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Por el Pleno del Ayuntamiento de Fiñana (Almería), de conformidad con el artículo 50 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero, se ha acordado ceder gratuitamente la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de la parcela, sita en C/ Isabel Navarro, 42 de dicha localidad, con destino a Centro de Estancias Diurnas.
Por la entonces Consejería de Salud y Bienestar Social, hoy Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, se considera de interés la aceptación de la referida cesión, con destino a Centro de Estancias Diurnas.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 28 de enero de 2014,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de la propiedad acordada por el Ayuntamiento de Fiñana (Almería), de una parcela de titularidad municipal, sita en la calle Isabel Navarro, 42, de dicha localidad, con destino a Centro de Estancias Diurnas.
Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Gergal, al tomo 1124, libro 150, folio 194, con el número de finca 10861, con la siguiente descripción:
Urbana: Solar sito en prolongación calle Isabel Navarro, en término de Fiñana. Tiene una extensión de mil seiscientos ochenta y siete metros cuadrados, y linda: Norte, Camino a la Almazara de los señores Iturriaga; Sur, finca matriz; Este, finca matriz; Oeste, calle de nueva apertura Isabel Navarro Torres.
Referencia catastral número 4549921WG1144N0001QQ.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad se formalizará en escritura pública o documento administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la cesión gratuita de la propiedad del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscribe a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales con destino a Centro de Estancias Diurnas.
Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, a 28 de enero de 2014
Susana Díaz Pacheco | |
Presidenta de la Junta de Andalucía | |
María Jesús Montero Cuadrado | |
Consejera de Hacienda y Administración Pública |