Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 12/06/2015

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Cámara de Cuentas de Andalucía

Resolución de 3 de junio de 2015, de la Cámara de Cuentas de Andalucía por la que se anuncia concurso específico de méritos para la provisión de un puesto de trabajo entre el personal funcionario de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

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Para atender las necesidades del servicio, y de conformidad con lo previsto en la Resolución de 31 de marzo y 9 de noviembre de 2005, por la que se modifica la de fecha 25 de octubre de 2000, reguladora de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo a desempeñar por el personal funcionario de esta Institución y con el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, el Presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en cumplimiento del Acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno el día 21 de mayo de 2015, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 22.a) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de esta Institución, ha resuelto convocar concurso específico de méritos para cubrir el puesto vacante que se relaciona en el Anexo de esta Resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Requisitos.

Podrá participar en el presente concurso el personal funcionario de carrera que preste servicio en la Cámara de Cuentas de Andalucía, cualquiera que sea su situación administrativa, siempre que reúna los requisitos establecidos para el puesto, que figuran en el Anexo antes citado, y recogidos en la convocatoria a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, todo ello con las siguientes salvedades:

a) El personal funcionario declarado suspenso en firme, no podrá tomar parte si no ha cumplido íntegramente el periodo de suspensión de funciones.

b) El personal funcionario en excedencia voluntaria por interés particular y por agrupación familiar sólo podrá participar si lleva más de dos años en dicha situación el día de la terminación del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, el personal funcionario en excedencia voluntaria incentivada sólo podrá participar en el concurso si han transcurrido cinco años desde su pase a dicha situación.

c) Al personal funcionario en situación de servicios especiales se le considerará, a efectos de valoración de méritos, el puesto de trabajo que tuviese reservado con motivo del pase a dicha situación o, de no tener puesto reservado, el último que hubiese desempeñado en servicio activo o, en su defecto, el último que hubiese obtenido por concurso.

d) El personal funcionario con destino provisional que no posea destino definitivo estará obligado a tomar parte en el presente concurso específico, siempre que reúna los requisitos necesarios para el desempeño.

Segunda. Plazo de participación de solicitudes.

1. Las solicitudes de participación y cuanta documentación se acompañe, se dirigirán al Presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y se presentarán preferentemente en el Registro General de esta Institución, pudiendo remitirse también por correo certificado o presentarse en cualquiera de las dependencias aludidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el supuesto de que se presente la solicitud en oficinas de Correos, se hará en sobre abierto con objeto de que sea fechada y sellada antes de su certificación.

2. Concluido el plazo de presentación de instancias no se admitirá ninguna solicitud, ni modificación alguna al puesto solicitado, ni documentación referida a los méritos aportados.

3. Todos los requisitos exigidos deberán mantenerse durante todo el proceso y hasta el momento de la toma de posesión en el puesto adjudicado.

4. El modelo de solicitud y de la relación de méritos alegados figuran como Anexos I y II de la citada Resolución por la que se regulan los procedimientos de provisión de puestos de trabajo a desempeñar por el personal funcionario de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

No serán objeto de valoración como méritos los requisitos exigidos en la Relación de Puestos de Trabajo para el puesto a que se aspira, los cuales, en todo caso, deberá cumplir el solicitante.

5. Los participantes no podrán desistir de su solicitud de participación una vez publicada la lista provisional de destinos adjudicados.

Tercera. Comisión de Valoración.

1. Para llevar a efecto la comprobación y valoración de méritos en las diferentes fases del concurso, la Comisión de Valoración estará compuesta del siguiente modo:

Presidenta: Doña Sandra Garrido Fernández.

Vocales: Don Alejandro Teré Pérez, doña Nuria Mendoza Domínguez y don José Enrique Manzano Gordillo.

Secretaria: Doña Milagros Carrero García.

Presidenta suplente: Doña Carmen Iglesias García de Vicuña.

Vocales suplentes: Don Enrique Muñoz Juan, don José Luis Valdés Díaz y don Francisco Rogelio Colinas Pérez.

Secretaria suplente: Doña Carmen Carretero Espinosa de los Monteros.

2. Le corresponde a la Comisión de Valoración, además de la homogenización de los criterios de valoración de las distintas fases del procedimiento, la elevación al órgano convocante de la propuesta de selección de los candidatos.

Cuarta. Propuesta y Resolución del concurso.

1. La adjudicación de la plaza vendrá dada por la puntuación total obtenida por la suma de las correspondientes a las fases primera y segunda. En caso de empate se acudirá a lo dispuesto en el artículo 52 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, del Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía.

2. Concluidas las distintas fases, la Comisión de Valoración remitirá a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas de Andalucía la lista provisional del destino adjudicado, que contemplará la relación del personal seleccionado con indicación del puesto adjudicado y las puntuaciones obtenidas, así como de las exclusiones, con indicación de las causas de exclusión.

3. Una vez comprobado por la Comisión de Gobierno que se han cumplido todos los trámites y requisitos previstos en la convocatoria, se publicará en el tablón de anuncios de esta Institución, la lista provisional del concurso, adscribiéndose al personal funcionario seleccionado al correspondiente puesto de trabajo, con indicación de la puntuación obtenida en cada una de las fases, así como de excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

Contra la lista provisional, el personal funcionario interesado podrá presentar alegaciones, que no tendrá carácter de recurso, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma y solicitar, si así lo desean, vista de su expediente a los efectos de comprobar la valoración efectuada al mismo. Las citadas alegaciones serán decididas en la relación definitiva prevista en el apartado siguiente.

Finalizado el referido plazo, se dictará resolución definitiva del concurso, resolviéndose el mismo por la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, mediante Resolución del Presidente, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y que deberá expresar, además del puesto adjudicado, la puntuación obtenida y, en su caso, podrá ser declarado desierto.

Contra esta relación definitiva, que se expondrá en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas, cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno de esta Institución en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía y en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992).

Quinta. Plazos de cese y toma de posesión.

1. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles o de un mes si implica el reingreso al servicio activo. Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se contará desde dicha publicación.

2. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados salvo que, por causas justificadas, acuerde la Comisión de Gobierno suspender el disfrute de los mismos. No obstante, para los funcionarios que se encuentren en situación de licencia por enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que, por ello, finalice la licencia que tenga concedida.

3. De conformidad con lo establecido en el apartado 5.º de las normas Reguladoras de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo a desempeñar por el personal funcionario de la Cámara de Cuentas de Andalucía, el destino obtenido será irrenunciable, salvo causa justificada que deberá apreciar la Comisión de Gobierno.

Sevilla, 3 de junio de 2015.- El Presidente, Antonio M. López Hernández.

ANEXO

Número de plazas: 1.

Departamento: Fiscalización.

Denominación: Auditor.

Adscripción: F.

Grupo: A1.

Cuerpo: Auditores.

Nivel: 27.

C. Específico: 19.985,40 €.

Localidad: Sevilla.

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