Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 12/03/2014

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Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Anuncio de 18 de febrero de 2014, de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Málaga, de desaparición del sello de pie de firma que se cita.

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Con fecha 7 de febrero de 2014, se comunica a la Secretaria General Provincial de la Delegación Territorial de Educación Cultura y Deporte en Málaga la desaparición del sello de pie de firma identificado como sello pie de firma Delegación Territorial Consejería Educación Málaga núm. 62, por parte del funcionario encargado de la custodia del mismo.

El artículo 7.2 de la Orden de 1 de diciembre de 1995, de la Consejería de Gobernación (BOJA núm. 165, de 23 de diciembre), que normaliza las características que han de reunir los sellos oficiales empleados en la actuación administrativa de la Junta, establece que «El control de los sellos corresponderán, en los Servicios Centrales de las Consejerías a las Secretarías Generales Técnicas en los Servicios Centrales de los Organismos Autónomos a las Secretarías Generales, en las Delegaciones Provinciales y Gerencias Provinciales a las Secretarias Generales».

El artículo 41 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, indica que: «Los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de las Administraciones Públicas que tuviesen a su cargo la resolución o el despacho de los asuntos serán responsables directos de su tramitación y adoptarán las medidas oportunas para remover los obstáculos que impidan, dificulten, retrasen el ejercicio pleno de los derechos de los interesados o el respeto a sus intereses legítimos, disponiendo lo necesario para evitar y eliminar toda anormalidad en la tramitación de procedimientos».

La pérdida de un sello oficial, con la consecuente posibilidad de que sea utilizado por una persona que no ostente la calidad de empleado público, puede provocar graves perjuicios a los ciudadanos, al permitir una apariencia de documento oficial a uno que no lo sea, con el consiguiente daño para la seguridad jurídica y el interés general. Por tanto, se ha hecho necesario dejar, desde la fecha 7 de febrero de 2014, sin validez ni efecto el sello indicado.

En base a lo expuesto. Esta Delegación Territorial

RESUELVE

Anular el sello de pie de firma de esta Delegación Territorial (número 62), dejando sin efecto cuantos documentos aparezcan con dicho sello a partir del día 7 de febrero de 2014. A tal efecto, no se admitirá en ningún caso la presentación de documentos con el sello extraviado.

Málaga, 18 de febrero de 2014.- La Delegada, Patricia Alba Luque.

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