Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 251 de 30/12/2015

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 22 de diciembre de 2015, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesores Asociados.

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De conformidad con lo establecido en el art. 48.1 de la Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 de diciembre (BOE de 24.12.01), modificada por la L.O. 4/2007, de 12 de abril (BOE de 13.4.07).

Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuyen el artículo 20 de dicho texto, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como los Estatutos de esta Universidad, y una vez obtenida la Orden de autorización de la Consejería de Economía y Conocimiento de la Junta de Andalucía, de fecha 3 de noviembre de 2015, para la contratación temporal de profesorado universitario en las Universidades Públicas Andaluzas para el curso académico 2015-16, por la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables, ha resuelto convocar concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesores Asociados que se indican en el Anexo I de la presente Resolución, y que se regirá con arreglo a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Normativa aplicable.

El presente concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), modificada por la L.O. 4/2007, de 12 de abril; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el R.D. 898/85, de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado Universitario; los Estatutos de la Universidad de Huelva; el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA de 9.5.08); la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades y el Reglamento para la Contratación de Profesores de la Universidad de Huelva. En lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás legislación general que le sea de aplicación y la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

1.2. Naturaleza y régimen jurídico de los contratos.

1. Los contratos que suscriban los aspirantes que resulten seleccionados serán de naturaleza laboral, siendo su duración la establecida en la normativa vigente.

2. Los contratos de trabajo serán a tiempo parcial.

3. El objeto de los contratos será impartir, por la duración prevista en el mismo, las horas de docencia y de tutoría y cumplir el resto de las obligaciones docentes de las asignaturas que constituyen el perfil de cada una de las plazas incluidas en el Anexo de la convocatoria, que no puedan ser asumidas por los Profesores funcionarios o contratados de la Universidad de Huelva.

1.3. Duración de los contratos.

1. En ningún caso podrán reconocerse ni retribuirse las incorporaciones a la docencia efectuadas con anterioridad a la firma del contrato.

2. Los contratos que se celebren al amparo de la presente convocatoria tendrán carácter temporal para el segundo cuatrimestre del curso académico 2015/16 y surtirán efectos a partir del siguiente día hábil a la fecha de firma.

3. La renovación se dará siempre que se siga acreditando el ejercicio de la actividad profesional relacionada con el perfil de la plaza fuera del ámbito académico universitario, se mantengan las necesidades docentes que motivaron el contrato y previa solicitud e informe positivo del Departamento convocante de la plaza.

1.4. Compatibilidad.

El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 23 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normas de desarrollo.

2. Requisitos de los aspirantes.

Podrán ser admitidos y concurrir al presente Concurso quienes reúnan los requisitos generales y los señalados específicamente para el tipo de plazas a las que se opte.

2.1. Requisitos generales.

1. Nacionalidad. Los contratos de profesorado en régimen de Derecho laboral no estarán sujetos a condiciones o requisitos basados en la nacionalidad. Esta posibilidad se entenderá siempre condicionada a que los aspirantes de nacionalidad extranjera se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. Los extranjeros no comunitarios deberán disponer del Permiso de Trabajo que permita la contratación por parte de la Universidad.

2. No haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

3. Estar en posesión del título académico exigido. En el caso de haber realizado sus estudios fuera del Estado español, la titulación académica deberá estar homologada por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, se presentará bien la homologación, bien la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.

4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades.

5. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que impida el desempeño de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.

2.2. Requisitos específicos.

1. Ser especialista de reconocida competencia y acreditar estar ejerciendo, fuera del ámbito académico de la Universidad, una actividad profesional remunerada, relacionada con el área de conocimiento correspondiente a la plaza solicitada, de aquellas para las que capacite el título académico que el interesado posea, excluyendo la actividad docente, con una antigüedad de al menos tres años.

2. Mantener el ejercicio de dicha actividad durante la totalidad del periodo de contratación.

2.3. Criterios de general aplicación.

1. El cumplimiento de todos los requisitos para concursar a cada una de las plazas deberá estar referido siempre a la fecha de expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.

2. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano para el desempeño de la labor docente asignada en su caso.

3. Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial que podrá realizarse en cualquiera de los siguientes organismos:

a) En la representación diplomática o consular de España en el extranjero.

b) En la representación diplomática o consular del país del que proceden los documentos en España.

c) Por traductor jurado debidamente inscrito y autorizado en España.

3. Solicitudes.

3.1. Presentación.

1. Las solicitudes se presentarán mediante Instancia-Currículum debidamente cumplimentada, según modelo establecido por la Universidad de Huelva, publicado en la página web http://www.uhu.es/planificacion_personal_docente/convocatoria_plazas/contratados/contratados.htm , debiendo presentarse una solicitud por cada plaza a la que se desee concursar. El plazo de admisión de solicitudes será de 15 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA.

2. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Huelva, y se presentarán en el Registro General de esta Universidad o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999.

Aquellos interesados que no presenten su solicitud en el Registro General de la Universidad deberán enviar, en el plazo máximo de 48 horas posteriores a la finalización del plazo para participar en el Concurso, al correo electrónico planificaciondocente@sc.uhu.es, copia de la página de su instancia donde conste el Registro de Entrada en la Administración que la haya recepcionado.

3. Los derechos de participación serán de 18 euros por cada una de las plazas a las que se desee concursar, que se ingresarán, dentro del plazo de presentación de instancias, en la cuenta de la Universidad de Huelva en cualquier sucursal del Banco de Santander en la cuenta con IBAN núm. ES49 0049 4960 4423 1610 8758, especificándose en el resguardo acreditativo el nombre y apellidos del interesado, DNI y el número de orden de la plaza o plazas a las que se concursa.

La falta de pago de los derechos de participación durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

3.2. Acreditación de requisitos de participación y de méritos alegados.

1. A las solicitudes presentadas, los interesados adjuntarán por separado, de una parte, la documentación necesaria conforme a los requisitos exigidos para ser admitidos al concurso (puntos 3.2.1 y 3.2.2 de este mismo apartado) y, de otra, la documentación acreditativa de cuantos méritos concretos estimen oportunos alegar en orden a la adjudicación de la plaza o plazas a las que concursen.

Dichos méritos deberán inexcusablemente ser numerados en el orden correspondiente que figura en la instancia-currículum, al objeto de su comprobación e identificación por este Rectorado.

2. En el plazo de diez días hábiles, a partir de la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, en virtud del artículo 76 de la Ley 4/1999, los interesados podrán aportar los documentos acreditativos de los méritos alegados que no se hubieren aportado al presentar la solicitud de participación. Los méritos declarados y no documentados en este plazo no serán objeto de valoración.

3. Las solicitudes deberán acompañarse, obligatoriamente, de la siguiente documentación que, en caso de tratarse de fotocopias compulsadas, serán competentes para efectuar dicha compulsa los órganos administrativos que hubieran emitido el documento original o bien los responsables del Registro General del órgano que haya de tramitar el documento (de conformidad con lo previsto en los arts. 22 y 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, BOJA de 26 de octubre de 1995):

3.2.1. Documentación general.

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, en vigor. Los residentes deberán presentar fotocopia compulsada del correspondiente permiso de residencia, o de estudios, o de trabajo y residencia. Los no-residentes deberán presentar fotocopia compulsada del respectivo visado.

b) Fotocopia compulsada, del título académico o, en su caso, certificación del pago de los derechos de expedición del título. Asimismo, y en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá acompañar de la documentación que acredite su homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia. En caso de acceder al Concurso mediante una titulación de segundo ciclo, deberá aportar los títulos correspondientes a ambos ciclos, baremándose únicamente el título superior.

c) Original del resguardo bancario que justifique el abono de las tasas públicas en concepto de derechos de participación.

d) Certificación académica personal, original o fotocopia compulsada, en la que consten todas las calificaciones de la carrera universitaria. En caso de que no se adjunte dicha certificación, las distintas Comisiones concederán la puntuación mínima prevista para la misma en el Baremo General de la Universidad.

