Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 30/01/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 9 de enero de 2015, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace público el fallo de la Sentencia firme recaída en el recurso de casación núm. 3419/2011, dictado por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

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En cumplimiento de lo ordenado por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de casación núm. 3419/2011, interpuesto por doña Ana Carmen González Salgado y otros, frente al Ayuntamiento de Isla Cristina y la Junta de Andalucía, contra la Sentencia de fecha 10 de marzo de 2011, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, que desestima el recurso contencioso-administrativo núm. 224/2009, contra el Acuerdo de 28 de mayo de 2008, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Delegación Provincial de Huelva, por el que se aprobó definitivamente la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Isla Cristina, de forma condicionada a la subsanación de las deficiencias recogidas en el mismo Acuerdo, y contra el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, del Pleno del Ayuntamiento de Isla Cristina, que aprobó el Documento Definitivo de Revisión Adaptación del Plan General de Ordenación Urbana de Isla Cristina tras la subsanación de las deficiencias puestas de manifiesto en el Acuerdo citado de 28 de mayo de 2008, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución, en los artículos 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en virtud de las competencias asumidas por el Decreto 142/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y la Orden de 25 de enero de 2012, por la que se delega la competencia y se establece la composición de las Mesas de Contratación (BOJA núm. 26, de 8 de febrero de 2012),

HE RESUELTO

Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los arts. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, en cumplimiento de lo establecido en el art. 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa se procede a publicar el Fallo de la Sentencia del Tribunal Supremo, cuyo tenor literal es como sigue:

«1.º Que con estimación del segundo motivo de casación invocado, declaramos haber lugar al recurso de casación núm. 3419/2011, interpuesto por doña Ana Carmen González Salgado, don Juan Manuel Rodríguez Gamero, doña Ángela María Gamero Acosta, don Manuel Nicolás Martín Salomón, doña Josefa Rodríguez Gile, doña Beatriz García Villate, don Manuel García Roig, doña Carmen Milagros Simavilla Roque, doña María del Carmen Vidal Mesa, doña Manuela Pérez Díaz, doña Bienvenida Hernández Ruiz, don Francisco Gordillo Garrido, don Pablo Grosschmid, doña Rocío Gómez Urieta, doña Esperanza Portillo Rodríguez, don Franklin Farrow, doña Josefa González Ortiz, y doña Teodora Pérez Asencio, contra la sentencia dictada en fecha 10 de marzo de 2011, en su recurso núm. 224/2009, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede en Sevilla, y anulamos dicha sentencia.

2.º De acuerdo con lo expuesto a la sazón (Fundamento de Derecho Quinto), hemos de proceder a la estimación parcial del recurso contencioso-administrativo y a anular en su consecuencia los planos de ordenación referidos en dicho fundamento, como consecuencia de los errores de escala declarados en los mismos y reconocidos por la Administración; confirmando en cambio la legalidad de la revisión del Plan General de Isla Cristina en todos los demás extremos.

3.º No hacemos imposición de costas en el proceso de instancia, debiendo correr cada parte con las suyas en el recurso de casación.»

Sevilla, 9 de enero de 2015.- La Secretaria General Técnica, Asunción Alicia Lora López.

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