Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 26/02/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Resolución de 20 de febrero de 2015, de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Cádiz, por la que se hace pública la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes a efectos de escolarización de los centros docentes que imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos.

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De conformidad con lo contemplado en el artículo 2 de la Orden de 8 de marzo de 2011 (BOJA de 14 de marzo), por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado para el primer ciclo de educación infantil en las escuelas infantiles de titularidad de la Junta de Andalucía y en las escuelas infantiles y centros de educación infantil de convenio, que establece que de acuerdo con el artículo 41.6 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por resolución de la persona titular de cada Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación, oído el correspondiente Consejo Escolar Provincial y, en su caso, los Consejos Escolares Municipales, se delimitarán las áreas de influencia en cada provincia, de acuerdo con el número de plazas escolares autorizado en cada centro educativo y la población de su entorno. Asimismo, se determinarán las áreas limítrofes a las anteriores. La Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Por todo ello, esta Delegación Territorial, oído el Consejo Escolar Provincial y, en su caso, los Consejos Escolares Municipales,

HA RESUELTO

Primero. Delimitar las áreas de influencia y limítrofes de los centros docentes que imparten el primer ciclo de educación infantil en las escuelas infantiles de titularidad de la Junta de Andalucía y en las escuelas infantiles y centros de educación infantil de convenio, que serán expuestas en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta la finalización del mes de mayo del presente año, a efectos de publicidad.

Segundo. Las áreas de influencia y limítrofes a las que se refiere esta Resolución estarán vigentes en los procedimientos de admisión de alumnado que se lleven a cabo a partir de la publicación de esta Resolución en tanto no se proceda a su modificación en la forma prevista en la normativa de aplicación.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la persona titular de esta Delegación Territorial, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 102.5 y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Cádiz, 20 de febrero de 2015.- La Delegada, Cristina Saucedo Baro.

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