Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 24/12/2015

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Acuerdo de 15 de diciembre de 2015, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del Plan de Acción «Andalucía SMART 2020».

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Actualmente, las ciudades son las protagonistas del desarrollo económico y social de los territorios. La mayoría de la población vive en ellas y además, la ciudadanía demanda cada vez más una mayor eficacia y eficiencia en la gestión de los servicios públicos, independientemente del tamaño de su municipio. Es por esto, que las Administraciones Públicas han tenido que plantearse un cambio en su modelo de gobierno, surgiendo el concepto de Ciudad Inteligente o Smart City.

La Unión Europea ha formulado la «Estrategia Europa 2020» como instrumento para convertir la Unión Europea en una economía cuyo crecimiento sea inteligente, sostenible e integrador. Estas tres prioridades, íntimamente relacionadas y que se refuerzan mutuamente, deben contribuir a que la Unión Europea y sus Estados miembros alcancen altos niveles de empleo, productividad y cohesión social; por ello, los nuevos modelos de desarrollo inteligente de las ciudades deben adecuarse a estos principios.

Una de las siete iniciativas emblemáticas de la Estrategia Europa 2020 es la «Agenda Digital para Europa», presentada en mayo de 2010, con el objetivo de definir la función transformadora esencial que deben desempeñar las tecnologías de la Información y la Comunicación para que Europa convierta en realidad sus ambiciones para 2020. Entre los ejes de actuación de la Agenda Digital para Europa, se hace referencia a la necesidad de fortalecer la competitividad del sector TIC europeo apostando de forma singular por la investigación, el desarrollo y la innovación, para que de esta forma Europa ocupe una posición de liderazgo en la nueva sociedad digital.

A nivel nacional, la «Agenda Digital de España», aprobada por el Gobierno en el Consejo de Ministros de 15 de febrero de 2013, constituye la hoja de ruta para el desarrollo de la sociedad digital de España de los próximos años. Los objetivos, líneas de actuación y planes establecidos en dicho documento estratégico, se articulan para favorecer la creación de oportunidades de empleo y el crecimiento económico mediante una adopción inteligente de las tecnologías digitales, contribuyendo de esta forma al esfuerzo colectivo de impulsar la recuperación económica del país.

En marzo de 2015, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo dio a conocer el «Plan Nacional de Ciudades Inteligentes», dotado inicialmente de un presupuesto de 153 millones de euros, inversión que se cofinanciará a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y a la que se sumarán las aportaciones de otras administraciones y del sector privado.

Este Plan está concebido para alcanzar muchos de los objetivos de la Agenda Digital de España, mejorando la eficacia y eficiencia de las ciudades y municipios en la prestación de los servicios públicos a través del uso de las TIC, y avanzando en la gobernanza del sistema de Ciudad y Destino Turístico Inteligente, todo ello redundando en una mejor calidad de vida para la ciudadanía y la creación de entornos atractivos de inversión que generarán crecimiento económico y empleo.

En Andalucía mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de febrero de 2015, se aprobó la «Estrategia de Innovación de Andalucía 2020. RIS3 Andalucía», la cual establece los objetivos y criterios de priorización de la Administración de la Junta de Andalucía respecto de la investigación, la innovación y el uso de las tecnologías de la Información, con una doble finalidad:

a) Avanzar en un nuevo modelo productivo basado en la innovación.

b) Dar respuesta al requerimiento derivado de la condicionalidad «ex ante» para acceder a los Fondos Estructurales y de Inversión (EIE) europeos que apoyan los Objetivos Temáticos de I+D y TIC en el período 2014-2020.

En esta Estrategia se han seleccionado ocho prioridades de especialización, para transformar el modelo económico actual en un modelo basado en el conocimiento y la innovación. Varias de estas prioridades están fuertemente vinculadas con el concepto de crecimiento inteligente y sostenible del territorio; en particular, la prioridad 7 relativa al desarrollo de energías renovables, eficiencia energética y construcción sostenible, y la prioridad 8, sobre la mejora, uso y calidad de las TIC y de la economía digital.

Por otro lado, con fecha 18 de diciembre de 2013, el gobierno andaluz acordó la formulación de la «Estrategia de Impulso del Sector TIC Andalucía 2020», que tiene como finalidad establecer un planteamiento estratégico de desarrollo para el sector de las tecnologías de la Información y la Comunicación en Andalucía, considerando 2020 como horizonte temporal. Entre sus principios fundamentales se encuentran:

a) Favorecer la generación de empleo en los distintos ámbitos profesionales y territoriales de Andalucía relacionados con las TIC.

b) Aprovechar las fortalezas de los sectores clave de la economía andaluza para tratar de vincular oferta y demanda tecnológica.

c) Contribuir a maximizar el aprovechamiento que el conjunto de las empresas del sector TIC hacen de los instrumentos públicos de apoyo existentes.

