Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 31/03/2015

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Consejería de La Presidencia

Anuncio de 10 de marzo de 2015, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por el que se notifican resoluciones de expediente de reintegro relativas a procedimientos de concesión de subvenciones en materia de políticas migratorias.

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En virtud de lo previsto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica Resolución de procedimiento de reintegro a la entidad que a continuación se relaciona:

Expediente: P-29/2013. Entidad: Asociación Hispano-Senegalesa para la Paz y el Desarrollo. Proyecto: «Cursos de español y alfabetización digital». Localidad: Granada.

Acto que se notifica: Resolución de expediente de Reintegro de fecha 12.2.2015.

Importe a reintegrar: 2.667,85 €.

Las personas interesadas podrán comparecer, a efectos de conocimiento del contenido íntegro del acto y vista del expediente, en la Secretaría General Provincial de Justicia e Interior de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, en el plazo máximo de quince días contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

El reintegro deberá efectuarse en el siguiente plazo de ingreso voluntario, conforme al artículo 22.2.c) del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Contra la resolución de reintegro, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que emitió la resolución, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su notificación.

Granada, 10 de marzo de 2015.- La Delegada del Gobierno, Sandra García Martín.

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