3.2.2. Documentación específica.

Para acreditar el ejercicio de la actividad profesional pertinente, la actual y la requerida de los 3 años de antigüedad, sea por cuenta ajena o propia, se deberán presentar originales o fotocopias compulsadas de los siguientes documentos:

Trabajador por cuenta ajena:

- Informe de vida laboral, actualizado, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

- Contrato o contratos de trabajo, que cubran el período de 3 años requerido, reflejados en la vida laboral, adjuntando certificado de la empresa, actualizado, con indicación del puesto de trabajo desempeñado, antigüedad y funciones, cuando no se deduzca del contrato cuáles son.

- En el caso de ser empleado público, Hoja de servicios, actualizada.

Trabajador por cuenta propia:

- Informe de vida laboral, actualizado, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, o, si existe Colegio Profesional y tiene esa alternativa, Certificado, actualizado, de la Mutualidad de Previsión Social correspondiente con indicación de la antigüedad.

En el caso de poder acogerse a la disposición decimoquinta de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y supervisión de los seguros privados, modificada por la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se deberá presentar certificado, actualizado, del Colegio Profesional correspondiente de acogimiento a tal situación.

- Declaración Censal y Certificado, actualizado, de inscripción en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), expedidos por la Agencia Tributaria, en los que conste la actividad profesional.

- Modelos correspondientes de declaración a Hacienda de la actividad económica, según régimen fiscal, que comprendan el período de 3 años requerido que se ha cotizado, incluyendo el último declarado: modelos 130, 131, 200, 300, 102,…

El término actualizado debe entenderse referido al plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso.

Los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial.

4. Admisión de aspirantes.

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos (sito en la primera planta del edificio anexo al Rectorado, C/ Doctor Cantero Cuadrado) y en la página web mencionada, Resolución del Sr. Rector Magfco., que servirá de notificación a los interesados a todos los efectos, y por la que se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas convocadas, con indicación, en este último caso, de la causa de exclusión (art. 5 del Reglamento de Contratación de la Universidad de Huelva).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, mediante reclamación dirigida al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Huelva. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto o la causa de exclusión o no aleguen frente a la omisión producida justificando su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.

2. Transcurrido el plazo de subsanación y una vez resueltas las reclamaciones, se publicarán en los lugares antes mencionados, por el mismo procedimiento, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. La resolución que eleve a definitiva la lista de aspirantes admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa. Los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Huelva en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación.

3. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando no se realice el hecho imponible por causas imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de participación en los supuestos de exclusión de la convocatoria por causa imputable al interesado.

5. Resolución del concurso.

1. Las distintas Comisiones de Valoración aplicarán los baremos y tablas de afinidades aprobados por la COA y enviados al Vicerrectorado de Asuntos Económicos, Ordenación Académica y Profesorado por los Departamentos (art. 8 del vigente Reglamento para la Selección de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Huelva). En caso de que algún Departamento convocante no hubiese realizado la propuesta de baremos y afinidades según lo previsto en el citado Reglamento, la Comisión de Valoración del Departamento afectado administrará todas sus actuaciones para cada uno de los candidatos mediante la aplicación del baremo general de la Universidad, ponderando la puntuación de sus distintos apartados para la sustanciación del Bloque «Puntuación del Departamento» y se limitará a aplicar la afinidad por titulación de grado.

2. El sistema de selección aplicado será el de concurso público. Los méritos de los aspirantes serán juzgados por la Comisión de Contratación de la Universidad de Huelva, constituida de conformidad con lo previsto en los Estatutos y en el Reglamento para la Contratación de Profesores de la Universidad de Huelva, previo informe del Departamento correspondiente, una vez finalizadas las actuaciones que hubiese llevado a cabo la Comisión de Valoración del Departamento convocante de la plaza y remitida la documentación originada en las mismas.

Agotada la actuación de la Comisión de Contratación, el Presidente de la misma remitirá a la mayor brevedad posible la propuesta de contratación junto al expediente del candidato seleccionado, por conducto interno, al Vicerrectorado de Asuntos Económicos, Ordenación Académica y Profesorado (Área de Planificación Docente), procediéndose a publicar las propuestas de adjudicación.

