Estado español. Constitución. Concepto y clases. El poder constituyente. Antecedentes constitucionales en España. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. La reforma de la Constitución Española. El Estado Español como Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes constitucionales; clasificación y diferenciación.
2. Derechos fundamentales y libertades públicas I: Derecho a la vida e integridad. Libertad ideológica, religiosa y de culto. Derecho a la libertad y seguridad. Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones. La libertad de residencia y de circulación. El derecho a la libertad de expresión reconocido en el artículo 20 de la Constitución.
3. Derechos fundamentales y libertades públicas II: Derecho de reunión. Derecho de asociación. Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funciones y cargos públicos. La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. La imposición de condena o sanción del artículo 25 de la Constitución, sentido de las penas y medidas de seguridad. Prohibición de tribunales de honor. El derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Derecho a la sindicación y a la huelga, especial referencia a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Derecho de petición.
4. Derechos y deberes de los ciudadanos. Los principios rectores de la política social y económica.
5. Las garantías de los derechos y libertades. Suspensión general e individual de los mismos. El Defensor del Pueblo.
6. La Corona. Las Cortes Generales. Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes. Formas de Gobierno. El Gobierno y la Administración. Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales. Funciones del Gobierno.
7. El Poder Judicial. Principios constitucionales. Estructura y organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional.
8. Organización territorial de estado. Las comunidades autónomas. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Estructura y disposiciones generales. Instituciones: Parlamento. Presidente y Consejo de Gobierno. Mención al Tribunal Superior de Justicia.
9. Relación de la Junta de Andalucía con la Administración del Estado y con otras Comunidades Autónomas. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
10. El Derecho Administrativo. Fuentes y jerarquía de las normas.
11. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La validez de los actos administrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Cómputo de plazos. Recursos administrativos. Alzada y Reposición; el recurso extraordinario de revisión.
12. El procedimiento administrativo. Concepto y principios generales. Clases. Los interesados. La estructura del procedimiento administrativo.
13. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tipos de Entidades Locales.
14. El Municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales. La provincia: concepto, elementos y competencias.
15. La organización y funcionamiento del municipio. El pleno. El alcalde. La Junta de Gobierno Local. Otros órganos municipales.
16. Bienes, actividades y servicios públicos en la esfera local.
17. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y procedimiento de elaboración y aprobación.
18. La Licencia Municipal. Tipos. Actividades sometidas a Licencia. Tramitación.
19. Función Pública Local. Su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.
20. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Disposiciones Generales. Principios básicos de actuación. Disposiciones estatutarias comunes. Régimen disciplinario.
21. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Funciones de la Policía Local.
22. Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía. La uniformidad de la Policía Local. La homogeneización de medios técnicos.
23. La selección, formación, promoción y movilidad de las Policías Locales de Andalucía.
24. Régimen disciplinario de la Policía Local. Régimen de incompatibilidades. Segunda actividad. Retribuciones.
25. La Policía Local como instituto armado de naturaleza civil. Legislación aplicable sobre armamento. El uso de armas de fuego.
26. La actividad de la Policía Local como Policía administrativa I: consumo, abastos, mercados. Venta ambulante.
27. La actividad de la Policía Local como Policía administrativa II: Espectáculos públicos y actividades recreativas y establecimientos públicos.
28. La actividad de la Policía Local como Policía administrativa III: Urbanismo. Infracciones y sanciones. La protección ambiental: prevención y calidad ambiental, residuos y disciplina ambiental.
29. La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía y normas de desarrollo.
30. Los Planes de Emergencia. Coordinación de todas las Administraciones. Actuación Policial.
31. Concepto y contenido del Derecho Penal. Principios que lo informan. Principio de legalidad. Principio de irretroactividad y sus excepciones.
32. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
33. Personas responsables: autores, cómplices y encubridores. Grados de ejecución del delito.
34. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.
35. Delitos contra la Administración Pública.
36. Atentados contra la Autoridad y sus Agentes. Desórdenes públicos.
37. Homicidio y sus formas. Faltas contra las personas.
38. Delitos y faltas contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
39. Delitos contra la salud pública. Tráfico de drogas.
40. Delitos relativos a la ordenación del territorio y a la protección del Patrimonio Histórico y del Medio Ambiente.
41. Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor. Lesiones y daños imprudentes. Carencia del seguro obligatorio.
42. Las penas. Concepto, clases: privativas de libertad, privativas de derecho y multa. Clasificación por su gravedad: graves, menos graves y leves.
43. La Policía Local como Policía Judicial. Legislación y funciones.
44. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.
45. Entrada y registro en lugar cerrado. Intervención de las comunicaciones telefónicas. Intervención de las comunicaciones postales. Uso de la información obtenida por estos medios.
46. Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención.
47. Contenido de la asistencia letrada al detenido. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».
48. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.
49. Normas generales de circulación: velocidad, sentido, cambios de dirección. Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias que requieren precauciones especiales.
50. Circulación de peatones. Circulación urbana. Conductores. Marcha atrás. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores.
51. Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia.
52. Licencias de conducción: sus clases. Intervención, suspensión y revocación.
53. Transporte de mercancías peligrosas por carretera. Normativa legal. Intervención en caso de accidente. La inspección técnica de vehículos. Transporte escolar: normativa vigente. El tacógrafo: definición y uso.
54. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de Circulación. Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.
55. Accidentes de circulación: definición, tipos y actuaciones de la Policía Local.
56. Alcoholemia. Datos. Su consideración según la normativa vigente. Doctrina constitucional. Procedimientos de averiguación del grado de impregnación alcohólica.
57. Estructura económica y social de Andalucía: demografía, economía, servicios públicos, sociedad civil, nuevas tecnologías, patrimonio ecológico, social y cultural.
58. Vida en sociedad. Proceso de socialización. Formación de grupos sociales y masas. Procesos de exclusión e inclusión social. La delincuencia: tipologías y modelos explicativos. La Policía como servicio a la ciudadanía. Colaboración con otros servicios municipales.
59. Minorías étnicas y culturales. Racismo y xenofobia. Actitud policial ante la sociedad intercultural.
60. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en Andalucía: conceptos básicos: socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género.
61. Comunicación: elementos, redes, flujo, obstáculos. Comunicación con superiores y subordinados. Dirección de equipos de trabajo. Concepto y características del mando: funciones, estilos, metodología; relación con los subordinados; técnicas de dirección y gestión de reuniones.
62. Toma de decisiones: proceso, deberes hacia la organización; poder y autoridad.
63. La Policía en la sociedad democrática. El mandato constitucional. Valores que propugna la sociedad democrática. La dignidad de la persona. Sentido ético de la prevención y la represión.
64. Responsabilidad en el ejercicio profesional. Principio de jerarquía y subordinación. Relaciones interpersonales. Integridad e imparcialidad. Consideración ética de la dirección de personal.
65. Deontología profesional. Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Declaración del Consejo de Europa sobre la Policía. Principios básicos de actuación oficial desde la perspectiva deontológica.
ANEXO 2
CONVOCATORIA DE 1 PLAZA DE SUBINSPECTOR DEL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS (OEP 2014).
1. Objeto:
Es objeto de la presente convocatoria la provisión de 1 plaza de funcionario de carrera, Subinspector del Servicio de Extinción de Incendios, incluidas en la escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, pertenecientes al Subgrupo A1 de Clasificación Profesional, en régimen funcionarial, y turno de promoción interna, incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2014, que se regirá por lo determinado en las presentes Bases específicas y por lo establecido en las Bases Generales aprobadas por la Corporación para las convocatorias incluidas en la Oferta de Empleo Público del año 2014.
2. Requisitos específicos:
- Ser funcionario de carrera Oficial Técnico Bombero de esta Corporación y tener una antigüedad de, al menos, 2 años en esta categoría.
- Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
3. Procedimiento de Selección: Concurso-oposición.
El proceso selectivo se ajustará a lo determinado en el Capítulo VII de las Normas Generales que rigen las convocatorias incluidas en la OEP del año 2014, con las singularidades establecidas en las presentes Bases específicas.
A) FASE DE CONCURSO:
Los méritos alegados por los aspirantes se valorarán conforme a los criterios que se establecen a continuación:
A.1. Méritos profesionales (hasta un máximo de 5 puntos):
- Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados como Bombero: 0,10 puntos.
- Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses prestados como Cabo: 0,20 puntos.
- Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses prestados como Sargento: 0,30 puntos.
- Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses prestados como Suboficial: 0,40 puntos.
- Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses prestados como Oficial Técnico: 0,50 puntos.
A.2. Méritos académicos y de formación (hasta un máximo de 5 puntos):
A.2.1. Méritos académicos (máximo 2 puntos):
La posesión de títulos académicos oficiales, siempre que se encuentren relacionadas con la plaza convocada, se valorará de acuerdo con la siguiente proporción, hasta un máximo de 2 puntos:
- Doctor: 1,25 puntos.
- Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 1 punto.
- Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente: 0,75 puntos.
- Bachiller, Formación Profesional de segundo grado, o equivalente: 0,50 puntos.
En ningún caso el título exigido en la convocatoria podrá tenerse en cuenta a efectos de su valoración en este apartado (incluso cuando se posea una antigüedad que alternativamente pueda establecerse como requisito para participar en una convocatoria determinada). Igualmente, de aportarse como título exigido un título superior, solamente será valorado el exceso sobre la titulación requerida. El título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia.
