Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 27/05/2015

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 20 de mayo de 2015, de la Universidad de Jaén, por la que se convocan pruebas selectivas para ingresar en la Escala de Gestión de esta Universidad.

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Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como los artículos 51 y 132 de los Estatutos de Universidad de Jaén, con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, acuerda convocar, conforme al artículo 75.2 de la mencionada Ley Orgánica, pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir seis plazas de la Escala de Gestión de la Universidad de Jaén, mediante el sistema de promoción interna.

1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará, en lo que le sea de aplicación, a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en las normas de esta Resolución.

1.3. El procedimiento de selección de aspirantes será el de concurso-oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Las personas que aspiren a estas plazas deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se entenderá aplicable a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos los 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o titulación equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por alguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.

f) Pertenecer al Cuerpo o Escala Administrativa, prestar servicios en la Universidad de Jaén con carácter definitivo en la situación de servicio activo o con reserva de plaza y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala.

2.2. Todos los requisitos enumerados en el apartado anterior deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en posesión de los mismos hasta la toma de posesión como funcionario/a de la Escala a que se aspira.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en el modelo de instancia que será facilitado gratuitamente en el Servicio de Información y Asuntos Generales de la Universidad de Jaén, o en los modelos normalizados para ingresar en la Administración Pública, que se facilitan en las Subdelegaciones de Gobierno y en las respectivas Delegaciones del Gobierno de las Comunidades Autónomas.

A la instancia se acompañarán una fotocopia del documento nacional de identidad y el resguardo de haber abonado los derechos de examen a que se refiere la base 3.4.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Señor Rector Magnífico de la Universidad de Jaén, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

3.3. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad o en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.4. Los derechos de examen, por el importe de 25 euros, se ingresarán por los solicitantes en la Caja Rural de Jaén, cuenta número 3067.0109.33.1150653028, a nombre de la Universidad de Jaén, indicando en el ingreso: «Oposiciones Escala de Gestión».

3.5. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión de los aspirantes. En ningún caso, la presentación y pago en la Caja Rural supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.7. Los aspirantes con minusvalías podrán indicarlo en la solicitud utilizando el recuadro 5 de la misma, expresando en el 7 las posibles adaptaciones de tiempo y medios necesarios para la realización de los ejercicios.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Jaén dictará Resolución en el plazo máximo de un mes que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en la que, además de declarar aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de las personas aspirantes excluidas con mención expresa en todo caso, de los apellidos, nombre, número de documento nacional de identidad y motivo que la produce.

4.2. La Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo de diez días para la subsanación de errores, transcurrido el cual quedará elevada a definitiva, publicándose en el tablón de anuncios del Rectorado. Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Rectorado (edificio B-1) del Campus Las Lagunillas.

5. Tribunal calificador.

5.1. Debido a la urgente necesidad de la publicación de la convocatoria para la provisión de las vacantes, resulta conveniente hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante resolución del Rector al mismo tiempo que se exponga la lista de excluidos a que se refiere la base 4.1.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3. Previa convocatoria del/de la Presidente/a se constituirá el Tribunal con la asistencia del/de la Presidente/a y Secretario/a y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará la sesión de constitución en el plazo máximo de 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en cualquier caso, al menos diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que estime oportunas en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.4. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

5.5. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará, en todo momento, a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus respectivas especialidades técnicas.

La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Jaén.

5.7. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las personas aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones a las de los demás opositores/as para la realización de los ejercicios.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso colaboración de los servicios técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos de la Consejería competente en Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía.

5.8. El/la Presidente/a del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985 (BOE de 22 de febrero), o cualesquiera otros equivalentes. El Tribunal excluirá a aquellos/as candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas y signos que permitan conocer la identidad del/de la opositor/a.

5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Jaén (Paraje Las Lagunillas, s/n, edificio B-1, teléfono 953 212 277.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo (BOJA núm. 31, de 21 de abril).

5.11. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo anterior, será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/las opositores/as para que acrediten su identidad.

6.2. El orden de actuación de los/las opositores/as se determinará mediante sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con al menos doce horas de antelación a su comienzo si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si el ejercicio es nuevo.

6.5. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno/a de las personas aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará al Rector de la Universidad, el cual deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a los efectos procedentes.

Contra la exclusión de las personas aspirantes podrá interponerse recurso de alzada, ante la misma autoridad indicada en el párrafo anterior.

7. Listas de aprobados/as, presentación de documentación y nombramiento de funcionarios/as de carrera.

7.1. Al finalizar cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares de examen, y en el Rectorado de la Universidad, las listas con las puntuaciones correspondientes.

7.2. La puntuación final se obtendrá de la forma establecida en el anexo I de esta convocatoria. Finalizados los ejercicios, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados/as, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la oposición y la suma total.

La lista de aprobados/as no podrá superar el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984.

7.3. La relación de aprobados/as será elevada al Rector de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios/as de carrera.

