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Con fecha 21 de marzo de 2014 la Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento aprobó en sesión ordinaria las Bases Específicas y convocatoria para la selección y provisión de una plaza de un Técnico Medio de Intervención, con carácter de Interino, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Técnica de este Excmo. Ayuntamiento correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2013.
El plazo de presentación de instancias a las pruebas selectivas será de veinte días hábiles y comenzará a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA PROVEER EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD UNA PLAZA DE TÉCNICO MEDIO DE INTERVENCIÓN, ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE VACANTE EN LA PLANTILLA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MEDINA SIDONIA
1.º Normas generales.
1.1. El objeto de las presentes bases es la regulación de los procedimientos de selección para la provisión en régimen de interinidad de la plaza vacante de Técnico Medio de Intervención y que se encuentra incluida en la Oferta de Empleo de la Corporación para el año 2013.
1.2. Su clasificación, procedimiento de selección, titulación exigida, cuantía de los derechos de examen y categoría del Tribunal, serán las que se indican en el Anexo I.
2.º Convocatoria.
La Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Medina Sidonia, una vez publicada la Oferta Pública de Empleo en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 104, de fecha 4 de junio de 2013, y dentro del plazo legalmente establecido procede a convocar las presentes pruebas selectivas.
3.º Publicación.
Las presentes Bases Específicas de las pruebas selectivas, así como la correspondiente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
En el BOE se publicará el anuncio de la convocatoria y deberá contener: denominación de la Escala, Subescala y Clase para cuyo ingreso se convocan las pruebas selectivas, Corporación que convoca, clase y número de plazas, fecha y número del BOP y del BOJA donde se han publicado las Bases y la convocatoria.
4.º Aspirantes: Requisitos.
Para la admisión a la realización de las pruebas, los aspirantes deberán reunir en el día de finalización del plazo de presentación de instancias los siguientes requisitos:
a) Requisitos de nacionalidad para la admisión a pruebas de personal funcionario en régimen de interinidad:
- Ser de nacionalidad española, nacional de un estado miembro de la Unión Europea o poseer la nacionalidad de cualquier otro estado a que venga obligado el Reino de España por acuerdos internacionales.
- Ser cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. También serán admitidos los descendientes de los nacionales de los estados antes indicados o de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplida la edad de 16 años.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. En el supuesto de discapacidad deberá acreditarse la compatibilidad de ésta con el desempeño de las tareas de la plaza a la que se pretende acceder.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) No hallarse en ninguno de los supuestos de incapacidad, establecidos en la legislación vigente.
f) Estar en posesión del título correspondiente o en condiciones de obtenerlo, según el Anexo I.
g) En el supuesto de tratarse de personas extranjeras deberán superar una prueba previa, ante el Tribunal nombrado para valorar la convocatoria a la que se presenten, donde demuestren conocimiento suficiente del idioma español. Esta prueba será calificada de apto o no apto. Quienes, de entre estas personas, hubiesen realizado los estudios oficiales en España o procedan de países cuyo idioma oficial sea el castellano podrán ser eximidas de este requisito por el Tribunal.
5.º Solicitudes.
5.1. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, adjuntando fotocopia compulsada del DNI y la declaración jurada concerniente a que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.
5.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.3. A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden a 39,20 euros, cantidad que podrá ser abonada en la Tesorería Municipal en metálico, mediante giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, debiendo consignar en estos giros el nombre del aspirante, DNI y texto «tasa de examen» aún cuando sea impuesto por persona distinta a participar o por ingreso en la cuenta corriente con número ES48-2100-4015-3222-0000-7170 de la entidad colaboradora Caixabank.
5.4. Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el art. 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ya citada.
6.º Admisión.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, por la Presidencia se dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de las personas admitidas y excluidas.
En esta resolución, que deberá publicarse en el BOP, en el caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de 10 días hábiles para subsanación de defectos. La publicación de la resolución de la Presidencia en el BOP será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
Posteriormente, una vez trascurrido el plazo de subsanación de defectos, se elevará a definitiva la lista anteriormente mencionada con las correcciones que hayan sido pertinentes y con expresión del lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, y en su caso, el orden de actuación. De éste último extremo y de subsiguientes acuerdos de los tribunales, se pasará a dar cuenta en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en su página web.
7.º Tribunales.
Los Tribunales calificadores de los ejercicios y méritos alegados, estarán compuestos como mínimo por las siguientes personas: Una, que ostentará la Presidencia, tres que tendrán la condición de vocales y una más que tendrá la condición de Secretario. Todos ellos ajustarán sus actuaciones a los principios de imparcialidad, especialidad y profesionalidad.