A efectos de equivalencia de titulación sólo se admitirán las reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo aportarse la correspondiente declaración oficial de equivalencia, o disposición en la que se establezca la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.
Sólo se valorarán los títulos antes citados, no los cursos realizados para la obtención de los mismos.
A.2.2. Formación y docencia (máximo 2,5 puntos):
Los cursos, jornadas y seminarios, siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por organismos oficiales (Administraciones Públicas territoriales, sus OO.AA. y Entidades de Derechos Público dependientes de las mismas, Universidades, Colegios Profesionales y Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua) así como los cursos relativos a la prevención de riesgos laborales, como el curso de Formación para el desempeño de las funciones de nivel básico de 50 horas de acuerdo con lo establecido en el Anexo IV del RD 39/1997 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; que hayan sido superados y así lo acrediten los aspirantes, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:
De 5 a 10 horas de duración: 0,10 p.
De 11 a 20 horas de duración: 0,20 p.
De 21 a 30 horas de duración: 0,30 p.
De 31 a 40 horas de duración: 0,40 p.
De 41 a 50 horas de duración: 0,50 p.
De 50 horas en adelante: 0,60 p.
Los cursos de duración inferior a 5 horas, en los que no se justifique adecuadamente el número de horas, así como aquellos en los que no conste claramente la entidad que los organiza, no serán valorados. La participación del/la aspirante como ponente en los cursos referidos anteriormente se calificará con el doble de la puntuación expresada. La puntuación máxima que se podrá otorgar en este apartado será de 2,5 puntos. Los cursos de simple asistencia se valorarán en un tercio de la puntuación que corresponda según sus horas de duración.
No se tendrá en cuenta, a efectos de valoración: los cursos obligatorios que formen parte del proceso de selección para el acceso a cualquier categoría o empleo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los cursos repetidos, salvo que se hubiese producido un cambio sustancial del contenido y los cursos necesarios para la obtención de las titulaciones del apartado A.2.1) del presente baremo, ni la superación de asignaturas de los mismos.
La publicación de textos, ponencias, artículos, etc. relacionados con materias propias del Servicio de Extinción de Incendios y que tengan manifiesto interés por su carácter científico y divulgativo, se valorarán del siguiente modo:
- Por cada texto o ponencia: 0,25 puntos.
- Por cada artículo: 0,10 puntos.
A.2.3. Otros méritos (máximo 0,5 puntos):
Cualesquiera otros méritos relacionados con la plaza convocada, que deberán acreditarse mediante certificado u otro documento público administrativo, acompañado de la documentación suficiente para su valoración. Estos méritos serán apreciados libre, proporcional y motivadamente por el Tribunal, y se puntuarán hasta un máximo de 0,5 puntos.
La puntuación máxima que podrán alcanzar los aspirantes en la fase de concurso será de 10 puntos.
B) FASE DE OPOSICIÓN:
Se ajustará a lo determinado en el Capítulo VI de las Normas Generales de la convocatoria, desarrollándose los ejercicios como a continuación se describe:
B.1. Primer ejercicio: de carácter obligatorio y eliminatorio para todos los/as aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de cien minutos, dos temas de carácter general determinados por el Tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y relacionados con la totalidad del temario del programa que se acompaña a la convocatoria, aunque no debe coincidir necesariamente con ningún tema o epígrafe concreto del mismo. La determinación del tema general objeto de este primer ejercicio, la efectuará el Tribunal Calificador de conformidad con lo dispuesto en la Base nº 36 c) de las Normas Generales de la convocatoria.
El ejercicio deberá ser leído por el/la opositor/a en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el/la aspirante sobre el ejercicio realizado, diálogo que tendrá una duración máxima de quince minutos. Este primer ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlo obtener, al menos, 5 puntos.
B.2. Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los/as aspirantes. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio y que se referirá al grupo de materias específicas incluidas en el temario adjunto, y relacionado con las funciones propias de la plaza convocada. La duración de este ejercicio será de cien minutos como máximo. Este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlo obtener, al menos, 5 puntos.
Las puntuaciones obtenidas en los 2 ejercicios anteriores, fase de oposición, se sumarán por el Tribunal a la obtenida en la fase de concurso, a efectos de elaborar la relación de candidatos aprobados que habrán de realizar el curso de capacitación en la ESPAM.
C) CURSO DE CAPACITACIÓN:
El aspirante que haya superado las anteriores fases del procedimiento selectivo, que en ningún caso será un número superior al de plazas vacantes, habrá de realizar y superar un curso de capacitación que tendrá una duración máxima de 220 horas lectivas. El contenido, metodología y desarrollo del citado curso se ajustará a lo que determine la ESPAM conforme a su normativa específica, pudiendo en su caso convalidar total o parcialmente los cursos de especialización de la categoría superados en la Escuela.
Terminado el curso, la ESPAM remitirá al Tribunal las calificaciones del aspirante que lo haya superado, y éste las adicionará a las conseguidas en la fase de concurso- oposición, y propondrá para su nombramiento como funcionario de carrera Subinspector del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento al órgano municipal competente, según la calificación global obtenida en la totalidad del procedimiento selectivo.
Temario
MATERIAS COMUNES
1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Estructura y características. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. La Corona. El poder legislativo, el poder ejecutivo y el poder judicial. La reforma constitucional.
2. Organización Territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Organización y competencias de la Junta de Andalucía.
3. Reforma de la Constitución. El tribunal constitucional. El defensor del Pueblo.
4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público: La Ley. Clases de Leyes.
5. El Reglamento: concepto y clases. Procedimiento de elaboración. Límites de la potestad reglamentaria y defensa de los reglamentos ilegales.
6. Personalidad jurídica de la Administración Pública. Clases de personas jurídicas públicas.
7. El Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Organización y competencias municipales. El Reglamento Orgánico del Pleno.
8. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
9. La función pública local. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario: Disposiciones generales y faltas disciplinarias.
10. Principios de actuación de la Administración Pública. Los derechos de los ciudadanos. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.
11. El acto administrativo: Concepto, dimensión temporal y elementos. Clases. La validez de los actos administrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Computo de plazos. Recursos administrativos. Alzada y reposición; el recurso extraordinario de revisión.
12. El procedimiento administrativo: Concepto, dimensión temporal y fases. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones. Clases. Los interesados. La estructura del procedimiento administrativo.
13. Funcionamiento de los órganos colegiados municipales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.
14. El procedimiento sancionador. La licencia. La responsabilidad de la Administración.
15. La Ley de Contratos de la Administración Pública. Los contratos administrativos. Especial referencia a la elaboración de los pliegos de prescripciones técnicas.
16. El presupuesto de las Entidades Locales: concepto, elaboración y aprobación. Gestión, control y fiscalización del presupuesto municipal.
17. El Gasto Público. Concepto y clases. Efectos económicos de gasto público.
18. Políticas de igualdad de género. Normativa vigente.
MATERIAS ESPECÍFICAS
19. Ley 2/1985, de 21 de Enero de Protección Civil.
20. Plan de Emergencia Municipal de Málaga.
21. Planes de emergencia de Semana Santa y de Feria de Málaga.
22. Planes de emergencia de Inundaciones y de Incendios Forestales de Málaga.
23. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Y sus modificaciones: Exposición de motivos, objeto, ámbito de aplicación y definiciones, política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo, derechos y obligaciones, servicios de prevención, consulta y participación de los trabajadores, obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores y responsabilidades y sanciones.
24. Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía.
25. Estructura y organización de los Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento. Tipos de servicios en función de su: estructura, ámbito territorial, modelo de gestión, carácter público o privado.
26. El Real Cuerpo de Bomberos de Málaga. Funciones y competencias. Estructura y funcionamiento. Organización territorial en el municipio.
27. El acuerdo de funcionarios. Calendarios y jornadas laborales. Permisos reglamentarios. Planificación de descansos.
28. Marco jurídico de las actuaciones del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento.
29. La organización: concepto y tipos. La planificación: concepto y propósitos. Los objetivos: concepto, selección y prioridades.
30. La dirección: concepto y tipos. El ejercicio de la función directiva. Estilos de dirección. Principios de unidad y mando. Emisión de órdenes: formas y técnicas. La coordinación: principios y técnicas. El Control: Concepto, técnicas y procedimientos básicos.
31. El Mando. Tipos de mando. Características generales del Mando. Función fundamental del Mando.
32. Autoridad y delegación. Delegación de la autoridad. La responsabilidad: Responsabilidad y delegación. La motivación: Tipos de motivación. Resultados de la motivación.
33. Técnicas de dirección de personal aplicada a los servicios de bomberos. Responsabilidades. Tipos de órdenes. Planificación y ejecución de objetivos.
34. La formación en los cuerpos de bomberos. Niveles formativos. Tipos de docencia. Definición de objetivos. Elaboración de planes formativos. Recursos. Control de resultados. Gestión de profesorado. La formación en el real Cuerpo de Bomberos.
35. Principios psicopedagógicos básicos en la formación. Las personas adultas en formación. La comunicación en el proceso de enseñanza – aprendizaje. Factores que influyen en el proceso de comunicación didáctica.
36. Dinámica de grupos. Conceptos. La clase como grupo, actitudes del alumnado. Técnicas de trabajo en grupo.
37. Documento Básico Seguridad en Caso de Incendio de Código Técnico de la Edificación: Objeto. Ámbito de aplicación. Criterios generales de aplicación. Condiciones particulares para el cumplimiento del DB- SI. Condiciones de comportamiento ante el fuego de los productos de construcción y de los elementos constructivos. Laboratorios de ensayo. Anejo SI- A Terminología.
