Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 09/03/2015

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Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 3 de marzo de 2015, de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Almería, por el que se publica Requerimiento sobre aportación de documentación en materia de transportes.

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Requerimiento: Núm. 29/2015.

Interesada: Ferrallas Martín Miguel, S.L.

CIF número B04760450.

Domicilio: Plaza de la Iglesia, núm. 6.

04712 Balerma, El Ejido (Almería).

De conformidad con lo establecido en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE del 31 de julio), modificada por la Ley 9/2013, de 4 de julio, se le requiere para que comparezca el día 13 de abril 2015, a las 11,00 horas, por medio de persona que le represente ante la Inspección de Transportes de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio de Almería, sita en calle Hermanos Machado, núm. 4, 6.ª planta, debiendo aportar copia de la siguiente documentación:

- Fotocopias del permiso de circulación y de la ficha de características técnicas (anverso y reverso) en la que aparezca la inspección técnica de vehículos en vigor, de todos los vehículos dedicados al transporte de mercancías propiedad de la empresa.

- Fotocopias del Certificado de verificación de los tacógrafos utilizados en dichos vehículos, tarjeta de transporte de los mencionados vehículos y permiso de conducir de los conductores de dichos vehículos.

- Fotocopias del Impuesto de Actividades Económicas (o declaración censal) relativo a la actividad de la empresa y asimismo TC1 y TC2 abonado y relativo al mes de enero de 2015.

- Discos diagrama originales o CD conteniendo datos de tacógrafo digital en su caso, con extensión de ficheros TGD, correspondientes al mes de enero de 2015 de los vehículos de la empresa.

El incumplimiento de este requerimiento podrá ser considerado como obstrucción a la labor inspectora y falta muy grave o grave, según que se imposibilite o dificulte gravemente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tiene atribuidas la Inspección, sancionándose de acuerdo a lo establecido en el apartado 12 del artículo 140 o en el apartado 4 del artículo 141 de la Ley 16/1987, de Ordenación del Transporte Terrestre, respectivamente. Su infracción sería sancionada con multa de 4.001 a 6.000 euros (en el caso de consideración de falta de naturaleza muy grave) o con multa de 801 a 1.000 euros (en el caso de consideración de falta de naturaleza grave).

El Inspector de Transportes, Antonio González Jiménez.

Almería, 3 de marzo de 2015.- El Delegado, Joaquín Alberto Jiménez Segura.

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