La Secretaría corresponderá a quien ostente la Secretaría General de la Corporación o persona en quien delegue, actuando con voz pero sin voto.
A todas aquellas personas que integren los Tribunales se les asignará, al menos, una suplente para los casos en que sea necesaria su sustitución.
En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal que impida la asistencia de quien ostente la Presidencia, ocupará su puesto quien le sustituya y, en defecto de esto último, quien sea elegido por los vocales entre ellos mismos.
Quienes actúen como vocales en los Tribunales poseerán igual o superior nivel académico al requerido para el desempeño de la plaza que se seleccione. Los Tribunales podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas, quienes actuarán con voz pero sin voto.
La composición del Tribunal, con indicación de los nombres de titulares y suplentes, se publicará junto a la lista de aspirantes admitidos en el BOP, así como también en el tablón de anuncios de la Corporación y en su página web.
Cuando se den las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, quienes sean integrantes de un Tribunal deberán abstenerse de intervenir y podrán ser objeto de recusación por quienes concurran a la convocatoria como aspirantes.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse a las Bases de la convocatoria. No obstante, el Tribunal resolverá las dudas que surjan de la aplicación de las normas, así como lo que proceda, en los supuestos no previstos en las mismas.
La Presidencia del Tribunal goza de amplias facultades para determinar la forma de integrar la voluntad de los miembros del mismo en vistas a la concesión de la calificación de cada prueba.
Son formas de calificación, entre otras, las expresadas por unanimidad o por mayoría de los miembros del Tribunal, así como las alcanzadas por media aritmética de las calificaciones que cada uno de ellos conceda, ya sean manifestadas a la voz o por escrito.
En todo caso corresponderá a la Presidencia del Tribunal dirimir los empates con su voto de calidad.
La categoría de los Tribunales, a efectos del abono de asistencia a sus miembros, se determinará de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la composición de los Tribunales derivados de esta Oferta de Empleo Público responderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.
8.º Desarrollo de las pruebas.
8.1. El día, hora y lugar del comienzo de los ejercicios de la oposición se publicarán en el tablón de anuncios y en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Medina Sidonia. Cada convocatoria de ejercicio se publicará con un plazo mínimo de cinco días hábiles de antelación, siendo éste también el lapso que como mínimo habrá de respetarse entre uno y otro.
8.2. La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético conforme a la letra «C» que adoptó la Resolución de fecha 5 de febrero de 2014 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «C», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «D», y así sucesivamente.
8.4. Fase de oposición:
8.4.1. Los ejercicios son:
Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas (uno por cada bloque) a elegir entre dos extraídos al azar de cada uno de los Bloques, durante el tiempo indicado por el Tribunal que, en todo caso, no podrá ser superior a dos horas.
Los temas serán extraídos al azar de entre los dos bloques existentes (comunes y específicos). La determinación de los temas se realizará inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, y siempre de entre los que figuran en el Anexo I.
Posteriormente, en el día que se designe al efecto, se procederá a su lectura pública ante el Tribunal, si éste lo estima pertinente. El Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre los temas expuestos y solicitarle cualesquiera otras explicaciones complementarias.
Este primer ejercicio será valorado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no obtengan un máximo de 5 puntos, debiendo superar cada uno de los temas.
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico relacionado con las materias indicadas en el apartado C) del Anexo I que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo. En su caso y si el Tribunal lo estima pertinente, se leerá ante él públicamente.
El tiempo para la realización de la prueba será de un máximo de tres horas.
Para la realización de este ejercicio se podrán consultar textos legales no comentados, así como utilizar máquinas de calcular básicas, válidas para realizar operaciones elementales no financieras.
Este ejercicio será corregido directamente por el Tribunal Calificador, y en el mismo se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas planteados.
Este ejercicio será valorado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no obtengan un máximo de 5 puntos, debiendo superar cada uno de los temas.
8.4.2. En aquellos ejercicios en que sea obligatorio responder a un número determinado de temas, el Tribunal requerirá la extracción de dicho número más uno por cada uno de los grupos de materias (comunes o específicas) de que se componga el temario propuesto. Entre los temas así elegidos se optará libremente por los que deseen responder, ciñéndose obligatoriamente al número exigido.
8.4.3. Cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, será eliminatorio, siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de cinco puntos para acceder al siguiente. La puntuación máxima será de diez puntos.
