Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 12/02/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Mercantil

Edicto de 29 de octubre de 2013, del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz, dimanante de Procedimiento Verbal núm. 956/2012. (PP. 3144/2013).

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NIG: 1101242M20120000744.

Procedimiento: Juicio Verbal 956/2012. Negociado: M.

De: Compañía Española de Aislamientos, S.A.

Procuradora: Sra. Montserrat Cárdenas Pérez.

Contra: Tacs Proyectos y Construcciones, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal 956/2012 seguido en el Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz a instancia de Compañía Española de Aislamientos, S.A., contra Tacs Proyectos y Construcciones, S.L., sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Cádiz, a 6 de junio de 2013.

Vistos por la Ilma. Sra. doña M.ª del Castillo Mendaro Dorantes, Magistrado-Juez en Comisión del Servicio del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz los presentes autos de juicio verbal, seguidos en este Juzgado con el núm. 956/12 ,a instancias de la entidad Compañía Española de Aislamientos, S.A., representada por la Procuradora doña Montserrat Cárdenas Pérez, y asistida por el Letrado Sra. Pascual Zaporta, contra Tacs Proyectos y Construcciones, S.L., y contra don Miguel Ángel Sánchez del Pozo Grosso, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad y responsabilidad de administradores, en virtud de las facultades que me confiere la Constitución Española y en nombre del Rey, dictó la presente sentencia.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda presentada por la procuradora doña Montserrat Germán González Bezunartea en nombre y representación de Compañía Española de Aislamientos, S.A., contra Tacs Proyectos y Construcciones, S.L., y contra don Miguel Ángel Sánchez del Pozo Grosso, condenándole a que abone a dicha entidad la suma de 800,82 euros, más los intereses de demora devengados desde la interpelación judicial, conforme a lo establecido en la Ley 23/2004 sobre represión de la morosidad y al pago de las costas causadas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que es firme y que contra la misma no cabe recurso alguno.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Tacs Proyectos y Construcciones, S.L., y don Miguel Ángel Sánchez del Pozo Grosso extiendo y firmo la presente en Cádiz, a veintinueve de octubre de dos mil trece.- El/La Secretario.

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