Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 27/03/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 13 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 36.1/2015.

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Procedimiento: 666/2014.

Ejecución: 36.1/2015. Negociado: B3.

NIG: 2906744S20140009761.

De: Doña Isabel Peinado Ruiz.

Contra: Soluciones Operativas de Servicios, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 36.1/2015 a instancia de la parte actora doña Isabel Peinado Ruiz contra Soluciones Operativas de Servicios, S.L., sobre Ejecución, se ha dictado Auto de fecha 13.3.2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

S.S.ª Ilma. Dijo: Procede y así por este auto se dicta orden general de ejecución, así como despachar ¡a misma en los siguiente términos:

1. A favor de doña Isabel Peinado Ruiz, contra Soluciones Operativas de Servicios, S.L.

2. El principal de la ejecución es por 19.247,48 €, más la cantidad de 3.079,60 presupuestada para intereses y costas, lo que hace un total de 22.327,08 .

Notifíques e la presente resolución a las partes.

Contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiIes contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social número Siete de Malaga. Doy fe.

El/La Magistrado/Juez El/La Secretario/a

Y se ha dictado Decreto de fecha 13.3.2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 19.247,48 euros en concepto de principal, más la de 3.079,60 euros calculadas para intereses y gastos y no pudiéndose practicar diligencia de embargo al encontrarse la ejecutada en paradero desconocido requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de 10 días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo.

No teniéndose conocimiento de bienes del ejecutado y sin perjuicio de que la parte ejecutante señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo, consúltense las bases de datos de la A.E.A.T. y demás a las que tiene acceso este Juzgado, para ver si aparecen bienes cuya titularidad sea de la ejecutada. Asimismo, se acuerda consultar vida laboral de la empresa ejecutada en la página de la seguridad social a través del PNJ, para ver si esta se encuentra de en situación de baja o alta.

A la vista de la averiguación patrimonial practicada a través de la terminal de este Juzgado:

- Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el demandado Soluciones Operativas de Servicios, S.L., mantenga o pueda contratar con la/s entidad/es financieras adheridas al servicio de embargos telemáticos del Punto Neutro Judicial, hasta cubrir el principal y costas, a tal efecto dése la orden telemática a través del Punto Neutro Judicial.

- Se decreta el embargo de las cantidades pendientes de abonar a la ejecutada en concepto de facturaciones adeudadas a esta por los servicios prestados a las empresas relacionadas en el informe patrimonial que son Coviran S. Coop. And., Junta de Andalucía, Transportes y Mudanzas Cariño, S.A., La Opinión de Málaga, S.L., Estación de Servicio Airport Granada, S.L., Santamaría López, José Manuel, Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Sierra Nevada Papeles y Plásticos, S.L., Servicio Andaluz de Empleo, Fund. «Alejandro Otero» (Fibao), M.D.A. Archivos, S.L., Instituto de Formación y Estudios Soiciales y Ente Público And Infraestr. Serv. Educativo, quedando inmovilizadas y a disposición de este Juzgado, para lo cual habrá de ser transferidas a la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado.

- Se Decreta el embargo de las devoluciones que de la A.E.A.T. pueda resultar respecto de la ejecutada, a tal efecto dése la orden telemática a la que tiene acceso este Juzgado.

- Visto que la empresa ejecutada se encuentra de baja en la seguridad social desde el 4/02/2015, sin perjuicio de todo lo anterior, dése audiencia al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo, advirtiéndole que transcurrido dicho plazo sin manifestación alguna, se procederá, en su caso, a dictar el correspondiente Decreto de Insolvencía Provisional de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Mediante recurso directo de revisión a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Soluciones Operativas de Servicios, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a trece de marzo de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.

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