Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 03/06/2016

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Acuerdo de 19 de abril de 2016, del Consorcio para la Gestión del Ciclo Integral de Agua de Uso Urbano en el Poniente Almeriense, por el que se da publicidad a la modificación de los arts. 1 y 31.1 de los Estatutos del Consorcio, para su adaptación a la Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local aprobado por la Junta General de 26 de marzo de 2015. (PP. 893/2016).

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La Junta General del Consorcio para la Gestión del Ciclo Integral del Agua de Uso Urbano en el Poniente Almeriense, en sesión extraordinaria celebrada el día 26 de marzo de 2015 adoptó, entre otros, el Acuerdo de Modificación de los Estatutos del Consorcio para su adaptación a la Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. Se modifican los artículos 1 y 31.1 de los citados Estatutos. Habiendo estado expuesto al público durante 30 días tras el edicto insertado en el BOP de Almería núm. 64, de 6 de abril de 2015, y no habiéndose presentado alegación alguna, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que surta efectos, quedando del siguiente tenor literal:

«Artículo 1. Denominación, sede, integrantes y adscripción.

1. La Excma. Diputación Provincial de Almería, y los Ayuntamientos de Adra, Enix, El Ejido, Felix, Vícar, La Mojonera, Roquetas de Mar, Dalías y la Entidad Local Autónoma de Balanegra, de conformidad con lo establecido en los artículos 81 y 82 de la Ley 29/85, de 2 de agosto, de Aguas, artículo 14 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía, artículo 87 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículos 12 y ss. de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y demás medidas de reforma administrativa, y 78 y siguientes de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía constituyen el denominado “Consorcio para la Gestión del Ciclo Integral del Agua del Uso Urbano en el Poniente Almeriense” (en adelante Consorcio) al objeto de procurar un uso eficiente, eficaz, sostenible y regular de los servicios urbanos del agua y la protección del medio ambiente.

El Consorcio tendrá su domicilio en la sede la Corporación local donde radique la Presidencia del mismo.

2. El Consorcio asume las competencias asignadas por la legislación autonómica a los entes supramunicipales del agua en los términos que se recogen en los presentes Estatutos.

3. El Consorcio estará adscrito en cada ejercicio presupuestario a la entidad que, en referencia al inicio del año, disponga de mayoría de votos en la Junta General.

En el último trimestre del año, se determinará por la Junta General el número de votos que corresponda en la misma a cada una de las entidades consorciadas, para el ejercicio siguiente, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 6.º de los presentes Estatutos.

Artículo 31. La separación del Consorcio.

1. La solicitud de separación voluntaria de un integrante del Consorcio deberá ejercitarse mediante escrito notificado al máximo órgano de gobierno del Consorcio. En el escrito deberá hacerse constar el incumplimiento que motiva la separación, la formulación de requerimiento previo de su cumplimiento y el transcurso del plazo otorgado para cumplir tras el requerimiento, aprobarse por la mayoría absoluta del Pleno del ente local que pretende separarse, o a través del órgano competente si no se tratara de una entidad local.

Junto a la solicitud de separación, previa consulta al Consorcio, la entidad deberá proceder a la liquidación de las deudas que se mantengan con aquél, al abono de la parte del pasivo que, en ese momento, le sea proporcionalmente imputable y al pago de los gastos que se deriven de la separación determinándose así la cuota de separación que en todo caso seguirá las reglas establecidas en el art. 13 de la Ley 15/2014.

Cumplidos los requisitos anteriores, la Junta General del Consorcio aprobará la separación.»

Lo que se hace público para su general conocimiento.

Roquetas de Mar, 19 de abril de 2016.- El Secretario, Guillermo Lago Núñez.

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