Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 30/01/2015

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 19 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Movilidad, sobre notificación de resoluciones de recursos de alzada recaídos en expedientes sancionadores en materia de transportes.

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Resueltos los recursos de alzada interpuestos contra las resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores incoados a las personas y entidades que se indican por infracción a los artículos que se detallan de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de 1987), y dado que, intentada la notificación, ésta no ha podido practicarse, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública en Anexo adjunto, la notificación de las resoluciones de los recursos de alzada, cuyos correspondientes expedientes obran en el Servicio de Inspección y Sanciones de la Dirección General de Movilidad (Diego Martínez Barrio, núm. 10, 3.ª plta. 410071, Sevilla).

Contra las citadas Resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley.

De no haberse efectuado el abono de la correspondiente sanción podrá hacerse efectiva voluntariamente en el plazo de 15 días a partir del siguiente al de la presente publicación. Transcurrido dicho plazo, se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sirviendo la presente de previo apercibimiento a los efectos de lo previsto en el artículo 95 de dicha norma.

Sevilla, 19 de diciembre de 2014.- El Director General, José Luis Ordóñez Fernández.

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