Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 29/04/2015

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Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales

Acuerdo de 22 de abril de 2015, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Cádiz, para la notificación por edicto de la resolución de cese de tutela y autorización de traslado de menores para su puesta a disposición del Consulado de Francia en Sevilla.

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Acuerdo de la Delegada Territorial en Cádiz de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, por el que se ordena la notificación por edicto de resolución de cese de tutela y autorización de traslado de menores para su puesta a disposición del Consulado de Francia en Sevilla a doña Natacha Veronique Brizuela, al estar en ignorado paradero en el expediente incoado.

En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse notificación y no poderse practicar, podrá comparecer, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en Cádiz, Pza. Asdrúbal, 6, Edificio Junta de Andalucía, para la notificación del contenido íntegro de la resolución de 25 de febrero de 2015 en virtud de la cual se acuerda cesar la tutela que sobre los menores M.B. y D.B. ejercía esta entidad pública, que será asumida por entidad competente francesa, acordada por resolución adoptada por la Comisión Provincial de Medidas de Protección de fecha 16 de octubre de 2013, ratificada mediante acuerdo de 15 de enero de 2014, así como cesar los acogimientos familiares simples de urgencia constituidos por dichos acuerdos con familias ajenas seleccionadas al efecto. Autorizar el traslado de dichos menores a la República de Francia poniéndolos a disposición del Consulado de Francia en Sevilla para su repatriación y adopción de las medidas de protección que correspondan por las autoridades de ese país.

Contra la presente resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Cádiz por los trámites prevenidos en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 780.1.º de la citada Ley Procesal, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.

Cádiz, 22 de abril de 2015.- La Delegada, Míriam Alconchel Gonzaga.

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