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Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 310/2012. Negociado: AA.
Sobre: Incapacidad permanente.
NIG: 2906744S20120004730.
De: Don Salvador Sánchez Fernández.
Contra: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Mutua Ibermutuamur, Tesorería General de la Seguridad Social y Estructura y Construcciones Reina María, S.L.
EDICTO
Doña Patricia de la Fuente Bustillo, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 310/2012 a instancia de la parte actora don Salvador Sánchez Fernández contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Mutua Ibermutuamur, Tesorería General de la Seguridad Social y Estructura y Construcciones Reina María, S.L., sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado Resolución de fecha 9.10.13 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que desestimando la demanda interpuesta por don Salvador Sánchez Fernández, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua Ibermutuamur, y la entidad Estructuras y Construcciones Reina, S.L., por prestaciones sobre Incapacidad Permanente Parcial, debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos efectuados en su contra.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía/Málaga, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilma. Magistrado-Juez que la dicta en su fecha, estando celebrando Audiencia ante mí, la Secretaria, de lo que doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado Estructura y Construcciones Reina María, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a veinticuatro de enero de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
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