Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00070494.
NIG: 28.079.00.4-2012/0009866.
Autos núm.: Procedimiento Ordinario 1011/2012.
Materia: Materias laborales individuales.
Ejecución núm.: 115/2015.
Ejecutante: Don Santos Montero Domínguez.
Ejecutado: Esabe Vigilancia, S.A.
EDICTO
cédula DE NOTIFICACIÓN
Doña María Ángeles Charriel Ardebol Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Catorce de Madrid,
HAGO SABER
Que en el procedimiento 115/2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Santos Montero Domínguez frente a Esabe Vigilancia, S.A., sobre Ejecución forzosa se ha dictado la siguiente resolución:
Parte dispositiva del auto de fecha 29.4.2015:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Santos Montero Domínguez, frente a la demandada Esabe Vigilancia, S.A., parte ejecutada, por un principal de 6.248,59 euros (desglosados de la siguiente forma: 5.125,25 euros de cantidad reclamada más 1.123,34 euros en concepto de interés por mora del art. 29.3 del ET), más 1.249,71 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Parte dispositiva del decreto de fecha 29.4.2015:
PARTE DISPOSTIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintinueve de abril de dos mil quince.- El/La Secretario Judicial.
Descargar PDF