Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 160 de 18/08/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 23 de julio de 2015, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan las tarifas de Transporte Urbano Colectivo del municipio de Cádiz. (PP. 2027/2015).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.3 del Decreto 206/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de transporte urbano colectivo del municipio de Cádiz que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas Autorizadas:

Concepto Importe, IVA incluido y S.O.V.

Billete ordinario 1,10 euros

Bonobús ordinario con transbordo (recarga mínima precio de 10 viajes) (1) 7,00 euros

Bonobús especial con transbordo (recarga mínima precio de 10 viajes) (2) 2,85 euros

Tarjeta Universitarios (recarga mensual) 25,00 euros

Tarjeta anual + 65 años rentas bajas (anual) 5,00 euros

Tarjeta joven en transporte (recarga mensual) 20,00 euros

(1) Coste de la cancelación por viaje: 0,70 euros

(2) Coste de la cancelación por viaje: 0,0285 euros

Segundo. Esta Resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente, por la empresa concesionaria, a los usuarios del servicio hasta tanto no se publique en el citado boletín, exhibiéndola en un lugar visible de los vehículos.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de la Secretaría General de Hacienda de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de julio de 2015.- La Directora General, Ana María Campos Montero.

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