8.4.4. Puntuación definitiva.
La puntuación definitiva será la suma de las obtenidas en cada uno de los ejercicios, siendo dichos ejercicios, como se ha manifestado en el párrafo anterior eliminatorios para quienes no alcancen el mínimo de cinco puntos en cada ejercicio.
En caso de empate en la puntuación final, se acudirá a la nota obtenida en el último ejercicio. De persistir el empate, se dirimirá éste mediante votación entre los integrantes del Tribunal, no pudiendo excusarse de emitir su voto ninguno de sus miembros y quedando el detalle de la votación consignado en el acta correspondiente.
9.º Propuesta de nombramiento.
Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación y en su página web, la relación de aspirantes que resulten aprobados por orden de puntuación.
10.º Cumplimiento de los requisitos.
Los aspirantes propuestos, aportarán ante la Corporación dentro de los quince días hábiles inmediatos posteriores a la fecha en que se haga público el resultado final de las pruebas, los siguientes documentos:
- Documento Nacional de Identidad y Partida de Nacimiento o documentación nacional equivalente en el supuesto de extranjeros.
- Certificado Médico expedido por el Servicio Médico que convenga la Corporación.
- El Título o resguardo de haberlo abonado, exigido en la convocatoria, con fecha anterior a la de finalización del plazo de presentación de instancias.
- Declaración de cumplir los requisitos del número 4.º, apartados c) d) y e).
Si el aspirante propuesto, dentro del plazo indicado y salvo caso de fuerza mayor, no presentara la documentación correcta, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido por falsedad en la instancia.
Presentada la documentación, el Presidente de la Corporación, nombrará al candidato seleccionado, que tomará posesión, según la naturaleza de la plaza convocada, en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente en que le sea notificado el nombramiento.
11.º Alegaciones.
Se podrán presentar alegaciones, por plazo de tres días hábiles, a las calificaciones del Tribunal de las diferentes pruebas que integran el proceso selectivo.
El momento, a partir del cual se inicia el plazo indicado en el párrafo anterior, será el día siguiente a la publicación de las calificaciones de cada ejercicio en el tablón de anuncios y página web del Excmo. Ayuntamiento de Medina Sidonia.
12.º Impugnaciones.
Las presentes bases con sus anexos, así como cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de los Tribunales de las diferentes pruebas, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determine la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Contra las resoluciones y actos de los Tribunales y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente de la Corporación.
ANEXO I
ANEXO A LAS BASES DE SELECCIÓN POR TURNO LIBRE Y OPOSICIÓN DE UNA PLAZA DE TÉCNICO DE MEDIO DE INTERVENCIÓN, EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD, PERTENECIENTE A LA OEP DE 2013 DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MEDINA SIDONIA
Régimen: Interino.
Numero de plazas convocadas: 1.
Nivel de retribución: A2.
- Escala: Administración Especial.
- Subescala: Técnica.
- Clase: Medio.
Denominación: Técnico Medio de Intervención.
Titulación exigida: Diplomatura (en su caso) o Grado en Derecho, Administración y Dirección de Empresas, Administración Pública, Ciencias Económicas y Empresariales.
(En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación).
Sistema de selección: Oposición libre.
Cuantía de derechos de examen: 39,20 €.
Categoría Tribunal: 1.ª
TEMARIO DE TÉCNICO MEDIO DE INTERVENCIÓN
A) MATERIAS COMUNES
1. La Constitución Española de 1978. Características y estructura. Principios generales. La reforma de la Constitución.
2. Derechos fundamentales y libertades públicas: enumeración, garantías y suspensión. Otros derechos y deberes de los ciudadanos.
3. El Tribunal Constitucional: organización y atribuciones. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. El recurso de amparo. Conflictos constitucionales.
4. La Monarquía: teoría general. La Corona en la Constitución Española. Sucesión y regencia. El refrendo.
5. Las Cortes Generales: composición y funciones.
6. El Gobierno: composición y funciones. Relaciones entre el Gobierno y el Poder Legislativo.
7. El Poder Judicial. Principios informadores y organización judicial. El Consejo General del Poder Judicial: organización y competencias.
8. La Administración General del Estado. Administración Central y Periférica.
9. La Administración Institucional. Organismos autónomos y entidades públicas empresariales. La Administración Corporativa. La Administración Consultiva: el Consejo de Estado y los órganos consultivos de las Comunidades Autónomas. Las Administraciones Independientes.