3. La documentación aportada al Concurso por los candidatos que no hayan sido objeto de adjudicación podrá devolverse a los interesados, si éstos así lo solicitan, una vez finalizado el proceso del concurso y haya expirado el plazo para la presentación de recursos.

4. Frente a las propuestas de contratación, los candidatos podrán interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Huelva, cuya Resolución agotará la vía administrativa, sin que su interposición paralice el desarrollo de los trámites del concurso.

No obstante, contra esa Resolución cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, de conformidad con los artículos 8.3, y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 6.4. de la L.O. 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

6. Nombramientos y acuerdos rectorales de contratación, presentación de documentos e incorporación de los aspirantes adjudicados.

1. La Resolución del concurso se hará pública con carácter informativo en la ya citada página web y en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos, publicación que servirá de notificación a los interesados a todos los efectos.

2. A partir de la publicación de la adjudicación en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos, el interesado, en el plazo de 15 días naturales, podrá formalizar su contrato con esta Universidad. Expirado dicho plazo improrrogable el adjudicatario decaerá en su derecho, recayendo la adjudicación de la plaza en el suplente, si lo hubiera, siguiendo el orden decreciente de puntuación.

La vigencia de la propuesta de la Comisión de Contratación en cuanto a la sustitución en caso de cese o renuncia será de 1 mes a contar desde la fecha del primer contrato.

En caso de que no hubiere candidato suplente, el Vicerrectorado procederá a declarar la plaza desierta.

3. Igualmente, y para el trámite de formalización de los contratos, los adjudicatarios de las plazas deberán presentar la siguiente documentación para la firma del contrato:

Con carácter general:

a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. (Se facilitará impreso a la firma del contrato).

b) Número de afiliación a la Seguridad Social, en su caso (fotocopia del documento de afiliación a la S.S.).

c) Datos bancarios.

Con carácter específico para contratos de Profesores Asociados:

Solicitud de compatibilidad (de obligado cumplimiento para estos contratos) mediante:

a) Acreditación de ejercer actividad profesional fuera del ámbito académico universitario según art. 53.a) de LOMLOU.

b) Certificaciones de horarios compatibles expedidos por los órganos competentes de las dos actividades a compatibilizar (el Departamento para la actividad Docente).

c) Copia de la última nómina de actividad principal o certificado de retribuciones.

4. Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial como se ha establecido en el apartado 2.3.3.

5. Los adjudicatarios de las plazas no podrán comenzar su actividad sin haber firmado el contrato y sin estar dados de alta en Seguridad Social.

Tan sólo una vez formalizada la relación jurídica se iniciará la prestación de servicios y, por ende, el devengo de las retribuciones asignadas a la plaza adjudicada. No se admitirá la retroactividad de efectos económicos en ningún caso.

6. El contratado deberá presentarse, ante el Director del Departamento y el Decano o Director del Centro correspondientes e incorporarse a las tareas docentes, en la fecha de inicio indicada en el contrato. De no incorporarse en la fecha de inicio del contrato sin causa justificada, a juicio de la Universidad de Huelva, el contrato quedará sin efecto anulándose todas las actuaciones.

7. En el caso de no producirse la firma del contrato o de no incorporarse el contratado a las tareas docentes, en los respectivos plazos indicados en los párrafos anteriores, se entiende que el interesado renuncia a la plaza. En ambos casos se procederá al llamamiento de los siguientes aspirantes que figuren en la resolución de la Comisión de Contratación y conforme a lo establecido en la Normativa de Contratación de Profesorado de esta Universidad.

8. La Universidad de Huelva únicamente celebrará contrato con aquellos candidatos adjudicatarios de plazas de Profesor Asociado cuando, previa acreditación del horario de la actividad principal por parte de los mismos, no exista incompatibilidad horaria con los deberes docentes a desempeñar según la plaza objeto de Concurso. No obstante, en caso de celebración del pertinente contrato, el personal docente e investigador contratado en régimen laboral habrá de respetar lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y sus disposiciones de desarrollo. De acuerdo con ello, los aspirantes a quienes se adjudiquen algunas de las plazas de Profesor Asociado objeto de esta convocatoria, deberán realizar la correspondiente solicitud de compatibilidad con anterioridad a la firma del contrato.

