Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 09/06/2016

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Anuncios 6 de junio de 2016, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz, sobre notificación de actos administrativos en expedientes sancionadores.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00092780.

Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación. Significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n. 3.ª planta. Edificio Junta de Andalucía. Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.

- Acuerdo de incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del expte.

- Propuesta de Resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.

- Resolución: 1 mes, recurso de alzada ante la Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

1.- Expte.- CA/2005/655/AGMA/ENP. CARLOS DAZA SEDEÑO. TARIFA (CÁDIZ). IMPOSICIÓN DE UNA 6ª MULTA COERCITIVA. Realizar cuatro explanaciones de las siguientes extensión: 1ª de 15,60m X 53,60M , y un camino accesorio de 53m X 2,5m; 2ª de 14m X 24m sin camino; 3ª de 25,40m X 13,50m y dos caminos de acceso, uno de 41,40m y otro de 39,90m; 4ª de 24,10m X 19,50m y un camino de 68m X 2,5m; en el paraje conocido como “Cañada Matamoro”, en el Parque Natural del Estrecho, en el T.M. de Tarifa (Cádiz). ACUERDO: Imponer una sexta segunda multa coercitiva , en la cuantía de 601,01 euros, como consecuencia del incumplimiento de la obligación de restitución del terreno a su estado originarios según Plan Técnico que al efecto habrá que elaborarse.

2.- Expte.- CA/2005/661/AGMA/ENP. CARLOS DAZA SEDEÑO. TARIFA (CÁDIZ). IMPOSICIÓN DE UNA 6ª MULTA COERCITIVA. Ejecución de cuatro caminos sin someterlos al previo y preceptivo procedimiento de informe ambiental; en el paraje conocido como “Cañada Matamoro”, en el Parque Natural del Estrecho, en el T.M. de Tarifa (Cádiz). ACUERDO: Imponer una sexta segunda multa coercitiva , en la cuantía de 3.000 euros, como consecuencia del incumplimiento de la obligación de restitución del terreno a su estado anterior.

3.- Expte.- CA/2015/560/GC/ENP. MAURICE JHON RAMAGE. LOS BARRIOS (CÁDIZ). RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Roturación y recebado parcial a base de tierra (albero) sobre camino de unos 150m de longitud y unos 3m de ancho en Espacio Natural Protegido y sin autorización, en el paraje conocido como “La Boyal”, en el Espacio Protegido (Los Alcornocales), en el T.M. de Castellar de la Frontera (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 26.1.i) de la Ley de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como LEVE y sancionable según Artº 26.1.i) y 27.1.a) del mismo texto legal. RESOLUCIÓN: Sanción de Multa Pecuniaria: 200 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Instar la preceptiva autorización y estar a sus determinaciones.

4.- Expte.- CA/2015/781/AGMA/ENP. GADES GESTIÓN INFRAESTRUCTURAS S.L. . BARBATE (CÁDIZ). RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Afección al cerramiento propio del Parque Natural. Se ha realizado una zanja a lo largo de 33m en terrenos colindantes con el Espacio Natural Protegido, ocasionando el derribo de hincos y la rotura del alambre de espino que sirve para delimitar el Monte Público Dunas de Barbate, en el paraje conocido como “Polígono 2, Parcela 105, linde junto a Camping Camaleón”, en el Espacio Protegido (La Breña y Las Marismas de Barbate), en el T.M. de Barbate (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 26.2.f) de la Ley de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como GRAVE y sancionable según Artº 26.2.f) y 27.1.b) del mismo texto legal. RESOLUCIÓN: Sanción de Multa Pecuniaria: 3,000 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Instalación de hincos y alambrada de la linde derribado; en cuanto a la zanja realizada, restitución del terreno a su estado anterior, salvo obtención de autorización.

5.- Expte.- CA/2015/963/PA/FOR. ANDRÉS TIZÓN LÓPEZ. CHICLANA DE LA FRONTERA (CÁDIZ). RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Acopio de piñas sin autorización y fuera del período hábil para su recolección. Piña estimada 12,000kg. Tras localizar al propietario de terreno y realizada una nueva inspección, se constata que no existe piñas en lugar. No acredita su procedencia ni el lugar en el que han sido trasladadas. Los cuales tuvieron lugar en el paraje conocido como “Polígono 32, Parcela 127, Pago El Almendral (Callejón de Caras, 23)”, en el T.M. de Chiclana de la Frontera (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 77.9 de la Ley Forestal de Andalucía. Calificada como GRAVE y sancionable según Artº 80.3 y 86.b) del mismo texto legal. RESOLUCIÓN: Sanción de Multa Pecuniaria: 6.010,12 Euros.