10. Unión Europea: origen y evolución. Instituciones comunitarias, organización y competencias. Ordenamiento comunitario. La Carta Europea de Autonomía Local.
11. Las Comunidades Autónomas: naturaleza y tipología. Principios informantes del Estado Autonómico. Los Estatutos de Autonomía: significado y naturaleza jurídica. Organización institucional de las Comunidades Autónomas.
12. Administración Local: El Municipio y la Provincia. Principios constitucionales. Regulación jurídica. La autonomía local. Organización y competencias.
13. Organización municipal. Los municipios de régimen común. Órganos necesarios. Órganos complementarios. Los municipios de gran población: especialidades de su régimen orgánico-funcional. Los grupos políticos. La participación vecinal en la gestión municipal. El concejo abierto. Otros Regímenes especiales.
14. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Competencias de la Comunidad Autónoma Andaluza. Especial referencia a las competencias en materia de régimen local.
15. Organización institucional de la Comunidad Autónoma Andaluza. El Parlamento. El Presidente de la Junta. El Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.
16. Fuentes del derecho administrativo: concepto y clases. Jerarquía normativa. La Constitución como norma jurídica. La Ley: clases de leyes. Aspectos básicos del procedimiento de elaboración y aprobación de las leyes. Los Decretos-Leyes. La delegación legislativa.
17. El Reglamento. Titulares de la potestad reglamentaria. Límites de la potestad reglamentaria. Inderogabilidad singular de los reglamentos. La costumbre. La práctica administrativa. Los principios generales del derecho.
18. El Acto Administrativo: concepto y clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo. Clases. Requisitos: motivación y forma. Eficacia de los actos administrativos. Notificación y publicación.
19. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos. La acción de nulidad, procedimiento, límites. La declaración de lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho
20. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos. El administrado. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos. La acción popular. Los actos jurídicos de los administrados.
21. La posición jurídica de la Administración Pública. Potestades administrativas: clasificación, en especial potestad discrecionales y regladas.
22. El Procedimiento Administrativo: Fases del procedimiento Administrativo General. El silencio administrativo. Notificaciones y Comunicaciones.
23. Recursos administrativos: principios generales. Clases de recursos. Reclamaciones administrativas previas a las vías civil y laboral.
24. La Jurisdicción contencioso-administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción y sus competencias. Las partes: legitimación. El objeto del recurso contencioso administrativo
25. Los bienes de las entidades locales: concepto y clasificación. Adquisición, conservación y tutela. Disfrute y aprovechamiento. Enajenación. Referencia a la normativa autonómica.
26. El Servicio Público Local: Concepto. Los modos de gestión de los servicios públicos locales. La iniciativa pública económica de las Entidades locales y la reserva de servicios. La forma de gestión directa.
27. Gestión indirecta: la concesión de servicios públicos. Concepto y naturaleza. Elementos. Potestades de la Administración Pública. Derechos y obligaciones del concesionario. Relaciones del concesionario con los usuarios. Extinción. Otras formas de gestión indirecta. El consorcio.
28. La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública: Régimen vigente. Requisitos para que proceda la indemnización. Responsabilidad de las autoridades y funcionarios. Requisitos. Plazos de reclamación y procedimiento.
29. Personal al servicio de las Entidades Locales: clases y régimen jurídico. El Estatuto Básico del Empleado Público. La función pública local: organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral. Sistema de retribuciones.
30. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Derechos individuales. El régimen de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos colectivos. Régimen disciplinario. Régimen de responsabilidad civil, penal y patrimonial. Delitos cometidos por funcionarios públicos.
31. Los contratos administrativos en el ámbito local: Concepto y clases. Las partes en los contratos del sector público. El órgano de contratación. El empresario. Preparación de los contratos.
32. Selección del contratista: procedimientos, formas y criterios de adjudicación. Perfeccionamiento y formalización.
33. Ejecución y modificación de contratos administrativos. Prerrogativas de la Administración. Revisión de precios. Extinción. Cesión y subcontratación.
34. Los contratos administrativos en el ámbito local: Tipos de contratos.
35. La legislación mercantil. La empresa mercantil. El patrimonio de la empresa y su protección jurídica. El comerciante individual. Concepto, capacidad, incapacidad y prohibiciones.
36. Las sociedades mercantiles en general: Concepto y clases. Requisitos de constitución. Principales notas de sus regimenes jurídicos. Órganos.
37. Disolución de sociedades mercantiles. Liquidación y división. Transformación, fusión y escisión de sociedades. La Ley concursal.
38. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres: conceptos básicos; socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género. Violencia contra las mujeres: descripción, planes de erradicación y atención coordinada a las víctimas.
B) MATERIAS ESPECÍFICAS:
1. El Derecho Financiero: Concepto y contenido. La Hacienda Local en la Constitución. El régimen jurídico de las Haciendas locales: criterios inspiradores del sistema de recursos y principios presupuestarios.
2. Los recursos de las Haciendas Locales en el marco del TRLRHL: de los municipios, de las provincias y de otras entidades locales. Regímenes especiales.
3. La relación jurídica tributaria: concepto y elementos. Hecho imponible. Devengo. Exenciones. Sujeto activo. Sujetos pasivos. Responsables. La solidaridad: extensión y efectos. El domicilio fiscal. La representación. La transmisión de la deuda. Las bases imponible y liquidable. El tipo de gravamen. La cuota y la deuda tributarias.
4. Potestad reglamentaria de las entidades locales. La imposición y ordenación de tributos. Las Ordenanzas Fiscales. Contenido de las ordenanzas fiscales.
5. Elaboración, publicación y publicidad de las ordenanzas fiscales. Interesados a los efectos de reclamar contra acuerdos provisionales. Recursos posibles.
6. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y bonificaciones. Base imponible. Base liquidable. Cuota, devengo y periodo impositivo. Gestión catastral. Gestión tributaria. Inspección catastral.
7. El Impuesto sobre actividades económicas. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Cuota: Las tarifas. Devengo y periodo impositivo. Gestión censal y gestión tributaria. El recargo provincial.
8. El Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Naturaleza y hecho imponible. Sujetos pasivos. Base imponible, cuota y devengo. Gestión tributaria del impuesto. Bonificaciones potestativas.
9. El Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.
10. Tasas y precios públicos. Principales diferencias. Las contribuciones especiales: anticipo y aplazamiento de cuotas y colaboración ciudadana.
11. La participación de municipios y provincias en los tributos del Estado y de las Comunidades Autónomas. Determinación de importes. Criterios de distribución y reglas de evolución. Regímenes especiales. La cooperación económica del Estado y de las Comunidades Autónomas a las inversiones de las Entidades Locales. Los Fondos de la Unión Europea para Entidades Locales.
12. La gestión tributaria: Delimitación y ámbito. El procedimiento de gestión tributaria. La liquidación de los tributos. La declaración tributaria. Los actos de liquidación: Clases y régimen jurídico. La consulta tributaria. La prueba en los procedimientos de gestión tributaria. La gestión tributaria en las Entidades locales.
13. La extinción de la obligación tributaria. El pago: Requisitos, medios de pago y efectos del pago. La imputación de pagos. Consecuencias de la falta de pago y consignación. Otras formas de extinción: La prescripción, la compensación, la condonación y la insolvencia.
14. El procedimiento de recaudación en periodo voluntario. Actuaciones y procediemientos. Órganos de recaudación. Extinción de las deudas. Obligados al pago. Garantías de la deuda tributaria. Aplazamiento y fraccionamiento del pago.
15. El procedimiento de recaudación en periodo ejecutivo. Desarrollo del procedimiento de apremio: Iniciación, embargo de bienes y derechos, enajenación y aplicación e imputación de la suma obtenida. Terminación del procedimiento. Impugnación del procedimiento. Tercerías. Procedimiento frente a responsables y sucesores.
16. Las infracciones tributarias: Concepto y clases. Las sanciones tributarias: Clases y criterios de graduación. Procedimiento sancionador. Extinción de la responsabilidad por infracciones. Actas de inspección. La inspección de los recursos no tributarios.
17. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria. Procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas. Especialidades de la revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria dictados por las Entidades locales.
18. El Presupuesto General de las Entidades Locales: Concepto y contenido. Bases de ejecución, anexos e informes. La elaboración y aprobación del Presupuesto General. La prórroga presupuestaria. Presupuesto consolidado.
19. La estructura presupuestaria. Los créditos del presupuesto de gastos: Delimitación, situación y niveles de vinculación jurídica. Las modificaciones de crédito: Clases, concepto, financiación y tramitación.
20. La ejecución del presupuesto de gastos: Sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos. Los proyectos de gasto. Los gastos con financiación afectada: Especial referencia a las desviaciones de financiación.
21. Ejecución del presupuesto de ingresos: apertura. Modificación de previsiones iniciales. Extinción de derechos de cobro. Devolución de ingresos indebidos. Aplazamientos y fraccionamientos.