7.4. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación en el Rectorado de la Universidad de la relación de aprobados/as a que se refiere la base anterior, las personas aspirantes que figuren en las mismas deberá presentar en el Servicio de Personal y Organización Docente, los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la base 2. De esta convocatoria y cumplimentarán la declaración que se incluye como Anexo III de la misma.

7.5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la citada base 2, no podrán ser nombrados funcionarios/as de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.6. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios/as de carrera mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de fotocopia del documento nacional de identidad de las personas aspirantes aprobadas y un ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentadas en la Universidad con el apartado «Reservado para la Administración», debidamente cumplimentado.

8. Disposición final.

8.1. La convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, así como de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

8.2. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 20 de mayo de 2015. El Rector, Juan Gómez Ortega.

ANEXO I

EJERCICIOS Y VALORACIÓN

I.1. El procedimiento de selección constará de las siguientes fases: concurso y oposición.

I.1.1. En la fase de concurso:

Se valorará hasta un cuarenta por ciento de la puntuación de la fase de oposición, con la siguiente distribución:

a) Antigüedad: Se valorarán los años completos, o fracción superior a seis meses. Reconociéndose los servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

La valoración máxima será de 10 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de publicación de la convocatoria, concediéndose a cada año una puntuación de 0,40 puntos hasta el límite máximo.

b) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con destino definitivo el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Nivel 15: Cuatro puntos, y por cada unidad de nivel que le exceda, se sumará 0,5, hasta un máximo de 10 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de la misma.

I.1.2. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo éstos eliminatorios:

a) Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas, con cuatro repuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido íntegro del programa que se relaciona en el anexo II, con un máximo de 100 preguntas y un mínimo de 60.

El Tribunal queda facultado para la determinación de nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.

Las contestaciones erróneas se penalizarán de acuerdo con la aplicación de la siguiente fórmula:

E

A

d-1

N = x 10

n

N= nota resultante

A= número de aciertos

E= número de errores

d= número de opciones para cada pregunta

n= número de preguntas

Se calificará de 0 a 10 puntos siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será acordado por el Tribunal.

b) Segundo ejercicio: Consistirá en resolver por escrito dos supuestos prácticos, de entre tres ofertados, relacionados con la parte específica del programa que figura en el Anexo II. Será calificado entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 3 horas.

I.1.3. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio.

ANEXO II

PROGRAMA

A. PARTE COMÚN

Tema 1. Proceso de diseño y elaboración del II Plan Estratégico de la Universidad de Jaén. Misión, visión y valores de la Universidad de Jaén. Análisis DAFO. Definición de objetivos estratégicos. Despliegue de los objetivos estratégicos. Plan estratégico sintético: áreas, objetivos estratégicos y líneas de actuación. Evaluación, seguimiento y actualización del II Plan Estratégico de la Universidad de Jaén.

Tema 2. La Unión Europea y la educación superior. La Convergencia Europea: El Espacio Europeo de Educación Superior. Antecedentes y experiencias.

Tema 3. Norma UNE-EN ISO 9001:2008. Introducción. Objeto y campo de aplicación. Normas para consulta. Términos y definiciones. Sistema de gestión de la calidad. Responsabilidad de la dirección. Gestión de los recursos. Realización del producto. Medición, análisis y mejora.

Tema 4. Modelo EFQM de Excelencia 2013. Fundamentos del Modelo. Necesidad de un Modelo. Conceptos fundamentales de la excelencia. Criterios del Modelo EFQM de Excelencia. Esquema lógico REDER.

Tema 5. Sistema Integrado de Gestión de la Calidad de los Servicios y Unidades Administrativas de la Universidad de Jaén: Manual de Calidad.

Tema 6. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Tema 7. El factor humano en la organización. El grupo en la organización: Comunicación y comportamiento grupal. El trabajo en equipo. La motivación. La satisfacción en el trabajo.

Tema 8. El puesto de trabajo en la Función Publica Española. Evolución conceptual. Análisis, descripción y valoración de puestos de trabajo. Conceptos básicos. Utilidades.

Tema 9. La Gestión de los Recursos Humanos por competencias. Concepto y componentes de las competencias. Principales aportaciones del enfoque de competencias a la gestión de los recursos humanos.

Tema 10. Régimen Jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El modelo de función pública establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público. Principales Incidencias en el ámbito universitario.

Tema 11. El régimen económico y financiero de la Universidad de Jaén. Especial referencia a la Ley Orgánica de Universidades, Ley Andaluza de Universidades y Estatutos de la Universidad de Jaén.

Tema 12. El presupuesto: concepto y clases. Los principios presupuestarios y el ciclo presupuestario, especial referencia a la Universidad de Jaén.

Tema 13. El presupuesto de la Universidad de Jaén: Normas generales de ejecución presupuestaria, especial referencia a las modificaciones presupuestarias y a las normas sobre gestión del gasto.