38. Documento Básico Seguridad en Caso de Incendio de Código Técnico de la Edificación: Sección 1. Propagación Interior. Sección 2. Propagación Exterior. Sección 3. Evacuación de Ocupantes. Sección 6. Resistencia al Fuego de la Estructura.
39. Documento Básico Seguridad en Caso de Incendio de Código técnico de la edificación: Sección 4. Instalaciones de Protección Contra Incendios.
40. Documento Básico Seguridad en Caso de Incendio de Código técnico de la edificación: Sección 5. Intervención Bomberos.
41. Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales: Real Decreto 2267/2004 y Anexo I.
42. Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales: Anexos II y III.
43. RD 1942/1993, Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
44. Ordenanza de protección contra incendios de Málaga (Boletín Oficial de la Provincia de 2 de marzo de 2010).
45. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección.
46. Instalaciones de protección contra incendios: Extintores. Hidrantes. Columnas secas. Bocas de incendio equipadas. Instalaciones de detección y alarma. Instalación de rociadores automáticos de agua Instalaciones de extinción automática. Instalaciones de sobrepresión de vías de evacuación protegidas. Instalaciones de evacuación de humo y calor.
47. Análisis del peligro de incendio (peligro contra riesgo y realización de un ARI) y análisis del riesgo de incendio (que es el análisis del riesgo de incendio, que es y que no es el análisis del riesgo, usos de los datos provenientes de incendios reales, estimación del riesgo y evaluación del riesgo, visión general de un esquema conceptual para el análisis del riesgo, características generales y tipos de incendios, modelo de decisión, modelo de inicio de la ignición, modelo posterior a la ignición, modelo de evaluación de pérdidas, modelo del costo y modelo comparativo costo-beneficio).
48. Las Materias peligrosas: conceptos básicos y su clasificación. Métodos generales de identificación de las mercancías peligrosas. Número ONU. Número de peligro. Etiquetas de peligro. Obtención de información a partir de las fichas de intervención ante accidentes MM. PP.
49. RD 379/01 sobre almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE- APQ- 1, MIE- APQ- 2, MIEAPQ- 3, MIE- APQ- 4, MIE- APQ- 5, MIE- APQ- 6 y MIE- APQ- 7. «Boletín Oficial del Estado» número 112 de fecha 10/05/01 y corrección de errores en «Boletín Oficial del Estado» número 251 de fecha 19/10/01.
50. Principios de coordinación en siniestros. Mando y control. Características y principios. Funciones del Jefe de la Emergencia y del resto de mandos del operativo. Gestión unificada de las emergencias. Comunicaciones en las emergencias. Principios básicos de intervención.
51. Principios de coordinación en siniestros. Procedimiento de toma de decisiones. Métodos de zonificación. Seguridad y control. Delegación. Juicios críticos post incidente.
52. Centros de control operativo en siniestros. El 112. El Centro Municipal de Emergencias.
53. Terrenos, cimentaciones. Generalidades. Clasificaciones de los terrenos. Características físicas y mecánicas. Comportamiento del terreno, presiones admisibles. Asientos: causas, tipos, evolución y medidas correctoras.
54. Cimentaciones. Generalidades. Clasificación de las cimentaciones. Cimentaciones superficiales: Tipos y características. Muros de contención: Tipos y características. Lesiones en cimentación: Tipos, síntomas y medidas correctoras o de consolidación.
55. Estructuras. Generalidades. Clasificación de las estructuras. Estática de los elementos estructurales: Pilares, vigas, pórticos, etc.
56. Estructuras de fábrica: Generalidades. Características, comportamiento y estática de los elementos estructurales de fábrica: pilares, vigas, arcos, bóvedas, etc. Lesiones: tipos, síntomas y medidas correctoras. Comportamiento y protección ante el fuego.
57. Estructuras de madera. Generalidades. Características, comportamiento y estática de los elementos estructurales de madera: pilares y vigas. Lesiones: Tipos, síntomas y medidas correctoras. Comportamiento y protección frente al fuego.
58. Estructuras de hormigón armado. Generalidades. Características, comportamiento y estática de los elementos estructurales de hormigón armado: pilares, vigas, forjados, losas, arcos, etc. Lesiones: Tipos, síntomas y medidas correctoras. Comportamiento y protección frente al fuego.
59. Estructuras de acero. Generalidades. Características, comportamiento y estática de los elementos estructurales de acero: pilares, vigas, pórticos, cerchas, etc. Lesiones: Tipos, síntomas y medidas correctoras. Comportamiento y protección frente al fuego.
60. Estructuras mixtas. Generalidades. Comportamiento de las estructuras y de las uniones entre elementos estructurales de diferentes características. Lesiones: Tipos, síntomas y medidas correctoras. Comportamiento y protección frente al fuego.
61. Estructuras de cubierta. Generalidades. Características, comportamiento y estática de los elementos estructurales específicos de cubierta. Lesiones: Tipos, síntomas y medidas correctoras. Comportamiento y protección frente al fuego.
62. Ruina de edificios. Definición de ruina, clases y características de las mismas. Evaluación de lesiones en edificios. Actuaciones. Ámbito legal.
63. Protección estructural y confinamiento del incendio: Objeto de la protección estructural. Conceptos de sector de incendio, curva tiempo temperatura, resistencia al fuego, Elementos de protección contra el desarrollo vertical del incendio, clases de protecciones frente al fuego de los elementos estructurales.
64. Comportamiento humano en emergencias de incendios: El comportamiento humano y el incendio. Percepción del incendio, proceso de decisión del individuo y simulacros de evacuación de incendios.
65. Principios del fuego y la ciencia del fuego: Química y física del fuego (definiciones y propiedades básicas, combustión, principios del fuego, medición del calor, transferencia del calor y fuentes de energía o fuentes de ignición), dinámica de desarrollo de incendios en compartimentos (desarrollo del incendio, tasa de liberación de calor, carga de combustible, clasificaciones de incendios, efectos de los límites del compartimento sobre el incendio y efectos de la ubicación del incendio).
66. Teoría de la extinción del incendio (el proceso de combustión, extinción con agua, extinción con agua-espuma, extinción con niebla de agua, extinción con gases inertes, extinción con agentes halogenados, extinción utilizando agentes químicos secos, incendios profundamente arraigados y casos especiales de extinción) y explosiones (principios fundamentales de las explosiones y tipos de explosiones).
67. Los productos de la combustión y sus efectos sobre la seguridad humana (el fuego y los materiales combustibles, propiedades de inflamabilidad de los materiales, gases de incendio, toxicidad de los gases de incendios, cuantificación de la potencia tóxica, métodos de prueba de la toxicidad del humo, importancia de la información de pruebas de toxicidad del humo, variabilidad de la respuesta humana a los gases de incendios, calor, humo visible y desarrollo de riesgos tóxicos en incendios a escala real).
68. Madera y productos a base de madera (naturaleza de la madera y de los productos a base de madera, naturaleza física de la madera, variables que influyen en la combustibilidad, ignición de la madera y los productos de madera y combustión de la madera y de los materiales a base de madera).
69. Fibras y textiles (fibras, manufacturado de textiles, combustibilidad de los textiles, tratamientos retardantes de las llamas, relación de inflamabilidad y uso final, ropa de protección contra el calor y las llamas y textiles en ambientes especiales).
70. Líquidos inflamables y combustibles (peligros de los líquidos inflamables y combustibles, clasificación de líquidos inflamables y combustibles, propiedades físicas de los líquidos, características físicas de los líquidos inflamables y combustibles, características de incendio de líquidos que arden, temperatura de ignición, temperatura de auto ignición, temperatura de ignición autógena, características de combustión de los líquidos que arden, métodos de prevención de incendios y sustitución con líquidos menos combustibles).
71. Gases (definición de los gases, clasificación de los gases, riesgos básicos de los gases, control de emergencia de gases y gases específicos).
72. Plásticos y caucho (terminología de los plásticos, la familia de los polímeros, usos de los plásticos, aditivos y mezclas, principales grupos de plásticos, caucho natural y sintético, nitrato de celulosa, comportamiento de incendios de los plásticos, pruebas de incendio para plásticos, medidas de protección para instalaciones, tratamientos de retardantes del fuego y llamas y combate de incendios de plásticos).
73. Pesticidas (riesgos e identificación de riesgos y planeación de las instalaciones).
74. Explosivos y agentes de fragmentación (historia, naturaleza de los materiales explosivos, tipos de materiales explosivos, clases de explosivos, fabricación de materiales explosivos, transporte de materiales explosivos, almacenamiento de materiales explosivos, protección contra incendio de materiales explosivos, combate de incendios que involucran explosivos y agentes de fragmentación y destrucción de materiales explosivos).
75. Desfogue de deflagraciones (Explosiones) (principios básicos de las deflagraciones y principios del desfogue de deflagraciones).
76. Polvos (factores que influyen en la explosividad de los polvos, fuentes de ignición de nubes de polvo, características de deflagración de polvos combustibles seleccionados, factores que afectan la destructividad de las explosiones de polvo e instrucciones y procedimientos de prueba de explosiones de polvo).
77. Equipos de movimiento de aire (componentes de los sistemas de ventilación y distribución de aire, peligros de usos específicos y protección contra incendios).
