Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 17/04/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia

Resolución de 13 de abril de 2015, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, por la que se hace público el Acuerdo de 6 de abril de 2015 del Jefe de Servicio de Consumo dependiente de esta Delegación, por la que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que se cita.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General.

Por cuando antecede, esta Delegación

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 6 de abril de 2015, del Jefe de Servicio de Consumo dependiente de esta Delegación del Gobierno, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que cita, cuyo texto figura como Anexo a la presente Resolución.

ANEXO QUE SE CITA

ACUERDO DE 6 DE ABRIL DE 2015, DEL JEFE DE SERVICIO DE CONSUMO DEPENDIENTE DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN SEVILLA, POR EL QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS MEDIANTE COTEJO EN EL PERSONAL FUNCIONARIO QUE SE CITA

La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común reconoce en su art. 35.c) el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de estos, salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento, y atribuye, en su artículo 46, a cada Administración Pública, la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

El artículo 22.2 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm 136, de 26 de octubre), establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos, mediante cotejo con el original, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados.

La Sección de Procedimientos e Informes del Servicio de Consumo se encuentra vacante en estos momentos, por lo que es necesario establecer los mecanismos necesarios para que esta función pueda realizarse.

Por todo ello,

ACUERDA

Primero. Delegar la competencia de expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, atribuidas al Departamento de Procedimientos e Informes, el cual se encuentra vacante, a tenor de lo dispuesto en el artículo 22 del Decreto 204/95, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, respecto de los documentos que sean tramitados en dicho Departamento, en el funcionario que desempeña el puesto de trabajo que a continuación se relaciona:

- Código 12236510 Administrativo.

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Sevilla, a 6 de abril del 2015. El Jefe de Servicio de Consumo: Antonio Ballesteros Bono.

Sevilla, 13 de abril de 2015.- El Delegado del Gobierno, Juan Carlos Raffo Camarillo.

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