Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 176 de 09/09/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 31 de julio de 2015, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de la Línea de la Concepción, dimanante de autos núm. 306/2013.

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NIG: 1102242C20130001181.

Procedimiento: Familia.Guarda/custod/alim.menor no matr.nocons 306/2013. Negociado: PP.

De: Antonia Isabel Gutiérrez Sánchez.

Procurador: Sr. Pedro Ángel Escribano de Garaizabal.

Contra: Klaus Gartner.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia.Guarda/custod/alim.menor no matr.noconsens 306/2013, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de la Línea de la Concepción a instancia de Antonia Isabel Gutiérrez Sánchez contra Klaus Gartner, sobre guarda y custodia, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 80/2015

En La Línea, a 31 de julio de dos mil quince.

Vistos por doña Marta Pérez-Rubio Villalobos, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de la Línea de la Concepción y su partido, los presentes autos de guarda, custodia y alimentos de menor no matrimonial, seguidos en este Juzgado con el número 306/2013, a instancia de doña Antonia Isabel Gutiérrez Sánchez, representada por el Procurador don Pedro Ángel Escribano de Garaizabal contra Klaus Gartner.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Pedro Ángel Escribano de Garaizabal, en nombre y representación de doña Antonia Isabel Gutiérrez Sánchez contra don Klaus Gartner, debo declarar y declaro que la guarda y custodia del hijo menor de ambos, el régimen de visitas y los alimentos recogidos será el que se recoge en el Fundamento de Derecho Segundo de la presente resolución. Y todo ello sin hacer especial pronunciamiento en materia de costas.

Contra esta resolución cabe interponer por escrito recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz (455 LE Civil). El recurso se habrá de interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados desde el día siguiente a la notificación.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Klaus Gartner, extiendo y firmo la presente en La Línea, a treinta y uno de julio de dos mil quince.- El/La Secretario/a.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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