78. Sistemas de protección para asilos y centros de acogida (definición, clasificación de los asilos y centros de acogida, características de la ocupación, problemas de incendio y estrategias de protección contra incendios).
79. Sistemas de protección para equipos electrónicos (instalaciones físicas, ubicaciones y construcción, equipamiento y características de instalación, protección contra incendios, sistema de rociadores automáticos, sistemas especiales de extinción, detectores de humo y planes y procedimientos de emergencia).
80. Sistemas de protección para centros de comunicaciones (oficina central, equipos de telecomunicaciones, protección contra incendios para redes públicas, equipos de telecomunicaciones privados, un vistazo al futuro y preocupaciones del departamento de bomberos).
81. Sistemas contra incendios en sistemas ferroviarios y suburbanos de pasajeros características del sistema.
82. Actuación e Intervención en incendios de interior. Medidas preventivas, técnicas de extinción y normas de actuación en incendio en interior.
83. Actuación e Intervención en incendios Industriales. Desarrollo de incendios en recintos industriales. Técnicas de extinción y salvamento en edificios industriales. Ventilación.
84. Actuación e Intervención en incendios Forestales. Tipos de incendio forestales. Formas y partes de un incendio forestal. Tipos de combustible, mecanismos de extinción, medios de extinción terrestre, medios de extinción aérea. Herramientas de manuales de extinción. Medios en el ámbito nacional para la extinción de incendios forestales.
85. Actuación e Intervención en siniestros de Mercancías Peligrosas. Niveles de protección personal. Zonas y distancias de seguridad. Las zonas de intervención y descontaminación. Control del personal. Normas específicas de actuación frente mercancías peligrosas. Niveles de protección personal.
86. Actuación e Intervenciones en Accidentes de Tráfico. Materiales de rescate. Equipos de excarcelación. Partes a considerar en el rescate en un vehículo. Seguridad en la intervención.
87. Actuación e Intervención en Rescate en alturas y espacios verticales. Material para evacuación.
88. Actuación e Intervención en inundaciones, rescate en ríos, riadas e inundaciones. Achiques. Material de rescate para el rescate.
89. Investigación de incendios. Metodología de la investigación. Papel del investigador. Gestión de la investigación. Bases estadísticas Pasos básicos en la investigación. Determinación de origen y causas.
90. Documentación de la investigación. Evidencias.
91. Primeros auxilios. Principios generales de socorrismo. Fracturas, heridas, quemaduras, asfixia, etcétera. Recogida de heridos y transporte.
*Los temas cuyos epígrafes o contenidos se refieren a normas jurídicas y a programas o servicios municipales, se desarrollarán conforme a las normas programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios.
ANEXO 4
CONVOCATORIA DE 4 PLAZAS DE OFICIAL DE LA POLICIA LOCAL (OEP 2014)
1. Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión de cuatro plazas de funcionarios de carrera, Oficiales de la Policía Local, incluidas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, pertenecientes al Subgrupo C1 de clasificación profesional, en régimen funcionarial y en turno de acceso de promoción interna.
2. Requisitos específicos.
- Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente (se considera equivalente, entre otras circunstancias posibles, la acreditación de haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años) o una antigüedad de diez años en plazas del Grupo C2, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos. En todo caso, la equivalencia deberá acreditarse por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.
- Ser funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Málaga con la categoría de Policía y haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en la categoría de Policía en el Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Málaga, computándose a estos efectos el tiempo en que haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo.
- No hallarse en la situación administrativa de segunda actividad, salvo por causa de embarazo.
- Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.
Los requisitos deberán cumplirse por los aspirantes el último día del plazo de presentación de instancias y acreditarse documentalmente por éstos antes de realizar el curso de capacitación.
3. Procedimiento de selección: Concurso-oposición.
El proceso selectivo se ajustará a lo determinado en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales; Decreto 201/2003, de 8 de julio, modificado por Decreto 66/2008, de 26 de febrero; Orden de la Consejería de Gobernación de 22 de diciembre de 2003, modificada por la Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, así como, supletoriamente, por lo dispuesto en las Normas Generales de la Convocatoria, y demás legislación aplicable en materia de acceso a la función pública local. En todo caso su desarrollo se efectuará como a continuación se indica:
3.1. Fase de concurso:
1. Titulaciones académicas.
1.1. Doctor: 2,00 puntos.
1.2. Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 1,50 puntos.
1.3. Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado superior en criminología, Experto en Criminología o equivalente: 1,00 punto.
1.4. Bachiller, Técnico superior en formación profesional, acceso a la Universidad o equivalente: 0,50 puntos.
Puntuación máxima del apartado 1: 4,00 puntos.
No se valorará la titulación requerida para el acceso a la categoría a la que se aspira, salvo que se posea más de una.
Tampoco se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, las titulaciones necesarias o las que se hubieran empleado como vía de acceso para la obtención de una titulación superior ya valorada.
A efectos de equivalencia de titulación sólo se admitirán las reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo aportarse la correspondiente declaración oficial de equivalencia o disposición en la que se establezca la misma, y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.
Sólo se valorarán los títulos antes citados, no los cursos realizados para la obtención de los mismos.
2. Antigüedad.
2.1. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en la categoría inmediatamente anterior, igual o superior a la que se aspira: 0,20 puntos.
2.2. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en categorías inferiores en más de un grado a la que se aspira: 0,10 puntos.
2.3. Por cada año de servicios o fracción superior a seis meses presados en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad: 0,10 puntos.
2.4. Por cada año de servicios o fracción superior a seis meses prestados en otros Cuerpos de las Administraciones Públicas: 0,05 puntos.
Puntuación máxima del apartado 2: 4,00 puntos.
3. Formación y docencia.
3.1. Formación: Los cursos superados en los centros docentes policiales, los cursos que tengan la condición de concertados por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía y los cursos de contenido policial, impartidos dentro del Acuerdo de Formación Continua de las Administraciones Públicas, serán valorados, cada uno, como a continuación se establece:
- Entre 20 y 35 horas lectivas: 0,25 puntos.
- Entre 36 y 75 horas lectivas: 0,30 puntos.
- Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,35 puntos.
- Entre 101 y 200 horas lectivas: 0,40 puntos.
- Más de 200 horas lectivas: 0,50 puntos.
Los cursos en los que solamente se haya obtenido “asistencia” se valorarán con la tercera parte.
No se tendrán en cuenta a efectos de valoración: los cursos obligatorios que formen parte del proceso de selección para el acceso a cualquier categoría o empleo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, lo cursos repetidos, salvo que se hubiese producido un cambio sustancial del contenido y los cursos necesarios para la obtención de las titulaciones del apartado 1 de las presentes bases, ni la superación de asignaturas de los mismos.
3.2. Docencia, ponencias y publicaciones:
La impartición de cursos de formación comprendidos en el apartado 3.1., dirigidos al colectivo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se valorará a razón de:
Por cada 5 horas lectivas efectivamente impartidas, con independencia del número de horas del curso: 0,10 puntos, hasta un máximo de 1,00 punto.
Se podrán acumular fracciones inferiores a 5 horas lectivas hasta alcanzar dicho número, si se han impartido en cursos distintos.
Las tutorías, en los cursos a distancia, las actividades de coordinación o dirección de cursos sólo se valorarán si se acreditan las horas lectivas impartidas.
Las publicaciones y ponencias se valorarán cada una con un máximo de 0,20 puntos, en función del interés policial y por su carácter científico y divulgativo, hasta un máximo de: 1,00 punto.
Puntuación máxima del apartado 3: 4,00 puntos.
4. Otros méritos.
4.1. Por la pertenencia a la Orden al Mérito de la Policía Local de Andalucía, según la categoría otorgada dentro de la misma, se valorará con la siguiente puntuación:
- Medalla de Oro: 3 puntos.
- Medalla de Plata: 2 puntos.
- Cruz con distintivo verde: 1 punto.
- Cruz con distintivo blanco: 0,75 puntos.
4.2. Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local del Municipio o, en su caso, con la Medalla del Municipio por su labor policial: 0,50 puntos.
4.3. Haber sido recompensado con Medalla o Cruz con distintivo rojo al Mérito de un Cuerpo de Seguridad: 0,50 puntos.
4.4. Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento en Pleno (máximo 4 felicitaciones), cada una: 0,25 puntos.
Puntuación máxima del apartado 4: 4,00 puntos.
La puntuación total máxima a otorgar en la fase de concurso no podrá exceder de 4,50 puntos.
3.2. Fase de oposición:
Se ajustará a lo determinado a continuación, aplicándose supletoriamente lo dispuesto en las normas generales de la convocatoria.
a) Primer ejercicio. Prueba de conocimientos. Examen teórico: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los candidatos. Consistirá en contestar en un plazo máximo de 90 minutos, un cuestionario de 75 preguntas, con respuestas alternativas, aprobado por el Tribunal momentos antes de su realización, del temario de la convocatoria establecido en la Orden de la Consejería de Gobernación de 22 de diciembre de 2003 y que se relaciona al final de las presentes bases. La puntuación a otorgar por la realización de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo los aspirantes alcanzar como mínimo 5 puntos para superarlo y no ser excluidos de la convocatoria.
b) Segundo ejercicio. Prueba de conocimientos. Examen práctico: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los candidatos. Consistirá en desarrollar por escrito la resolución de un caso práctico, cuyo contenido estará relacionado con el temario y con el puesto de trabajo, elaborado por el tribunal momentos antes de su realización, debiendo los aspirantes ejecutarlo en el plazo máximo de 2 horas. Posteriormente serán convocados para que lean ante el Tribunal el examen práctico realizado, el cual podrá hacerle las preguntas o requerir las aclaraciones que estime convenientes para contrastar sus conocimientos y la adaptación profesional del aspirante al puesto de trabajo. La puntuación a otorgar por la realización de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo el aspirante alcanzar un mínimo de 5 puntos para superarlo, quedando excluidos de la convocatoria los aspirantes que no alcancen dicha puntuación.
