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NIG: 1102042C20100003455.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 682/2010. Negociado: RJ.
De: Don Genaro Muñoz Benítez y María Bueno Fernández.
Procurador Sr.: Francisco Olmedo Gómez.
Contra Posibles herederos de doña Dolores Bueno Gil.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 682/2010 seguido a instancia de Genaro Muñoz Benítez y María Bueno Fernández frente a Posibles herederos de doña Dolores Bueno Gil se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA NÚM. 152/2011
En Jerez de la Frontera, a veintidós de septiembre de dos mil once.
La Sra. doña María Caridad Moreira Lanseros, Magistrado/Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal de reclamación de cantidad núm. 682/2010 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Genaro Muñoz Benítez con Procurador don Francisco Olmego Gómez y el Letrado don Pedro Pérez Rodríguez, y de otra como demandado Posibles herederos de doña Dolores Bueno Gil, rebeldes,
FALLO
Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por don Genaro Muñoz Benítez y doña María Bueno Fernández contra los posibles herederos de doña Dolores Bueno Gil, rebeldes, debo condenar y condeno a dichos demandados a que otorguen la escritura pública del contrato de compraventa de fecha 27 de julio de 1991, suscrito por Dolores Bueno Gil y los actores, Genaro Muñoz Benítez y María Bueno Fernández, respecto de la vivienda descrita en el fundamento primero de esta resolución, e inscrita en el Registro de la Propiedad de Jerez, tomo 815, folio 100, finca 4.020, inscripción primera, libro 39, sección 2, y con expresa imposición a los mismos de las costas causadas en esta instancia.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se preparará por escrito ante este Juzgado en termino de quinto día.
Y encontrándose dicho demandado, Posibles herederos de doña Dolores Bueno Gil, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Jerez de la Frontera, a cinco de septiembre de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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