6.- Expte.- CA/2015/1072/AGMA/ENP. DIETER JURGEN JUST. ALGODONALES (CÁDIZ). RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Instalación de contenedor metálico de dimensiones 6m de largo por 2m de ancho por 2,5m de alto. Abandono de vehículo tipo furgoneta. Ubicación de furgón Iveco habilitado como vivienda. En el paraje conocido como “Matamoros”, en el Espacio Protegido (Estrecho), en el T.M. de Tarfia (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 26.1.i) de la Ley de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como GRAVE y sancionable según Artº 26.1.i) y 27.1.b) del mismo texto legal. Infracción tipificada en el Artº 26.1.h) de la Ley de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como LEVE y sancionable según Artº 26.1.h) y 27.1.a) del mismo texto legal. RESOLUCIÓN: Sanción de Multa Pecuniaria: 1.000 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Retirada de las instalaciones y vehículos.

7.- Expte.- CA/2015/1171/AGMA/PA/AGUAS. VIESGO GENERACIÓN S.A. . SAN ROQUE (CÁDIZ). RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Constatación de un elevado grado de un parámetro no autorizado en la Autorización Ambiental AAI/CA/003 referente al vertido V3 de la Central Térmica de Ciclo Combinado de la Bahía de Algeciras (Cádiz). RESOLUCIÓN: Estimar las alegaciones realizadas por la entidad VIESGO GENERACIÓN S.A. como presunta responsable de la infracción descrita en el cuerpo de los antecedentes de esta Resolución y, consecuentemente, sobreseer el presente procedimiento por los motivos que queda expuestos en la Fundamentación Jurídica de esta Resolución.

8.- Expte.- CA/2016/19/OF/FOR. SERRERÍA ENRIQUE S.L. . PUERTO REAL (CÁDIZ). PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. Incumplimiento se las condiciones técnicas particulares de la autorización para el aprovechamiento de madera en pie [Expte 1102/2014/LREGLOCAL (AMP/150/14)], y en particular, abandono de residuos forestales (copas) en el cauce de un arroyo que limita con la superficie cortada. No se ha restaurado a su estado original el cauce del citado arroyo, que fue cargado con tierra de forma provisional para permitir el paso de la maquinaria de desembosque. Acumulación de depósitos de productos (astillas) y de residuos forestales sin retirar o eliminar en cargadero; el emplazamiento del cargadero forma parte de un cortafuegos existente en el linde los Montes Cuevas del Hospital y Cuarrete. Ello supone contravenir principalmente lo previsto en apartados 5.11 y 5.14 del Pliego de Condiciones Técnicas Particulares. La afección al cortafuegos supones una vulneración del Artº 21.2.a) del Reglamento de Prevención y Lucha Contra Incendios Forestales; los cuales tuvieron lugar en el paraje conocido como “Monte Público Cuevas del Hospital”, en el Espacio Protegido (Los Alcornocales), en el T.M. de Los Barrios (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 77.6 de la Ley Forestal de Andalucía. Calificada como LEVE y sancionable según Artº 80.4 y 86.a) del mismo texto legal. Infracción tipificada en el Artº 64.9 de la Ley de Prevención y Lucha Contra Incendios Forestales. Calificada como LEVE y sancionable según Artº 68 y 73.1.a) del mismo texto legal. PROPUESTA: Sanción de Multa Pecuniaria:600 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Restauración del cauce del arroyo mediante la extracción de tierra y perfilado de la sección, donde sea necesario. Eliminación de los resiuos forestales en la época adecuada para ello por medio de los métodos habituales (quema, astillado, etc). Transporte de los acopios de astillas aún presentes fuera del monte o bien, si se tiene en cuenta que se ha iniciado ya el proceso de pudrición, su eliminación mediante quema o esparcimiento sobre el terreno, de modo que quede expedito el cortafuegos.