La calificación final de la prueba de conocimientos se hallará sumando las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios (teórico y práctico) y se dividirá por dos.
4. Curso de capacitación.
El Tribunal, terminada la calificación de los candidatos publicará un anuncio comprensivo de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en orden decreciente, precisando los candidatos que hayan obtenido las mayores calificaciones hasta un número igual al de plazas a cubrir, que serán los que pasen al curso de capacitación, salvo los supuestos de dispensa legalmente contemplados.
El Excmo. Sr. Alcalde, de conformidad con la propuesta anterior, podrá, en su caso, proceder al nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes propuestos, rigiéndose mientras permanezcan en esta situación por las normas que regulan este supuesto en la Administración Pública, como indica la Ley 13/2001 y el Decreto 201/2003, de 8 de julio, modificado por Decreto 66/2008, de 26 de febrero.
Los candidatos que superen el concurso- oposición deberán seguir un curso selectivo de capacitación en la Escuela de la Policía Local, Protección Civil y Extinción de Incendios del Excmo. Ayuntamiento de Málaga o en la E.S.P.A, que se regulará en detalle por el procedimiento reglamentariamente previsto de las citadas Escuelas. En cualquier caso el curso no tendrá una duración inferior a 200 horas lectivas y no podrá superase este curso sin haber asistido, al menos, al 90% de las actividades programadas, cualquiera que sea la causa.
Los aspirantes deberán obtener la calificación de apto para superar este curso. Aquellos que no superen el curso quedarán eliminados. Igualmente podrán ser eliminados por el Tribunal calificador, a propuesta de la Escuela de la Policía Local, Protección Civil y extinción de Incendios, o de la E.S.P.A, los aspirantes sancionados por la comisión de una falta muy grave prevista en los respectivos reglamentos de régimen interior.
Finalizado el curso de capacitación, la Escuela de la Policía Local remitirá al Tribunal las calificaciones que hayan otorgado a los aspirantes.
Cuando el aspirante no haya superado el curso, a la vista del informe remitido por la Escuela, repetirá el curso siguiente que, de no superar, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en el concurso o concurso-oposición, y la necesidad, en su caso, de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias.
El Tribunal, a los aspirantes que superen el correspondiente curso selectivo, les hallará la nota media entre las calificaciones obtenidas en las pruebas selectivas, el concurso y el curso selectivo, fijando el orden de prelación definitivo de los aspirantes, elevando la propuesta final al Alcalde, para su nombramiento como funcionarios de carrera de las plazas convocadas.
El escalafonamiento de los citados aspirantes se efectuará atendiendo a la puntuación global obtenida en las pruebas superadas en el concurso-oposición y el posterior curso selectivo realizado.
TEMARIO
1. Derechos fundamentales y libertades públicas I: Derecho a la vida e integridad. Libertad ideológica, religiosa y de culto. Derecho a la libertad y seguridad. Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar ya la propia imagen. La inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones. La libertad de residencia y de circulación. El derecho a la libertad de expresión reconocido en el artículo 20 de la Constitución.
2. Derechos fundamentales y libertades públicas II: Derecho de reunión. Derecho de asociación. Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funciones y cargos públicos. La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. La imposición de condena o sanción del artículo 25 de la Constitución, sentido de las penas y medidas de seguridad. Prohibición de tribunales de honor. El derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Derecho a la sindicación y a la huelga, especial referencia a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Derecho de petición.
3. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La validez de los actos administrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Cómputo de plazos. Recursos administrativos. Alzada y reposición; el recurso extraordinario de revisión.
4. El procedimiento administrativo. Concepto y principios generales. Clases. Los interesados. La estructura del procedimiento administrativo.
5. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tipos de entidades locales. El municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales. La provincia: concepto, elementos y competencias. La organización y funcionamiento del municipio. El pleno. El alcalde. La Junta de Gobierno Local. Otros órganos municipales.
6. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y procedimiento de elaboración y aprobación.
7. La licencia municipal. Tipos. Actividades sometidas a licencia. Tramitación.
8. Función Pública Local. Su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.
9. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Funciones dela Policía Local. Régimen disciplinario: Disposiciones generales y faltas disciplinarias.
10. Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía y normas de desarrollo.
11. La actividad de la Policía Local como Policía administrativa. Consumo. Abastos. Mercados. Venta ambulante. Espectáculos y establecimientos públicos. Urbanismo. Infracciones y sanciones. La protección ambiental: prevención y calidad ambiental, residuos y disciplina ambiental.
12. La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía y normas de desarrollo.
13. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
14. Personas responsables: autores, cómplices y encubridores. Grados de perfección del delito.
15. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.
16. Delitos contra la Administración Pública. Atentados contra la Autoridad y sus Agentes. Desórdenes públicos.
17. Homicidio y sus formas. Faltas contra las personas.
18. Delitos y faltas contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
19. Delitos contra la salud pública. Tráfico de drogas.
20. Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor. Lesiones y daños imprudentes. Carencia del seguro obligatorio.
21. Las penas. Concepto, clases: privativas de libertad, privativas de derecho y multa. Clasificación por su gravedad: graves, menos graves y leves.
22. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.
23. Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».
24. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.
25. Normas generales de circulación: velocidad, sentido, cambios de dirección. Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias que requieren precauciones especiales.
26. Circulación de peatones. Circulación urbana. Conductores. Marcha atrás. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores.
27. Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia.
28. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de Circulación. Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.
29. Accidentes de circulación: definición, tipos y actuaciones de la Policía Local.
30. Alcoholemia. Datos. Su consideración según la normativa vigente. Doctrina constitucional. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica.
31. Estructura económica y social de Andalucía: demografía, economía, servicios públicos, sociedad civil, nuevas tecnologías, patrimonio ecológico, social y cultural.
32. Minorías étnicas y culturales. Racismo y xenofobia. Actitud policial ante la sociedad intercultural.
33. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en Andalucía: conceptos básicos; socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género. Violencia contra las mujeres: descripción, planes de erradicación y atención coordinada a las víctimas.
34. El mando: concepto, estilos, cualidades, rasgos, reglas y características del mando; relación con subordinados; técnicas de dirección y reuniones.
35. La Policía en la sociedad democrática. El mandato constitucional. Valores que propugna la sociedad democrática. Sentido ético de la prevención y la represión. Deontología policial. Normas que la establecen.
ANEXO 5
CONVOCATORIA DE 3 PLAZAS DE SARGENTO DEL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS (OEP 2014).
1. Objeto:
Es objeto de la presente convocatoria la provisión de 3 plazas de funcionarios de carrera, Sargentos del Servicio de Extinción de Incendios, incluidas en la escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios, pertenecientes al Subgrupo C1 de Clasificación Profesional, en régimen funcionarial, y turno de promoción interna, incluidas en la Oferta de Empleo Público del año 2014, que se regirá por lo determinado en las presentes Bases específicas y por lo establecido en las Bases Generales aprobadas por la Corporación para las convocatorias incluidas en la Oferta de Empleo Público del año 2014.
2. Requisitos específicos:
- Ser funcionario de carrera Cabo del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento de esta Corporación y tener una antigüedad de, al menos, 2 años en esta categoría.
- Título de Bachiller Superior, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente (se considera equivalente, entre otras circunstancias posibles, la acreditación de haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años) o una antigüedad de diez años en plazas del Grupo C2, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos. En todo caso, la equivalencia deberá acreditarse por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.
- Estar en posesión del carné de conducir BTP. Compromiso para conducir vehículos del servicio.
3. Procedimiento de Selección: Concurso-oposición.
El proceso selectivo se ajustará a lo determinado en el Capítulo VII de las Normas Generales que rigen las convocatorias incluidas en la OEP del año 2014, con las singularidades establecidas en las presentes Bases específicas.
A) FASE DE CONCURSO:
Los méritos alegados por los aspirantes se valorarán conforme a los criterios que se establecen a continuación:
A.1. Méritos profesionales (hasta un máximo de 5 puntos):
- Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados como Bombero: 0,25 puntos.
- Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses prestados como Cabo: 0,35 puntos.
A.2. Méritos académicos y de formación (hasta un máximo de 5 puntos):
A.2.1. Méritos académicos (máximo 2 puntos):
La posesión de títulos académicos oficiales, siempre que se encuentren relacionadas con la plaza convocada, se valorará de acuerdo con la siguiente proporción, hasta un máximo de 2 puntos:
- Doctor: 1,25 puntos.
- Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 1 punto.
- Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente: 0,75 puntos.
- Bachiller, Formación Profesional de segundo grado, o equivalente: 0,50 puntos.
En ningún caso el título exigido en la convocatoria podrá tenerse en cuenta a efectos de su valoración en este apartado (incluso cuando se posea una antigüedad que alternativamente pueda establecerse como requisito para participar en una convocatoria determinada). Igualmente, de aportarse como título exigido un título superior, solamente será valorado el exceso sobre la titulación requerida. El título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia.
