Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 21/01/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Decreto 175/2014, de 9 de diciembre, por el que se acepta la afectación al servicio público sanitario del Hospital General Básico de la Defensa «San Carlos» en San Fernando (Cádiz) y del inmueble en el que se ubica la Cámara Hiperbárica de la Inspección General de Sanidad de la Defensa, mediante mutación demanial externa, acordada por Orden de 18 de julio de 2014 del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, y la posterior transmisión de su titularidad, mediante cesión gratuita.

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Con fecha 16 de enero de 2014 se suscribió el Protocolo General de Colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía, en relación con el Hospital General Básico de la Defensa «San Carlos» en San Fernando (Cádiz). El Convenio tiene por objeto, según expresa su cláusula primera, fijar el marco de colaboración necesario para proceder a la cesión gratuita a la Comunidad Autónoma de Andalucía de la propiedad del mencionado Hospital y del inmueble en el que se ubica la Cámara Hiperbárica de la Inspección General de Sanidad de la Defensa, para el traspaso del personal civil del citado Hospital, y la creación de una Clínica Militar.

Como paso previo a la cesión gratuita de los inmuebles, dado el especial régimen que regula los bienes del Ministerio de Defensa, por Orden de 18 de julio de 2014 del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas se acuerda la mutación demanial del Hospital General Básico de la Defensa «San Carlos» en San Fernando (Cádiz) a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, condicionada al efectivo traspaso a la Junta de Andalucía del personal civil del Hospital, que se ha producido en virtud del Real Decreto 803/2014, de 19 de septiembre, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía de los medios personales adscritos a dicho Hospital.

La referida operación constituye el primer trámite necesario para alcanzar el efecto final previsto el Protocolo, transferir la propiedad de los inmuebles a la Junta de Andalucía, lo que se efectuará a través de una cesión gratuita de su titularidad.

La Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales ha mostrado su conformidad con la referida afectación mediante mutación demanial externa y la posterior aceptación de la cesión de su titularidad, en los términos que se establecen en el presente Acuerdo.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, el Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 9 de diciembre de 2014,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la afectación al servicio público sanitario, mediante mutación demanial externa, del Hospital General Básico de la Defensa «San Carlos» en San Fernando (Cádiz) y del inmueble en el que se ubica la Cámara Hiperbárica de la Inspección General de Sanidad de la Defensa, así como la posterior transmisión de su titularidad mediante cesión gratuita, de las siguientes fincas registrales:

