Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00039997.
Procedimiento: Social Ordinario 532/2011. Negociado: 4i.
NIG: 4109144S20110006384.
De: Don Antonio Andana Díaz.
Contra: Don Romero Mier Teran Juan Antonio.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 532/2011, a instancia de la parte actora don Antonio Andana Díaz contra Romero Mier Teran Juan Antonio, sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución de fecha 6.5.2013 del tenor literal siguiente:
Que, estimando la demanda formulada por Antonio Andana Díaz contra Juan Antonio Romero Mier Teran, debo condenar y condeno a la demandada a que abone al demandante la suma de 6.542,521 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, debiendo ser anunciado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado, Romero Mier Teran Juan Antonio, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veinte de diciembre de dos mil trece.- El/la Secretario/a Judicial.
Descargar PDF