22. Cierre y liquidación del presupuesto. Tramitación. Los remanentes de crédito. El resultado presupuestario: Concepto, cálculo y ajustes. El remanente de tesorería: Concepto y cálculo. Análisis del remanente de tesorería para gastos con financiación afectada y del remanente de tesorería para gastos generales. Remisión a otras Administraciones públicas.
23. Estabilidad presupuestaria. Repercusiones de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera en el ámbito local. Regla de gasto. Informes preceptivos.
24. Subvenciones en las Administraciones Públicas. Procedimientos de concesión y gestión de subvenciones. Reintegro de subvenciones. Control financiero. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones.
25. La tesorería de las Entidades Locales. Régimen jurídico. El principio de unidad de caja. Funciones de la tesorería. Organización. Situación de los fondos: La caja y las cuentas bancarias. La realización de pagos: Prelación, procedimientos y medios de pago. El estado de conciliación.
26. La planificación financiera. El plan de tesorería y el plan de disposición fondos. La rentabilización de excedentes de tesorería. Las operaciones de tesorería. El riesgo de tipos de interés en las operaciones financieras.
27. El crédito local. Clases de operaciones de crédito. Naturaleza jurídica de los contratos: Tramitación. Las operaciones de crédito a largo plazo y a corto plazo. Finalidad y duración. Competencia. Límites y requisitos para la concertación de operaciones de crédito. Operaciones de arrendamiento financiero. La concesión de avales por las Entidades Locales. Central de información de riesgos.
28. El sistema de contabilidad de la Administración Local. Principios generales. Competencias. Fines de la contabilidad. La Instrucción de Contabilidad para la Administración Local: Estructura y contenido. Particularidades del tratamiento especial simplificado. Documentos contables. Libros de contabilidad.
29. Ejercicio contable. Función contable de la Intervención. Fines de la contabilidad pública local. Soporte de las anotaciones contables. Información periódica para el Pleno de la corporación.
30. La Cuenta General de las Entidades Locales. Los estados y cuentas anuales y anexos de la Entidad Local y sus Organismos Autónomos: Contenido y justificación. Las cuentas de las sociedades mercantiles. Tramitación de la Cuenta General. Otra información a suministrar al Pleno, a los órganos de gestión y a otras Administraciones Públicas.
31. El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus entes dependientes. La función interventora: Ámbito subjetivo, ámbito objetivo y modalidades. Los reparos.
32. Los controles financieros, de eficacia y de eficiencia: Ámbito subjetivo, ámbito objetivo, procedimientos e informes. La auditoría como forma de ejercicio del control financiero. Las Normas de Auditoría del sector público.
33. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público local. La fiscalización de las entidades locales por el Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas. Las relaciones del Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas.
34. Planes de saneamiento financiero de Entidades Locales; Planificación Financiera, Planes Económicos-Financieros y de Saneamiento. Etapas de una Plan de Saneamiento Financiero.
B) MATERIAS ESPECÍFICAS EJERCICIO PRÁCTICO:
Contabilidad:
Contabilidad financiera superior y de sociedades.
Contabilidad analítica de explotación.
Contabilidad pública local.
Matemáticas Financieras:
Capitalización y descuento, simples y compuestos.
Rentas constantes, variables y fraccionadas.
Préstamos y empréstitos.
ANEXO II
MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA
«SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS (OEP 2013)
DATOS DE LA CONVOCATORIA:
Plaza a que aspira: |
Fecha convocatoria: Sistema de acceso: |
DATOS DEL ASPIRANTE:
Primer apellido: Segundo apellido: |
Nombre: D.N.I.: Fecha de nacimiento: |
Domicilio (Calle, Plaza, número, piso): |
Municipio: C.P.: Provincia: Teléfono contacto (fijo/móvil): / |
Dirección de correo electrónico: |
Titulación del aspirante: |
DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ADJUNTARSE A LA INSTANCIA:
1. Fotocopia compulsada del DNI.
2. Resguardo del abono de los derechos de examen.
El abajo firmante solicita ser admitido en las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y especialmente las señaladas en el apartado 4.º de las bases de la presente convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente cuantos datos se hacen constar.
En ………………………, a …………de ………………… de 2.014.
Firmado.»
Lo que se hace público para general conocimiento.
Medina Sidonia, 24 de marzo de 2014.- El Alcalde-Presidente, Manuel Fernando Macías Herrera.
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