Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 25/02/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 2 de febrero de 2015, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 145/2012.

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Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 145/2012. Negociado: 21.

NIG: 4109144S20120001680.

De: Mutua de Andalucía y de Ceuta Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social 115.

Contra: TGSS, INSS, Construcciones Estructuras Metálicas Arahal, S.L., Francisco García Catalán, Almerito Jesús Villajos Risalde, Fernando Rosado Troncoso, José Antonio Gallego Bohórquez, José Rodríguez Ponce, Benito Expósito Alcaide y Eutropio Jiménez Gallego.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 145/2012 a instancia de la parte actora Mutua de Andalucía y de Ceuta Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social 115 contra TGSS, INSS, Construcciones Estructuras Metálicas Arahal, S.L., Francisco García Catalán, Almerito Jesús Villajos Risalde, Fernando Rosado Troncoso, José Antonio Gallego Bohórquez, José Rodríguez Ponce, Benito Expósito Alcaide y Eutropio Jiménez Gallego sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado Resolución de fecha del tenor literal siguiente:

DECRETO

Secretario Judicial doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a veinte de septiembre de dos mil doce.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mutua de Andalucía y de Ceuta Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social 115 presentó demanda de solicitud de prestaciones frente a Construcciones Estructuras Metálicas Arahal, S.L., INSS y TGSS.

Segundo. La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el núm. 145/12.

Tercero. Por diligencia de ordenación de 22.2.12 se acordó requerir a la parte actora por cuatro días para que ampliara la demanda frente a los trabajadores, lo que ha efectuado, dentro del término, por escrito de fecha 25.06.12 la parte actora.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Subsanado el defecto de que adolecía la demanda, examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.1 de la LPL procede su admisión a trámite y su señalamiento por el Secretario Judicial

Segundo. Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.1 de la LRJS procede su admisión a trámite y su señalamiento por el Secretario Judicial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo

- Admitir la demanda presentada.

- Se tiene por ampliada la demanda frente a Almerito Jesús Villajos Risalde, Benito Expósito Alcaide, José Rodríguez Ponce, José Antonio Gallego Bohórquez, Francisco García Catalán, Eutropio Jiménez Gallego, Fernando Rosado Troncoso, a quienes se citarán para el acto del juicio.

- Se señala el próximo día diez de marzo de 2015, a las 10,00 horas, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas núm. 10 de este Juzgado, sito en Avda. de la Buhaira, núm. 26, 1.ª planta, Edificio Noga de Sevilla.

- Citar para conciliación a celebrar en la sede del Juzgado sito en la 5.ª planta de este mismo edificio a las 9,30 horas, para acreditación de las partes y de su representación procesal ante el Secretario Judicial, conforme lo dispuesto en el art. 89.7 de la Ley 36/2011, de RJS.

- El Secretario Judicial no estará presente en el acto de la vista, conforme al art. 89 de la LRJS.

- Citar a todas las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

Respecto a la prueba solicitada dése cuenta a S.S.ª para que resuelva lo procedente.

Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182 LEC.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

El Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones Estructuras Metálicas Arahal, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a dos de febrero de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.

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