A efectos de equivalencia de titulación sólo se admitirán las reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo aportarse la correspondiente declaración oficial de equivalencia, o disposición en la que se establezca la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.
Sólo se valorarán los títulos antes citados, no los cursos realizados para la obtención de los mismos.
A.2.2. Formación y docencia (máximo 2,5 puntos):
Los cursos, jornadas y seminarios, siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por organismos oficiales (Administraciones Públicas territoriales, sus OO.AA. y Entidades de Derechos Público dependientes de las mismas, Universidades, Colegios Profesionales y Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua) así como los cursos relativos a la prevención de riesgos laborales, como el curso de Formación para el desempeño de las funciones de nivel básico de 50 horas de acuerdo con lo establecido en el Anexo IV del RD 39/1997 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; que hayan sido superados y así lo acrediten los aspirantes, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:
De 5 a 10 horas de duración: 0,10 p.
De 11 a 20 horas de duración: 0,20 p.
De 21 a 30 horas de duración: 0,30 p.
De 31 a 40 horas de duración: 0,40 p.
De 41 a 50 horas de duración: 0,50 p.
De 50 horas en adelante: 0,60 p.
Los cursos de duración inferior a 5 horas, en los que no se justifique adecuadamente el número de horas, así como aquellos en los que no conste claramente la entidad que los organiza, no serán valorados. La participación del/la aspirante como ponente en los cursos referidos anteriormente se calificará con el doble de la puntuación expresada. La puntuación máxima que se podrá otorgar en este apartado será de 2,5 puntos. Los cursos de simple asistencia se valorarán en un tercio de la puntuación que corresponda según sus horas de duración.
No se tendrá en cuenta, a efectos de valoración: los cursos obligatorios que formen parte del proceso de selección para el acceso a cualquier categoría o empleo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los cursos repetidos, salvo que se hubiese producido un cambio sustancial del contenido y los cursos necesarios para la obtención de las titulaciones del apartado A.2.1) del presente baremo, ni la superación de asignaturas de los mismos.
La publicación de textos, ponencias, artículos, etc. relacionados con materias propias del Servicio de Extinción de Incendios y que tengan manifiesto interés por su carácter científico y divulgativo, se valorarán del siguiente modo:
- Por cada texto o ponencia: 0,25 puntos.
- Por cada artículo: 0,10 puntos.
A.2.3. Otros méritos (máximo 0,5 puntos):
Cualesquiera otros méritos relacionados con la plaza convocada, que deberán acreditarse mediante certificado u otro documento público administrativo, acompañado de la documentación suficiente para su valoración. Estos méritos serán apreciados libre, proporcional y motivadamente por el Tribunal, y se puntuarán hasta un máximo de 0,5 puntos.
La puntuación máxima que podrán alcanzar los aspirantes en la fase de concurso será de 10 puntos.
B) FASE DE OPOSICIÓN:
Se ajustará a lo determinado en el Capítulo VI de las Normas Generales de la convocatoria, desarrollándose los ejercicios como a continuación se describe:
B.1. Primer ejercicio: de carácter obligatorio y eliminatorio para todos los/as aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de setenta y cinco minutos, dos temas de carácter general determinados por el Tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y relacionados con la totalidad del temario del programa que se acompaña a la convocatoria, aunque no debe coincidir necesariamente con ningún tema o epígrafe concreto del mismo. La determinación del tema general objeto de este primer ejercicio, la efectuará el Tribunal Calificador de conformidad con lo dispuesto en la Base nº 36 c) de las Normas Generales de la convocatoria.
El ejercicio deberá ser leído por el/la opositor/a en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el/la aspirante sobre el ejercicio realizado, diálogo que tendrá una duración máxima de quince minutos. Este primer ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlo obtener, al menos, 5 puntos.
B.2. Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los/as aspirantes. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio y que se referirá al grupo de materias específicas incluidas en el temario adjunto, y relacionado con las funciones propias de la plaza convocada. La duración de este ejercicio será de setenta y cinco minutos como máximo. Este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlo obtener, al menos, 5 puntos.
Las puntuaciones obtenidas en los 2 ejercicios anteriores, fase de oposición, se sumarán por el Tribunal a la obtenida en la Fase de Concurso, a efectos de elaborar la relación de candidatos aprobados que habrán de realizar el curso de capacitación en la ESPAM.
C) CURSO DE CAPACITACIÓN:
Los aspirantes que hayan superado las anteriores fases del procedimiento selectivo, que en ningún caso será un número superior al de plazas vacantes, habrán de realizar y superar un curso de capacitación que tendrá una duración máxima de 150 horas lectivas. El contenido, metodología y desarrollo del citado curso se ajustará a lo que determine la ESPAM conforme a su normativa específica, pudiendo en su caso convalidar total o parcialmente los cursos de especialización de la categoría superados en la Escuela. Los aspirantes deberán realizar además un segundo curso de Formación para el desempeño de las funciones de nivel básico de 50 horas de acuerdo con lo establecido en el Anexo IV del RD 39/1997 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, salvo en los casos en que el aspirante acredite que ha realizado dicho curso o uno superior en los últimos 5 años.
Terminado el curso, la ESPAM remitirá al Tribunal las calificaciones de los aspirantes que lo hayan superado, y éste las adicionará a las conseguidas en la fase de concurso- oposición, y propondrá para su nombramiento como funcionarios de carrera Sargentos del Servicio de Extinción de Incendios al órgano municipal competente, según la calificación global obtenida en la totalidad del procedimiento selectivo.
Temario
MATERIAS COMUNES
1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. La Corona. El poder legislativo, el poder ejecutivo y el poder judicial. La Reforma Constitucional.
2. Organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Organización y competencias de la Junta de Andalucía.
3. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Organización y competencias municipales. El Reglamento Orgánico de Pleno.
4. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
5. La función pública local. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario: Disposiciones generales y faltas disciplinarias.
6. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho público. La Ley. Clases de leyes. El Reglamento y sus clases. El Derecho comunitario.
7. Principios de actuación de la Administración Pública. Los derechos de los ciudadanos. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.
8. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Clases. La validez de los actos administrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Cómputo de plazos. Recursos administrativos. Alzada y reposición; el recurso extraordinario de revisión.
9. El procedimiento administrativo: concepto, dimensión temporal y fases. Recepción y registros y documentos. Comunicaciones y notificaciones. Clases. Los interesados. La estructura del procedimiento administrativo.
10. Funcionamiento de los órganos colegiados municipales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.
11. El Procedimiento sancionador. La licencia. La responsabilidad de la Administración.
12. La Ley de Contratos de la Administraciones Públicas. Los contratos administrativos. Especial referencia a la elaboración de los pliegos de prescripciones técnicas.
13. El presupuesto de las Entidades Locales: concepto, elaboración y aprobación. Gestión, control y fiscalización del presupuesto municipal.
14. Políticas de igualdad de Género. Normativa vigente.
MATERIAS ESPECÍFICAS
15. Ley 2/2002 de 11 de noviembre de Gestión de Emergencias de Andalucía.
16. La Ley y la Norma Básica de Protección Civil. El plan de emergencia municipal.
17. Las ordenanzas fiscales.
18. Técnicas de dirección de personal: Conceptos, funciones y responsabilidades: Formas y estilos de mando: Planificación y organización del trabajo.
19. Organización del Servicio. Funciones y competencias de los distintos empleos y categorías. Coordinación general. El centro Municipal de Emergencias.
20. El sargento como Jefe de Zona. Cometidos y funciones generales. La guardia. Organización del personal de las salidas. Planes de revisiones diarias. Mantenimiento de las instalaciones. Planificación de los descansos. Supervisión del material de un parque de bomberos. Equipamientos.
21. La documentación del Servicio. Clasificación. Tipos de partes e informes. Peticiones y comunicados. Su tramitación interna.
22. Prevención de riesgos laborales: Ley 31/1995, de Prevención de riesgos laborales y la nueva modificación de febrero de 2010. Real Decreto 39/1997 y Real Decreto 604/2006: Reglamento de los servicios de prevención y modificación de los mismos.
23. El Acuerdo de Funcionarios. Calendarios y jornadas laborales. Permisos reglamentarios. Planificación de los descansos. Instrucciones en vigor contenidas en circulares emitidas por el Servicio.
24. La formación. Metodología didáctica. Formación básica y permanente del bombero. Recursos didácticos. Planificación, seguridad y ejecución de prácticas y simulacros.
25. Planificación de la formación en los parques. Temporalización. Plan de prácticas. Recursos didácticos para su ejecución.
26. El Código Técnico de la Edificación: El Documento Básico Seguridad en caso de incendio, conceptos generales.
27. Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, conceptos generales.
28. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, conceptos generales.
29. La Ordenanza Municipal de protección contra incendios de Málaga.
30. La Norma Básica de Autoprotección.
31. Incendios en vivienda: Protocolo, diferentes tipos de respuesta. Medidas de seguridad. Técnicas de rescate y autorescate. Desarrollo, fases y evolución del incendio. Técnicas, equipos y métodos de extinción. Técnicas, equipos y métodos de ventilación. Tendidos de manga interiores y exteriores. Consumos de agua. Equipos de protección personal y respiratoria. Funciones del mando, seguridad y coordinación del operativo.
