Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00091974.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJAP y del PAC, e intentada sin efecto la notificación en el domicilio que consta en el expediente, por el presente anuncio se notifica los siguientes Laudos a los interesados indicados a continuación.
Dichos Laudos, se encuentran a su disposición en la sede de la Junta Arbitral del Transporte, de la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda, sita en Avda. Joaquina Eguaras, núm. 2, 4.ª planta, de Granada, en donde podrán comparecer en el plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado Laudo y constancia de tal conocimiento. En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado, se le dará por notificado en el día de la publicación del presente anuncio.
Expediente: JAT/GR-753/2015.
Interesada/reclamada: Adri Cami, S.R. L. CIF: N-0661457-B.
Domicilio: C/ Rafael Alonso, 4, 1.º pta. 4.
Municipio: 04745 La Mojonera (Almería).
Reclamante: Plus Ultra Seguros Generales y Vida, S.A. CIF: BGDN017580.
Extracto del Laudo: Por el que se condena a la interesada/reclamada a abonar a la reclamante la cantidad de 30,197,36 €, más los intereses de demora, por los daños y pérdidas ocasionados en la mercancía transportada.
Expediente: JAT/GR- 810/2015.
Interesada/reclamada: Pasión Granatensis.
Domicilio: C/ Coches de San Matías, 1, bajo.
Municipio: 18009 Granada.
Reclamante: Efecta Servicios de Mensajería, S.L. CIF: B-18051755.
Extracto del Laudo: Por el que se condena a la interesada/reclamada a abonar a la reclamante la cantidad de 188,36 €, más los intereses de demora, por unos portes realizados por la reclamante y no abonados por la reclamada.
Expediente: JAT/GR-813/2015.
Interesada/reclamada: Granaforma, S.L. CIF: B-18657080.
Domicilio: C/ Arabial, 46, bajo.
Municipio: 18004 Granada.
Reclamante: Efecta Servicios de Mensajería, S.L. CIF: B-18051755 .
Extracto del Laudo: Se desestima la reclamación interpuesta por la reclamante por encontrarse en concurso de acreedores la reclamada, de acuerdo con lo estipulado en el art. 52.1 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Transcurridos veinte días desde la notificación de estos Laudos a las partes, podrá instarse su ejecución forzosa ante el Juzgado de Primera Instancia de Granada, conforme establecen los artículos 44 y 45 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y 548 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Contra estos Laudos puede ejercitarse la acción de anulación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de los dos meses siguientes a su notificación, de acuerdo con los previsto en los artículos 8.5 y 40 a 43, ambos inclusive, de la Ley de Arbitraje.
Con independencia de lo anterior, dentro de los diez días siguientes al de la notificación del Laudo, podrá solicitarse a esta Junta Arbitral su corrección, aclaración o complemento, de acuerdo con el artículo 39 de la citada Ley de Arbitraje. El Presidente de la Junta Arbitral de Granada, don Juan Cobo Martínez.
Granada, 20 de mayo de 2016.- La Delegada, María Eulalia Fernández Bermejo.
«La presente notificación se realiza al amparo de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJAP y del PAC, y con carácter previo a la preceptiva publicación en el BOE, que será determinante a los efectos de su notificación.»
Descargar PDF