Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 253 de 29/12/2014

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales

Resolución de 18 de diciembre de 2014, de la Secretaría General de Políticas Sociales, por la que se nombra al Coordinador Técnico del II Plan Integral de Infancia y Adolescencia en Andalucía.

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La Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor establece que la Junta de Andalucía es competente para la planificación, coordinación y control de los servicios, actuaciones y recursos relativos a la protección de los menores en Andalucía. Así mismo encomienda al Consejo de Gobierno la aprobación de Planes Integrales de Infancia, que concreten las actuaciones a desarrollar por las distintas Administraciones Públicas de Andalucía para el efectivo ejercicio de los derechos de los menores, con especial incidencia respecto de aquellos que presentan mayores necesidades. En concreto, en el artículo 20, Medidas de prevención y de apoyo a la familia, se recoge expresamente que se promoverán planes integrales dirigidos a la promoción de la infancia y a la prevención de las situaciones de riesgo.

El Decreto 140/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y del Servicio Andaluz de Salud, establece que es la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales la competente para el desarrollo, coordinación y proposición de iniciativas en relación con las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de infancia y familias a través de la Secretaría General de Políticas Sociales. Por su parte, el artículo 8.1 atribuye a la persona titular de la Secretaría General de Políticas Sociales las funciones previstas en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, todas las funciones relacionadas con las políticas en materia de servicios sociales y atención a las drogodependencias, personas mayores, infancia y familias, así como las relacionadas con las personas con discapacidad y, en particular, las siguientes:

b) La planificación de los recursos destinados a la prestación de servicios sociales y atención a las drogodependencias, la coordinación general de los recursos destinados al ejercicio de las competencias en materia de personas mayores, infancia y familias, así como la coordinación general de los recursos destinados al desarrollo de funciones en materia de atención a personas con discapacidad.

En este sentido, se plantea la necesidad de proceder a la elaboración del II Plan Integral de Infancia y Adolescencia en Andalucía que requiere un importante ejercicio de coordinación de profesionales y servicios, por lo que para la dinamización de las diferentes líneas de acción y el impulso de las actuaciones de coordinación intersectorial, la Secretaría General de Políticas Sociales considera necesario la designación de una persona responsable de la Coordinación Técnica del Plan, que lleve a cabo los trabajos necesarios para la redacción, implantación y evaluación del II Plan Integral de Infancia y Adolescencia en Andalucía.

Por todo lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y 8 del Decreto 140/2013, de 1 de octubre,

DISPONGO

Primero. Nombrar a don Juan José Jiménez Hernández como Coordinador Técnico del II Plan Integral de Infancia y Adolescencia en Andalucía.

Segundo. La designación no comporta retribuciones específicas, siendo éstas las correspondientes a su puesto de origen. El Coordinador Técnico del II Plan conservará la vinculación jurídica existente con su institución de procedencia.

Tercero. Las indemnizaciones que procedan a favor del mismo, por desplazamientos que hubiese de realizar por razón de servicio, se liquidarán por su institución de origen con arreglo a la normativa vigente.

Sevilla, 18 de diciembre de 2014.- La Secretaria General, Ana María Rey Merino.

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