32. Accidentes de tráfico: Protocolo. Fases y seguridad en la intervención. Conocimientos generales sobre vehículos, seguridad activa y pasiva. Técnicas y equipos de estabilización y abordaje. Técnicas, equipos y Maniobras de excarcelación. Atención y seguridad de las víctimas. Equipos de protección personal. Funciones del mando, seguridad y coordinación del operativo.
33. Incendios bajo rasante: Protocolo. Fases y seguridad en la intervención. Técnicas y equipos de buceo en humo: Cámaras térmicas, cuerda guía, tablas de control de consumo de aire. Técnicas y equipos de rastreo y localización de víctimas. Técnicas y equipos de extinción. Equipos de protección personal. Funciones del mando, seguridad y coordinación del operativo. Medios de protección contra incendios propios de los aparcamientos.
34. Incendios en instalaciones industriales: Despliegue de recursos y medios. Fases y seguridad en la intervención. Control de reserva y abastecimiento de agua.
35. Incendios forestales. Fases y seguridad en la intervención. Técnicas, herramientas y equipos. Equipos de protección personal. Funciones del mando, seguridad y coordinación del operativo. Coordinación con otros servicios.
36. Intervención en siniestros con mercancías peligrosas en situación de almacenamiento, transporte y derrame. Identificación. Fases y seguridad en la intervención. Técnicas, herramientas, materiales y equipos. Equipos de protección personal. Funciones del mando, seguridad y coordinación del operativo.
37. Intervenciones con material radioactivo implicado. Fases y seguridad en la intervención. Equipos de protección personal, distancias de seguridad, zonas de intervención. Funciones del mando, seguridad y coordinación del operativo.
38. Trabajos en altura: Nociones básicas, procedimientos y técnicas de actuación, equipos personales y colectivos, técnicas de progresión por cuerda, técnicas de rescate de personas suspendidas, anclajes, polipastos, progresión por escaleras, rescate en plano inclinado. Equipos de protección personal. Funciones del mando, seguridad y coordinación del operativo.
39. Mando y control en las intervenciones: Procedimientos de intervención y coordinación en grandes siniestros. Dirección por objetivos. Mando unificado. Plan de acción. Mantenimiento de la capacidad de control. Flexibilidad del operativo. Control del dispositivo. Gestión de recursos. Establecimiento y transferencia del mando. Zonificación del siniestro. El PMA. Integración de comunicaciones. Coordinación con otros servicios actuantes en la emergencia: Policía Local, sanitarios, Cuerpo Nacional de Policía, Guardia Civil.
40. Vehículos de los servicios contra incendios: conceptos y clasificación. Funciones y campos de aplicación. Principales componentes de cada tipo de vehículo.
41. Incidentes con múltiples víctimas, Puesto médico avanzado, triages (Start y Short), etiquetado y colores utilizados, zonificación incidente, coordinación de servicios intervinientes.
42. Investigación básica de incendios. Conceptos. El proceso de observación. La toma de datos.
43. Construcción: Cimentaciones, cubiertas, muros, estructuras de: madera, hormigón armado, metálicas, mixtas, prefabricadas. Patologías y tipos de lesiones. Medidas de actuación y seguridad.
44. Tipologías constructivas más frecuentes en la ciudad. Procedimientos administrativos relacionados con la conservación de edificios.
45. Interpretación de planos. Simbología. Planos de construcción e instalaciones.
46. Configuración del término municipal. Vías principales de circulación. Barrios. Edificios singulares. Servicios básicos municipales: Metro. Agua. Gas. Electricidad. Teléfono. Alcantarillado. Transportes. Instalaciones Portuarias, ferroviarias y aeroportuarias. La red de Metro de Málaga. La red de túneles ferroviarios y carreteros en el término municipal. Características y medios de protección contra incendios.
47. Recuperación cardio- respiratoria. Criterios generales. Principios actuación sanitaria en primeros auxilios. Quemaduras: Clasificación según agente causal, primeros auxilios.
* Los temas cuyos epígrafes o contenidos se refieren a normas jurídicas y a programas o servicios municipales, se desarrollarán conforme a las normas programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios.
ANEXO 6
CONVOCATORIA DE 5 PLAZAS DE CABO DEL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS (OEP 2014).
1. Objeto:
Es objeto de la presente convocatoria la provisión de 5 plazas de funcionarios de carrera, Cabos del Servicio de Extinción de Incendios, incluidas en la escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios, pertenecientes al Subgrupo C2 de Clasificación Profesional, en régimen funcionarial, y turno de promoción interna, incluidas en la Oferta de Empleo Público del año 2014, que se regirá por lo determinado en las presentes Bases específicas y por lo establecido en las Bases Generales aprobadas por la Corporación para las convocatorias incluidas en la Oferta de Empleo Público del año 2014.
2. Requisitos específicos:
- Ser funcionario de carrera Bombero del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento de esta Corporación y tener una antigüedad de, al menos, 2 años en esta categoría.
- Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.
- Estar en posesión del carné de conducir BTP. Compromiso para conducir vehículos del servicio.
3. Procedimiento de Selección: Concurso-oposición.
El proceso selectivo se ajustará a lo determinado en el Capítulo VII de las Normas Generales que rigen las convocatorias incluidas en la OEP del año 2014, con las singularidades establecidas en las presentes Bases específicas.
A) FASE DE CONCURSO:
Los méritos alegados por los aspirantes se valorarán conforme a los criterios que se establecen a continuación:
A.1. Méritos profesionales (hasta un máximo de 5 puntos):
Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados como Bombero: 0,25 puntos.
A.2. Méritos académicos y de formación (hasta un máximo de 5 puntos):
A.2.1. Méritos académicos (máximo 2 puntos):
La posesión de títulos académicos oficiales, siempre que se encuentren relacionadas con la plaza convocada, se valorará de acuerdo con la siguiente proporción, hasta un máximo de 2 puntos:
- Doctor: 1,25 puntos.
- Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 1 punto.
- Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente: 0,75 puntos.
- Bachiller, Formación Profesional de segundo grado, o equivalente: 0,50 puntos.
En ningún caso el título exigido en la convocatoria podrá tenerse en cuenta a efectos de su valoración en este apartado (incluso cuando se posea una antigüedad que alternativamente pueda establecerse como requisito para participar en una convocatoria determinada). Igualmente, de aportarse como título exigido un título superior, solamente será valorado el exceso sobre la titulación requerida. El título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia.
A efectos de equivalencia de titulación sólo se admitirán las reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo aportarse la correspondiente declaración oficial de equivalencia, o disposición en la que se establezca la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.
Sólo se valorarán los títulos antes citados, no los cursos realizados para la obtención de los mismos.
A.2.2. Formación y docencia (máximo 2,5 puntos):
Los cursos, jornadas y seminarios, siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por organismos oficiales (Administraciones Públicas territoriales, sus OO.AA. y Entidades de Derechos Público dependientes de las mismas, Universidades, Colegios Profesionales y Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua), así como los cursos relativos a la prevención de riesgos laborales, como el curso de Formación para el desempeño de las funciones de nivel básico de 50 horas de acuerdo con lo establecido en el Anexo IV del RD 39/1997 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; que hayan sido superados y así lo acrediten los aspirantes, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:
De 5 a 10 horas de duración: 0,10 p.
De 11 a 20 horas de duración: 0,20 p.
De 21 a 30 horas de duración: 0,30 p.
De 31 a 40 horas de duración: 0,40 p.
De 41 a 50 horas de duración: 0,50 p.
De 50 horas en adelante: 0,60 p.
Los cursos de duración inferior a 5 horas, en los que no se justifique adecuadamente el número de horas, así como aquellos en los que no conste claramente la entidad que los organiza, no serán valorados. La participación del/la aspirante como ponente en los cursos referidos anteriormente se calificará con el doble de la puntuación expresada. La puntuación máxima que se podrá otorgar en este apartado será de 2,5 puntos. Los cursos de simple asistencia se valorarán en un tercio de la puntuación que corresponda según sus horas de duración.
No se tendrá en cuenta, a efectos de valoración: los cursos obligatorios que formen parte del proceso de selección para el acceso a cualquier categoría o empleo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los cursos repetidos, salvo que se hubiese producido un cambio sustancial del contenido y los cursos necesarios para la obtención de las titulaciones del apartado A.2.1) del presente baremo, ni la superación de asignaturas de los mismos.
La publicación de textos, ponencias, artículos, etc. relacionados con materias propias del Servicio de Extinción de Incendios y que tengan manifiesto interés por su carácter científico y divulgativo, se valorarán del siguiente modo:
- Por cada texto o ponencia: 0,25 puntos.
- Por cada artículo: 0,10 puntos.
A.2.3. Otros méritos (máximo 0,5 puntos):
Cualesquiera otros méritos relacionados con la plaza convocada, que deberán acreditarse mediante certificado u otro documento público administrativo, acompañado de la documentación suficiente para su valoración. Estos méritos serán apreciados libre, proporcional y motivadamente por el Tribunal, y se puntuarán hasta un máximo de 0,5 puntos.
La puntuación máxima que podrán alcanzar los aspirantes en la fase de concurso será de 10 puntos.
B) FASE DE OPOSICIÓN:
Se ajustará a lo determinado en el Capítulo VI de las Normas Generales de la convocatoria, desarrollándose los ejercicios como a continuación se describe:
B.1. Primer ejercicio: de carácter obligatorio y eliminatorio para todos los/as aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de sesenta minutos, dos temas de carácter general determinados por el Tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y relacionados con la totalidad del temario del programa que se acompaña a la convocatoria, aunque no debe coincidir necesariamente con ningún tema o epígrafe concreto del mismo. La determinación del tema general objeto de este primer ejercicio, la efectuará el Tribunal Calificador de conformidad con lo dispuesto en la base núm. 36 c) de las Normas Generales de la convocatoria.