Tema 14. Contratación del Sector Público: Disposiciones generales de la Ley de Contratos del Sector Público. Configuración general de la contratación y elementos estructurales de los contratos.

Tema 15. Naturaleza y régimen jurídico de las Universidades. El Consejo de Coordinación Universitaria. Estructura y gobierno de las Universidades.

Tema 16. La Universidad de Jaén: estructura académica y de servicios, Estatutos y normas propias de carácter general.

Tema 17. Relaciones entre las Administraciones Públicas. Órganos de las Administraciones Públicas: principios generales y competencias. Órganos Colegiados. Abstención y recusación. Concepto de interesado en el procedimiento.

Tema 18. Los recursos administrativos. Clases y regulación actual. El recurso contencioso-administrativo.

B. PARTE ESPECÍFICA

a) Gestión de personal.

Tema 1. La planificación de recursos humanos en las Administraciones Públicas. La oferta de empleo público. Los planes de empleo. Las relaciones de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas.

Tema 2. Los empleados públicos: concepto y clases. Los procesos de selección de los recursos humanos: tipologías. Ingreso en Cuerpos o Escalas de funcionarios: normas generales. Órganos de selección. Convocatorias y procedimiento selectivo.

Tema 3. La carrera administrativa de los funcionarios públicos. Especial incidencia en los sistemas y procedimientos de provisión de puestos de trabajo.

Tema 4. Situaciones administrativas: supuestos y efectos de cada una de ellas.

Tema 5. Sistema de retribuciones de los funcionarios: conceptos retributivos y determinación de su cuantía. Indemnizaciones por razón del servicio.

Tema 6. El personal docente e investigador de las universidades: clases y régimen jurídico aplicable. Selección del profesorado: acceso y carrera docente.

Tema 7. El contrato de trabajo. Concepto. Modalidades del contrato de trabajo. Peculiaridades del personal laboral al servicio de las AA.PP.

Tema 8. El personal laboral al servicio de las Universidades Públicas andaluzas. Régimen jurídico aplicable. Selección y carrera profesional.

Tema 9. La Ley de Incompatibilidades, con especial referencia al sector universitario. Régimen disciplinario de los funcionarios públicos.

Tema 10. La sindicación de los empleados públicos. Juntas de Personal y Comités de Empresa. Composición y derechos.

b) Organización y gestión universitaria.

Tema 1. La ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Procedimiento para el seguimiento y la renovación de la acreditación de los títulos oficiales en la Universidad de Jaén.

Tema 2. Planes de estudios conducentes a la obtención de un título académico oficial: Grado y Máster.: procedimiento de implantación, estructura, sistemas de garantías de calidad, expedición de títulos.

Tema 3. Reconocimiento de créditos en estudios conducentes a la obtención de títulos de Grado o Máster universitario.

Tema 4. Acceso y admisión a la Universidad. Pruebas de acceso a la Universidad. Proceso de admisión a las universidades públicas: preinscripción, traslado de expediente, simultaneidad de estudios.

Tema 5. Régimen académico y de evaluación de los alumnos. Régimen de permanencia en la Universidad de Jaén. Normas de matrícula en la Universidad de Jaén.

Tema 6. Estudios de Tercer Ciclo. Otros estudios no oficiales.

Tema 7. Becas y ayudas al estudio. Prácticas en empresas. Asociacionismo y representación estudiantil. Programas de intercambio y cooperación universitaria.

Tema 8. El Espacio Europeo de Educación Superior: documentos esenciales que fundamentan la normativa que regula los planes de estudios (referencia www.eees.es – sitio web de “Espacio Europeo de Educación Superior”).

c) Gestión financiera.

Tema 1. El presupuesto de la Universidad de Jaén: Clasificación económica, funcional y orgánica. Detalle explicativo del presupuesto de ingresos y de gastos.

Tema 2. Cuentas anuales de la Universidad de Jaén. Balance. Cuenta del Resultado Económico-Patrimonial. Liquidación del presupuesto. Memoria.

Tema 3. El Modelo de financiación de las Universidades Públicas Andaluzas. El contrato-programa de la Universidad de Jaén de la Universidad de Jaén con la Junta de Andalucía.

Tema 4. La financiación interna de la Universidad de Jaén. Los contratos-programa con Centros y Departamentos Universitarios.

Tema 5. Contratación del Sector Público: Preparación de los contratos. Selección del contratista y adjudicación de los contratos.

Tema 6. Contratación del Sector Público: Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. Organización administrativa para la gestión de la contratación, con especial referencia a los órganos competentes en materia de contratación en la Universidad de Jaén.

ANEXO III

DECLARACIÓN JURADA

Don/doña ............................................................................................................................................................., con domicilio en .............................................................................................................................................................., y documento nacional de identidad número ..............................................................................................................., declara bajo juramento o promete, al efecto de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala de Gestión de la Universidad de Jaén, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas.

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