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NIG: 4109144S20110012517.
Procedimiento: Social Ordinario 1051/2011. Negociado: 41.
De: Fremap.
Contra: Don Diego Mateos Rodríguez, DMR e Hijos Electricidad, S.L., y INSS y TGSS.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1051/2011, a instancia de la parte actora Fremap contra Diego Mateos Rodríguez, DMR e Hijos Electricidad, S.L., INSS y TGSS, sobre Social Ordinario, se ha dictado resolución de fecha 9.1.2014, del tenor literal siguiente:
Que estimando la demanda formulada por Fremap contra Diego Mateos Rodríguez, DMR e Hijos Electricidad, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, debo condenar y condeno a Diego Mateos Rodríguez, a que abone a la parte actora la suma de 544,77 euros, indebidamente percibidos en concepto de prestaciones económicas de incapacidad temporal desde el día 17.12.2010 hasta el día 3.1.2011, absolviendo libremente de los pedimentos a las demandadas a DMR e Hijos Electricidad, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación, declarando la firmeza de la sentencia.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Diego Mateos Rodríguez y DMR e Hijos Electricidad, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a trece de febrero de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
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