El ejercicio deberá ser leído por el/la opositor/a en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el/la aspirante sobre el ejercicio realizado, diálogo que tendrá una duración máxima de quince minutos. Este primer ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlo obtener, al menos, 5 puntos.
B.2. Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los/as aspirantes. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio y que se referirá al grupo de materias específicas incluidas en el temario adjunto, y relacionado con las funciones propias de la plaza convocada. La duración de este ejercicio será de sesenta minutos como máximo. Este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlo obtener, al menos, 5 puntos.
Las puntuaciones obtenidas en los 2 ejercicios anteriores, fase de oposición, se sumarán por el Tribunal a la obtenida en la fase de concurso, a efectos de elaborar la relación de candidatos aprobados que habrán de realizar el curso de capacitación en la ESPAM.
C) CURSO DE CAPACITACIÓN:
Los aspirantes que hayan superado las anteriores fases del procedimiento selectivo, que en ningún caso será un número superior al de plazas vacantes, habrán de realizar y superar un curso de capacitación que tendrá una duración máxima de 100 horas lectivas. El contenido, metodología y desarrollo del citado curso se ajustará a lo que determine la ESPAM conforme a su normativa específica, pudiendo en su caso convalidar total o parcialmente los cursos de especialización de la categoría superados en la Escuela. Los aspirantes deberán realizar además un segundo curso de Formación para el desempeño de las funciones de nivel básico de 50 horas de acuerdo con lo establecido en el Anexo IV del RD 39/1997 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, salvo en los casos en que el aspirante acredite que ha realizado dicho curso o uno superior en los últimos 5 años.
Terminado el curso, la ESPAM remitirá al Tribunal las calificaciones de los aspirantes que lo hayan superado, y éste las adicionará a las conseguidas en la fase de concurso- oposición, y propondrá para su nombramiento como funcionarios de carrera Cabos del Servicio de Extinción de Incendios al órgano municipal competente, según la calificación global obtenida en la totalidad del procedimiento selectivo.
Temario
MATERIAS COMUNES
1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. La Corona. El poder legislativo, el poder ejecutivo y el poder judicial. La Reforma Constitucional.
2. Organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Organización y competencias de la Junta de Andalucía.
3. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Organización y competencias municipales. El Reglamento Orgánico de Pleno.
4. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
5. La función pública local. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario: Disposiciones generales y faltas disciplinarias.
6. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho público. La Ley. Clases de leyes. El Reglamento y sus clases. El Derecho comunitario.
7. Principios de actuación de la Administración Pública. Los derechos de los ciudadanos. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.
8. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Clases. La validez de los actos administrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Cómputo de plazos. Recursos administrativos. Alzada y reposición; el recurso extraordinario de revisión.
9. El procedimiento administrativo: concepto, dimensión temporal y fases. Recepción y registros y documentos. Comunicaciones y notificaciones. Clases. Los interesados. La estructura del procedimiento administrativo.
10. Funcionamiento de los órganos colegiados municipales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.
11. El Procedimiento sancionador. La licencia. La responsabilidad de la Administración.
12. La Ley de Contratos de la Administraciones Públicas. Los contratos administrativos. Especial referencia a la elaboración de los pliegos de prescripciones técnicas.
13. El presupuesto de las Entidades Locales: concepto, elaboración y aprobación. Gestión, control y fiscalización del presupuesto municipal.
14. Políticas de igualdad de Género. Normativa vigente.
MATERIAS ESPECÍFICAS
15. Ley 2/2002 de 11 de noviembre de Gestión de Emergencias de Andalucía.
16. El cabo como Jefe de Parque y como mando en una intervención. Organización del Servicio, la guardia. Organización del personal de las salidas. Planes de revisiones diarias. Mantenimiento de las instalaciones. Planificación de los descansos. Supervisión del material de un parque de bomberos. Equipamientos El Centro Municipal de Emergencias.
17. La documentación del Servicio. Clasificación. Tipos de partes e informes. Peticiones y comunicados. Su tramitación interna.
18. El Acuerdo de Funcionarios. Calendarios y jornadas laborales. Permisos reglamentarios. Planificación de los descansos. Instrucciones en vigor contenidas en circulares emitidas por el Servicio.
19. La formación. Metodología didáctica. Formación básica y permanente del bombero. Recursos didácticos. Planificación, seguridad y ejecución de prácticas y simulacros.
20. Planificación de la formación en los parques. Temporalización. Plan de prácticas. Recursos didácticos para su ejecución.
21. Prevención de riesgos laborales: Ley 31/1995, de Prevención de riesgos laborales y la nueva modificación de febrero de 2010. Real Decreto 39/1997 y Real Decreto 604/2006: Reglamento de los servicios de prevención y modificación de los mismos. El recurso preventivo.
22. El Plan de Emergencia Municipal. Planes especiales. Planes de autoprotección.
23. Instalaciones de protección contra incendios. Definición y componentes. Características principales. El Código Técnico de la Edificación: El Documento Básico Seguridad en caso de incendio, conceptos generales. Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, conceptos generales. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, conceptos generales. La Ordenanza Municipal de protección contra incendios de Málaga, conceptos generales.
24. Incendios en vivienda: Protocolo, diferentes tipos de respuesta. Medidas de seguridad. Técnicas de rescate y autorescate. Desarrollo, fases y evolución del incendio. Técnicas, equipos y métodos de extinción. Técnicas, equipos y métodos de ventilación. Tendidos de manga interiores y exteriores. Consumos de agua. Equipos de protección personal y respiratoria. Funciones del mando, seguridad y coordinación del operativo.
25. Accidentes de tráfico: Protocolo. Fases y seguridad en la intervención. Conocimientos generales sobre vehículos, seguridad activa y pasiva. Técnicas y equipos de estabilización y abordaje. Técnicas, equipos y Maniobras de excarcelación. Atención y seguridad de las víctimas. Equipos de protección personal. Funciones del mando, seguridad y coordinación del operativo.
26. Incendios bajo rasante: Protocolo. Fases y seguridad en la intervención. Técnicas y equipos de buceo en humo: Cámaras térmicas, cuerda guía, tablas de control de consumo de aire. Técnicas y equipos de rastreo y localización de víctimas. Técnicas y equipos de extinción. Equipos de protección personal. Funciones del mando, seguridad y coordinación del operativo. Medios de protección contra incendios propios de los aparcamientos.
27. Incendios en instalaciones industriales: Despliegue de recursos y medios. Fases y seguridad en la intervención. Control de reserva y abastecimiento de agua.
28. Incendios forestales. Fases y seguridad en la intervención. Técnicas, herramientas y equipos. Equipos de protección personal. Funciones del mando, seguridad y coordinación del operativo. Coordinación con otros servicios.
29. Intervención en siniestros con mercancías peligrosas en situación de almacenamiento, transporte y derrame. Identificación. Fases y seguridad en la intervención. Técnicas, herramientas, materiales y equipos. Equipos de protección personal. Funciones del mando, seguridad y coordinación del operativo.
30. Trabajos en altura: Nociones básicas, procedimientos y técnicas de actuación, equipos personales y colectivos, técnicas de progresión por cuerda, técnicas de rescate de personas suspendidas, anclajes, polipastos, progresión por escaleras, rescate en plano inclinado. Equipos de protección personal. Funciones del mando, seguridad y coordinación del operativo.
31. Mando y control en las intervenciones: Procedimientos de intervención y coordinación en grandes siniestros. Dirección por objetivos. Mando unificado. Plan de acción. Mantenimiento de la capacidad de control. Flexibilidad del operativo. Control del dispositivo. Gestión de recursos. Establecimiento y transferencia del mando. Zonificación del siniestro. El PMA. Integración de comunicaciones. Coordinación con otros servicios actuantes en la emergencia: Policía Local, sanitarios, Cuerpo Nacional de Policía, Guardia Civil.
32. Vehículos de los servicios contra incendios: conceptos y clasificación. Funciones y campos de aplicación. Principales componentes de cada tipo de vehículo.
33. Configuración del término municipal. Vías principales de circulación. Barrios. Edificios singulares. Servicios básicos municipales: Metro. Agua. Gas. Electricidad. Teléfono. Alcantarillado. Transportes. Instalaciones Portuarias, ferroviarias y aeroportuarias. La red de Metro de Málaga. La red de túneles ferroviarios y carreteras en el término municipal. Características y medios de protección contra incendios.
34. Construcción: Cimentaciones, cubiertas, muros, estructuras de: madera, hormigón armado, metálicas, mixtas, prefabricadas. Patologías y tipos de lesiones. Medidas de actuación y seguridad.
35. Recuperación cardio- respiratoria. Criterios generales. Principios actuación sanitaria en primeros auxilios. Quemaduras: Clasificación según agente causal, primeros auxilios.
* Los temas cuyos epígrafes o contenidos se refieren a normas jurídicas y a programas o servicios municipales, se desarrollarán conforme a las normas programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios.
Málaga, 15 de diciembre de 2014.- El Director General de Personal, Organización y Personal, Carlos Gómez-Cambronero Sainz de la Maza, por delegación de la Junta de Gobierno Local mediante Acuerdo de fecha 18.7.2014.
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