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La Comunidad Autónoma de Andalucía es titular del siguiente inmueble:
Terrenos provenientes de la desafectación parcial de la vía pecuaria «Cordel de la Ceja de la Tobaruela», en el término municipal de Linares (Jaén), con una longitud de 198,86 metros y una superficie de 4.811,26 m2, ocupados por instalaciones del centro de recepción y descontaminación de vehículos fuera de uso de la citada localidad, con referencia catastral 23055A020003160000KJ.
Los Señores don Francisco Mario, don Juan Antonio y don Julián Avi Jurado, comuneros de la comunidad de bienes denominada Comunidad de Bienes Avi Jurado, C.B. han mostrado su interés en la adquisición de los referidos terrenos al entender que los mismos, que ya vienen siendo ocupados parcialmente por instalaciones de su empresa, forman una unidad homogénea con otros terrenos de su propiedad en los que se enclavan, y en los que se ubican las instalaciones del centro de recepción y descontaminación de vehículos fuera de uso de Linares (Jaén) que la referida empresa gestiona, y que no podría mantener con actividad sin ellos.
El artículo 88 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que «la enajenación de los bienes inmuebles se hará mediante subasta salvo cuando el Consejo de Gobierno disponga otra cosa, si existen razones objetivas justificadas».
Las específicas características que se dan en el inmueble de referencia, que imposibilitan o dificultan promover la concurrencia de otras ofertas, justifican que la enajenación se lleve a cabo de forma directa, con exclusión de la subasta, previo acuerdo del Consejo de Gobierno, conforme a lo dispuesto en el artículo 186.1 y 2 del Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 28 de enero de 2014,
ACUERDO
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 88 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 186 del Reglamento para su aplicación, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, se dispone la enajenación directa de los terrenos descritos en el expositivo de este Acuerdo, anotados en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el número 1200023508 con carácter patrimonial, a los Señores don Francisco Mario, don Juan Antonio y don Julián Avi Jurado, comuneros de la comunidad de bienes denominada Comunidad de Bienes Avi Jurado, C.B.
Del presente Acuerdo se dará cuenta a la Comisión de Hacienda y Administración Pública del Parlamento.
Segundo. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Acuerdo.
Sevilla, 28 de enero de 2014
Susana Díaz Pacheco | |
Presidenta de la Junta de Andalucía | |
María Jesús Montero Cuadrado | |
Consejera de Hacienda y Administración Pública |