1. Finca registral 61887. Urbana. Parcela urbana con una superficie de veintisiete mil ochocientos treinta y cuatro metros cuadrados y veinticuatro decímetros cuadrados (27.834,24 m2), en el sitio llamado Población de San Carlos, término de San Fernando; cuyos linderos son: por el norte, con terrenos militares de la Población de San Carlos, delimitado este lindero por los puntos de coordenadas UTM (en sentido oeste-este) siguientes: (X751.188,16 Y4.040.968,33),( X751.195,02 Y4.040.963,72), (X751.274,32 Y4.040.921,20), (X751.289,23 Y4.040.925,87), (X751.301,09 Y4.040.921,33), (X751.308,41 Y4.040.917,58), (X751.310,78 Y4.040.922,43), (X751.349,15 Y4.040.903,35), (X751.346,79 Y4.040.873,42), (X751.362,67 Y4.040.865,46); por el sur, con terrenos del Marqués de Casa Alta, hoy calle de Juan Sebastián el Cano, en una línea quebrada, definida por los puntos de coordenadas UTM (en sentido oeste-este) siguientes: (X751.166,20 Y4.040.849,92), (X751.170,52 Y4.040.841,92), (X751.222,93 Y4.040.788,94), (X751.239,01 Y4.040.768,48), (X751.266,73 Y4.040.726,25), (X751.271,05 Y4.040.722,00), (X751.277,31 Y4.040.716,16) y (X751.283,18 Y4.040.705,06); por el este, con terrenos de la Población Militar de San Carlos y con la finca registra! 61.889, destinada a futura Clínica Militar, estando separada de ésta por una calle de uso privativo de la propia finca registral 61.889. El lindero este lo configura una línea quebrada definida por los puntos de coordenadas UTM (en sentido sur-norte) siguientes: (X751.283,18 Y4.040.705,06), (X751.327,17 Y4.040.792,59), (X751.341,35 Y4.040.799,69), (X751.363,92 Y4.040.845,73), (X751.354,80 Y4.040.849,94) y (X751.362,67 Y4.040.865,46); y por el oeste, con terrenos del Duque del Infantado y Huerta de la Casería Vieja, hoy calle Olivar de Rebolledo y calle Luis de Ossio; el lindero está formado por una línea quebrada definida por los puntos de coordenadas UTM (en sentido sur-norte) (X751.166,20 Y4.040.849,92), (X751_165,89 Y4.040.859,47), (X751.168,68 Y4.040.871,30), (X751.176,59 Y4.040.895,25), (X751.182,27 Y4.040.914,24), (X751.184,63 Y4.040.961,98), (X751.188,16 Y4.040.968,33). Esta finca incluye, completamente, en su interior la finca registral 61.888, que alberga una Cámara Hiperbárica de la Armada Española. También incluye en su interior un edificio destinado a Hospital y a Consultas Externas, con todas las instalaciones propias de un Hospital, como son, energía eléctrica, agua, gas, oxigeno, aire comprimido, etc., situadas en pequeños edificios diseminados en el interior de esta finca.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de San Fernando, Tomo 1622, Libro 232, Folio 44.

2. Finca registral 61888. Urbana. Parcela urbana con una superficie de seiscientos treinta y un metros cuadrados y cincuenta y tres decímetros cuadrados (631,53 m2), en el sitio llamado Población de San Carlos, término de San Fernando; cuyo linderos son, por los cuatro puntos cardinales, los terrenos destinados a Hospital Militar que constituye la finca 61.887. El lindero está delimitado por una línea cerrada, cuyas coordenadas UTM son las siguientes: por el norte (en sentido oeste-este), (X751.296,34 Y4.040.903,63) y (X751.323,94 Y4.040.902,20); por el sur (en sentido oeste-este), (X751.288,50 Y4.040.887,30) y (X751.311,25 Y4.040.876,19); por el este (en sentido sur-norte), (X751.311,25 Y4.040.876,19) y (X751.323,94 Y4.040.902,20); y por el oeste, (en sentido sur-norte), (X751.288,50 Y4.040.887,30) y (X751.296,34 Y4.040.903,63). Esta finca alberga en su interior un edificio destinado a Cámara Hiperbárica de la Armada Española con acceso a pie desde el edificio de Consultas Externas del Hospital Militar.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de San Fernando, Tomo 1622, Libro 232, Folio 47.

Forman parte de la referencia catastral 1411401QA5411A0001QG.

Segundo. Una vez que se ha producido el traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía de los medios personales adscritos al Hospital General Básico de la Defensa «San Carlos» en San Fernando (Cádiz), en virtud del Real Decreto 803/2014, de 19 de septiembre, hecho efectivo con fecha 1 de octubre, el acta de mutación demanial interadministrativa se suscribirá una vez publicado el presente Decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. El acta de transmisión de la titularidad, que determinará la efectividad de su aceptación, se suscribirá una vez que por el órgano competente de la Administración General del Estado se hayan adoptado los correspondientes acuerdos de desafectación y de cesión gratuita de la propiedad a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía del Hospital General Básico de la Defensa «San Carlos» y del inmueble en el que se ubica la Cámara Hiperbárica de la Inspección General de Sanidad de la Defensa.

Cuarto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la afectación, mediante mutación demanial externa, de los inmuebles descritos en el apartado primero, que se adscriben a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, y de la posterior transmisión de su titularidad.

Quinto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 9 de diciembre de 2014

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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