Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 10/08/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 20 de abril de 2015, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Cádiz, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 1162/2009. (PP. 1987/2015).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00074258.

NIG: 1101242C20090005399.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1162/2009. Negociado: I.

De: Consorcio Compensación Seguros.

Contra: Rosa María Vilar Cao.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1162/2009 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Cádiz a instancia de Consorcio Compensación Seguros contra Rosa María Vilar Cao, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Cádiz.

Autos: Juicio Ordinario núm. 1.162/09.

SENTENCIA

En Cádiz, a dos de diciembre de dos mil diez.

Vistos por el llmo. Sr. don Pablo Sánchez Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad, los presentes autos de juicio declarativo ordinario núm. 1.162/09 instados por el Abogado del Estado en representación del Consorcio de Compensación de Seguros, contra doña Rosa María Vilar Cao, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación del Consorcio de Compensación de Seguros, debo condenar y condeno a doña Rosa María Vilar Cao a abonar a la parte actora la cantidad de once mil ciento ochenta y ocho euros con cincuenta y cinco céntimos (11.188,55 €), más el interés legal de dicha cantidad a devengar desde la fecha de interposición de la demanda; todo ello con imposición de las costas causadas a la parte demandada.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación que se presentará en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y para su resolución por la Audiencia Provincial de Cádiz.

Se hace saber a las partes que para la admisión a trámite del recurso que pudieren interponer contra la presente resolución, deberán constituir el depósito en la Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado que previene el artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre (BOE núm. 266, de 4 de noviembre de 2009), sin cuyo requisito no será admitido a trámite el recurso. Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Rosa María Vilar Cao, extiendo y firmo la presente en Cádiz, a veinte de abril de dos mil quince.- El/La Secretario/a.

Descargar PDF