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NIG: 2305542C20130001334.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 328/2013. Negociado:
De: Don Esteban Guiza Delfa.
Procurador: Sr. don Manuel José Aguilera Jiménez.
Contra: Don Dalmacio Megías Risoto.
EDICTo
En el presente procedimiento. Procedimiento Ordinario 328/2013, seguido a instancia de don Esteban Guiza Delfa frente a don Dalmacio Megías Risoto, se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA Núm. 18/2014
En Linares, a cinco de febrero de dos mil catorce.
Vistos y examinados los presentes autos núm. 328/13, de juicio ordinario, por doña Carmen de Torres Extremera, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Linares y su partido; seguidos a instancia de don Esteban Guiza Delfa, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Aguilera Jiménez y asistida del Letrado Sr. Rodrigo Arévalo, frente a don Dalmacio Megías Risoto, declarado en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Sr. Aguilera Jiménez, en nombre y representación de don Esteban Guiza Delfa, contra don Dalmacio Megías Risoto, y debo condenar al demandado a otorgar Escritura Pública de elevación a público del documento privado de compraventa de fecha 19 de febrero de 1998 a favor del actor, respecto de las dos fincas rústicas vendidas en los términos redactados en dicho documento, ante la Notaría de Linares, en el plazo de un mes a contar desde la firmeza de la presente resolución, con el apercibimiento para el caso de que en dicho plazo el demandado no hiciere dicho otorgamiento, proceder al otorgamiento de dicha escritura de oficio y a sus expensas, y en los mismos términos expuestos en el documento privado de compraventa y a favor del actor, y todo ello con expresa imposición de las costas a la parte demandada.
Y encontrándose dicho demandado don Dalmacio Megías Risoto, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
En Linares, a 19 de octubre de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.
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