9.- Expte.- CA/2016/19/GC/PA. ANTONIO JAVIER FERNÁNDEZ NÚÑEZ. EL PUERTO DE SANTA MARÍA (CÁDIZ). RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Eliminación incontrolada de residuos (plásticos), en el paraje conocido como “Parcela 12 (El Barranco)”, en el T.M. de El Puerto de Santa María (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 147.1.d) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad ambiental. Calificada como GRAVE y sancionable según Artº 147.1.d) y 147.2 del mismo texto legal. RESOLUCIÓN: Sanción de Multa Pecuniaria: 800 Euros.

10.- Expte.- CA/2016/307/GC/ENP. JOSÉ LUIS GARCÍA MARZO . GINES (SEVILLA). ACUERDO DE INICIACIÓN DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y FORMULACIÓN DE CARGOS. Estacionar el vehículo matrícula SE-5737-BH en el interior del Parque Natural del Estrecho entre el ocaso y la salida del sol, encontrándose sus ocupantes alrededor de un fuego junto al vehículo, así como enseres de acampada fuera del vehículo (sillas, mesas, comidas), en las inmediaciones del paraje conocido como “Tapia”, en el Espacio Protegido (Estrecho), sito en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 26.1.a) de la Ley de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como LEVE y sancionable según Artº 26.1.a) y 27.1.a) del mismo texto legal. Infracción tipificada en el Artº 26.1.b) de la Ley de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como LEVE y sancionable según Artº 26.1.b) y 27.1.a) del mismo texto legal. Infracción tipificada en el Artº 26.1.i) de la Ley de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como LEVE y sancionable según Artº 26.1.i) y 27.1.a) del mismo texto legal. ACUERDO: Multa: 300 Euros.

11.- Expte.- CA/2016/310/AGMA/ENP. ALBERTO TORRES GIL. JERICA (CASTELLÓN). ACUERDO DE INICIACIÓN DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y FORMULACIÓN DE CARGOS. Transitar por el Área de Reserva (Zona A) del Parque Natural Sierra de Grazalema fuera del sendero habilitado , habiendo abandonado el sendero de uso público señalizado “El Pinsapar”, incumpliendo, por tanto, el punto 2 del condicionador específico de la autorización, el cual establece que “esta prohibido abandonar el sendero de uso público señalizado”, en el paraje conocido como “El Cañuelo”, en el Espacio Protegido (Sierra de Grazalema), sito en el T.M. de Grazalema (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 26.1.c) de la Ley de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como LEVE y sancionable según Artº 26.1.c) y 27.1.a) del mismo texto legal. ACUERDO: Multa: 100 Euros.

12.- Expte.- CA/2016/319/GC/PA. JESÚS MORENO HERRERA. CHICLANA DE LA FRONTERA (CÁDIZ). ACUERDO DE INICIACIÓN DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y FORMULACIÓN DE CARGOS. Vertido incontrolado de residuos no peligrosos (restos de palets, plásticos, cartón, otros envases, etc), en el paraje conocido como “entrada Cantera Puerta de Hierro (Barrio Nuevo)”, en el T.M. de Conil de la Frontera (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 147.1.d) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como GRAVE y sancionable según Artº 147.1.d) y 147.2 del mismo texto legal. ACUERDO: Multa: 1.000 Euros.

13.- Expte.- CA/2016/334/VC/COS. MANUEL GUERRERO PAREJO. LOS BARRIOS (CÁDIZ). ACUERDO DE INICIACIÓN DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y FORMULACIÓN DE CARGOS. Ampliación de volumen de vivienda mediante ejecución de obra con techo a dos aguas en Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre sin autorización, en el paraje conocido como “Deslinde DL-112, entre los hitos M-48 y M-50 (Urbanización Guadacorte)”,en el T.M. de Los Barrios (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 90.2.g) de la Ley de Costas. Sancionable con multa del 25% del valor le las obras e instalaciones denunciadas, según Artº 97-1.c) del mismo texto legal. ACUERDO: Multa: 25% del valor de las obras ejecutadas. Otras Obligaciones No Pecuniarias: Demolición de lo ilícitamente construido.

Cádiz, 6 de junio de 2016.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.

Descargar PDF