Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 18/01/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia y Administración Local

Acuerdo de 1 de diciembre de 2015, del Consejo de Gobierno, por el que se otorga la concesión administrativa para la explotación de Emisora de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia de carácter municipal en la localidad de La Roda de Andalucía al Ayuntamiento de dicha localidad. (PD. 3090/2015).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00081997.

Por Decreto 174/2002, de 11 de junio, se regula el régimen de concesión por la Comunidad Autónoma de Andalucía de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia y la prestación del servicio por parte de los concesionarios.

La Orden de 10 de febrero de 2003, de la Consejería de la Presidencia, desarrolla el procedimiento de concesión de dichas emisoras a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El Real Decreto 964/2006, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia, establece las características técnicas de las emisoras correspondientes a las Corporaciones Locales.

Al amparo del régimen jurídico citado, por el Ayuntamiento de La Roda de Andalucía se ha solicitado la concesión de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter municipal, acompañada de la documentación exigida en el artículo 3 de la citada Orden de 10 de febrero de 2003.

Por la Consejería de la Presidencia y Administración Local se ha incorporado la reserva provisional de frecuencia y las restantes características técnicas que ha de cumplir la emisora, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 4 de la Orden citada.

A propuesta del Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de la Presidencia y Administración Local, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 1 de diciembre de 2015,

ACUERDO

Primero. Conceder al Ayuntamiento de La Roda de Andalucía la concesión administrativa para el funcionamiento de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, con las características técnicas que se indican en el Anexo al presente Acuerdo.

Segundo. El plazo de vigencia de la concesión es de diez años, a contar desde la notificación del acta de conformidad final, y podrá renovarse sucesivamente por períodos iguales, a petición del concesionario formulada con una antelación mínima de tres meses a la fecha de su vencimiento.

Tercero. El otorgamiento de la concesión, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se formalizará mediante la firma del correspondiente contrato administrativo de gestión de servicios públicos.

Cuarto. La frecuencia y características autorizadas a la emisora tienen el carácter de reserva provisional, hasta tanto no se aprueben definitivamente, en aplicación del procedimiento previsto en la normativa vigente.

Quinto. Corresponderá a la Consejería de la Presidencia y Administración Local la ejecución de los actos derivados del presente Acuerdo.

Contra el presente Acuerdo, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 1 de diciembre de 2015

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
MANUEL JIMÉNEZ BARRIOS

Vicepresidente de la Junta de Andalucía
y Consejero de la Presidencia y Administración Local

ANEXO

Provincia Localidad F MHz Longitud Latitud Cota HEFM P.R.A.H. P.R.A.V. P D
SEVILLA LA RODA DE ANDALUCÍA 107,4 004W4647 37N1157 418 103 25 25 M ND

Leyenda de las características técnicas:

F (MHz): Frecuencia de emisión, en megahercios.

Longitud: Longitud geográfica genérica del emplazamiento del transmisor (datum ETRS89).

Latitud: Latitud geográfica genérica del emplazamiento del transmisor (datum ETRS89).

Cota: Altitud genérica del emplazamiento del transmisor sobre el nivel del mar, en metros.

HEFM: Altura efectiva máxima de la antena sobre el nivel medio del terreno entre 3 y 15 km, en metros.

P.R.A.H.: Potencia radiada aparente máxima de la componente horizontal, en vatios.

P.R.A.V.: Potencia radiada aparente máxima de la componente vertical, en vatios.

P: Polarización de la emisión; horizontal (H), vertical (V), mixta (M).

D: Diagrama de radiación de la antena en el plano horizontal; directiva (D), no directiva (ND).

Descargar PDF