Todos estos planes estratégicos vienen a enmarcar y dotar de sentido la puesta en marcha de «Andalucía Smart» como iniciativa de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, con la que se pretende conseguir una Andalucía conectada y el desarrollo del concepto de smart region en el territorio, garantizando la equidad e igualdad de oportunidades para todos los municipios y ciudades de Andalucía. A través del Plan de Acción Andalucía Smart 2020, se pondrán en marcha una serie de infraestructuras y servicios basados en las tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el objetivo de alcanzar un modelo sostenible de smart región.

Andalucía Smart tiene los siguientes objetivos generales:

a) Definir el marco estratégico y operativo para la Junta de Andalucía en el contexto del impulso al desarrollo inteligente de las ciudades.

b) Impulsar las actuaciones prioritarias hasta el año 2020.

c) Contribuir al logro de los objetivos de los diferentes marcos estratégicos citados anteriormente: «Europa 2020», Agenda Digital para EuropaAgenda Digital de España, y RIS3 Andalucía.

En virtud de lo anteriormente indicado, a propuesta del titular de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 15 de diciembre de 2015,

ACUERDA

Primero. Formulación.

Se acuerda la formulación del Plan de Acción «Andalucía Smart 2020», cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a las determinaciones establecidas en el presente Acuerdo.

Segundo. Finalidad y objetivos fundamentales.

El Plan de Acción «Andalucía Smart 2020» tiene como finalidad la puesta en marcha de todas las iniciativas necesarias para el impulso al desarrollo inteligente del territorio andaluz.

El Plan se conformará a partir de los siguientes objetivos fundamentales:

a) Impulsar las sinergias y el marco de colaboración entre las ciudades andaluzas.

b) Impulsar la I+D+i en el contexto de la tecnología y servicios de las smart cities.

c) Generar un marco metodológico para el proceso de transformación inteligente de Andalucía.

d) Aportar fórmulas y modelos de financiación sostenibles para las iniciativas smart.

Tercero. Contenido del Plan de Acción «Andalucía Smart 2020».

Los elementos centrales del Plan serán los siguientes:

a) Análisis continuo del proceso de desarrollo inteligente de Andalucía como región, así como del de sus ciudades y municipios.

b) Definición de los objetivos a alcanzar en el periodo de vigencia del Plan.

c) Definición de las líneas estratégicas, conjunto de actuaciones a acometer, y su planificación, en el marco de los objetivos fijados para el Plan.

d) Establecimiento de un sistema de seguimiento y evaluación del Plan.

Cuarto. Proceso de elaboración del Plan de Acción «Andalucía Smart 2020».

La Secretaría General de Innovación, Industria y Energía, a través de la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, será la responsable de la elaboración del Plan de Acción «Andalucía Smart 2020», en virtud del artículo 12.2 del Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, que atribuye como competencia de esta Dirección General, entre otras, la coordinación y desarrollo de estrategias Smart en la Comunidad Autónoma, así como su impulso en otras Administraciones Públicas de Andalucía.

Quinto. Tramitación y aprobación.

1. La Consejería de Empleo, Empresa y Comercio elaborará una propuesta inicial del Plan «Andalucía Smart 2020», que trasladará a todas las Consejerías de la Junta de Andalucía para su análisis y aportación de propuestas.

2. Este documento se someterá a la consideración de los agentes económicos y sociales más representativos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Así mismo, el borrador del documento será sometido a información pública, anunciándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el sitio web de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, donde además se implementará, en cumplimiento de los dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, un procedimiento telemático de presentación de alegaciones.

3. La Consejería de Empleo, Empresa y Comercio formulará la propuesta definitiva de la Estrategia Andalucía Smart 2020 y la elevará al Consejo de Gobierno para su aprobación como Acuerdo, dando cuenta del mismo al Parlamento.

Sexto. Desarrollo y ejecución.

Se faculta al Consejero de Empleo, Empresa y Comercio para adoptar los actos necesarios para el desarrollo y ejecución de este acuerdo.

Séptimo. Eficacia.

El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de diciembre de 2015

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
JOSÉ SÁNCHEZ MALDONADO
Consejero de Empleo, Empresa y Comercio
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