Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 06/06/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 25 de mayo de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos núm. 458/2011.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 458/2011. Negociado: 5.

NIG: 4109144S20110005528.

De: Fundación Laboral de la Construcción.

Contra: Estudios Proyectos y Obras Revial, S.L.

EDICTO

El Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.

Hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 458/2011, sobre Procedimiento Ordinario, a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra Estudios Proyectos y Obras Revial, S.L., en la que con fecha 20.3.12 se ha dictado Sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:

FALLO

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la Fundación Laboral de la Construcción contra la Empresa Estudios Proyectos y Obras Revial, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la suma de trescientos setenta y cuatro euros con dieciséis céntimos (374,16 €).

Notifíquese la presente resolución a los partes, previniéndolas de que la misma es firme y haciéndoles saber que contra ella no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Así por esta mi sentencia firmemente juzgando en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Lo inserto concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que conste expido el presente en Sevilla, a veinte de marzo de dos mil doce.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el Magistrado-Juez que la dictó, estando celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha, ante mí. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a Estudios Proyectos y Obras Revial, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla, a veinticinco de mayo de dos mil dieciséis.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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