Si el interesado optara por realizar esta solicitud a través de su actividad principal, aportará el día de la firma la siguiente documentación:

a) Copia de la solicitud con el sello del Registro de Entrada de la Administración donde se tramita.

b) Certificaciones de horario compatibles expedidas por los órganos competentes.

La denegación de la compatibilidad será causa automática de extinción y anulación del correspondiente contrato, y sus efectos serán del día siguiente a la notificación.

7. Disposición final.

Los aspirantes, por el hecho de participar en el presente concurso, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo, y a las decisiones que adopten las Comisiones de Contratación, sin perjuicio de las reclamaciones y recursos que fueren pertinentes.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Huelva, 22 de diciembre de 2015.- El Rector, Francisco Ruiz Muñoz.

ANEXO I

CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS DE PROFESOR ASOCIADO

Núm. de orden

1 ÁREA DE MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN Y DIAGNÓSTICO EN EDUCACIÓN (625)

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

Código RPT DL002508.

-1 Profesor Asociado – 12 horas (6 horas de docencia + 6 horas de tutorías), para C2.

P.D.: Impartir docencia de asignaturas adscritas al área. Centro: Facultad de Ciencias de la Educación.

2 ÁREA DE DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA (195)

DEPARTAMENTO DE FILOLOGÍA ESPAÑOLA Y SUS DIDÁCTICAS

Código RPT DL002506.

-1 Profesor Asociado – 12 horas (6 horas de docencia + 6 horas de tutorías), para C2.

P.D.: Impartir docencia de asignaturas adscritas al área. Centro: Facultad de Ciencias de la Educación.

3 ÁREA DE DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA (195)

DEPARTAMENTO DE FILOLOGÍA ESPAÑOLA Y SUS DIDÁCTICAS

Código RPT DL002505.

-1 Profesor Asociado – 10 horas (5 horas de docencia + 5 horas de tutorías), para C2.

P.D.: Impartir docencia de asignaturas adscritas al área. Centro: Facultad de Ciencias de la Educación.

4 ÁREA DE FILOLOGÍA INGLESA (345)

DEPARTAMENTO DE FILOLOGÍA INGLESA

Código RPT DL002506.

-1 Profesor Asociado – 12 horas (6 horas de docencia + 6 horas de tutorías), para C2.

P.D.: Impartir docencia de asignaturas adscritas al área. Centro: Facultad de Ciencias de la Educación.

5 ÁREA DE FILOLOGÍA INGLESA (345)

DEPARTAMENTO DE FILOLOGÍA INGLESA

Código RPT DL002507.

-1 Profesor Asociado – 12 horas (6 horas de docencia + 6 horas de tutorías), para C2.

P.D.: Impartir docencia de asignaturas adscritas al área. Centro: Facultad de Humanidades.

6 ÁREA DE FILOLOGÍA INGLESA (345)

DEPARTAMENTO DE FILOLOGÍA INGLESA

Código RPT DL002513.

-1 Profesor Asociado – 12 horas (6 horas de docencia + 6 horas de tutorías), para C2.

P.D.: Impartir docencia de asignaturas adscritas al área. Centro: Facultad de Humanidades.

7 ÁREA DE TRABAJO SOCIAL Y SERVICIOS SOCIALES (813)

DEPARTAMENTO DE SOCIOLOGÍA Y TRABAJO SOCIAL

Código RPT DL002514.

1 Profesor Asociado – 4 horas (2 horas de docencia + 2 horas de tutorías), para C2.

P.D.: Impartir docencia de asignaturas adscritas al área. Centro: Facultad de Trabajo Social.

8 ÁREA DE HISTORIA DE AMÉRICA (455)

DEPARTAMENTO DE HISTORIA II Y GEOGRAFÍA

Código RPT DL002503.

-1 Profesor Asociado – 8 horas (4 horas de docencia + 4 horas de tutorías), para C2.

P.D.: Impartir docencia de asignaturas adscritas al área. Centro: Facultad de Humanidades.

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