Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 19/01/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 8 de enero de 2015, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos núm. 624/2013.

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Procedimiento: Social Ordinario 624/2013. Negociado: 5.

NIG: 4109144S20130006772.

De: Fundación Laboral de la Construcción.

Contra: Construcciones Mureviga, S.L.

EDICTO

Doña Elísabet Ibáñez López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 624/2013 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Construcciones Mureviga, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 11.9.14 del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚMERO 386/2014

En Sevilla, a once de septiembre de dos mil catorce.

Vistos por mí doña Nieves Rico Márquez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número Cuatro de esta capital, en juicio oral y público, los presentes autos sobre cantidad, seguidos en este Juzgado bajo el número 624/2013, promovidos por Fundación Laboral de la Construcción, representada por la Graduado Social doña Ana Gema Jiménez Sanromán, contra Construcciones Mureviga, S.L., que no compareció pese a haber sido citado en legal forma.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Fundación Laboral de la Construcción, contra Construcciones Mureviga, S.L., en cuya virtud, debo condenar y condeno a la empresa a abonar al actor la cantidad de ochocientos cuarenta y cuatro euros con diecinueve céntimos (844,19 euros).

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma, no cabe recurso de suplicación.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones Mureviga, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a ocho de enero de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.

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