Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 16/06/2016

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 16 de mayo de 2016, de la Secretaría General de Vivienda, por el que se notifica documento de ingreso de sanción que se cita.

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Intentada sin efecto la notificación del documento de ingreso del modelo 048, a doña M.ª Luisa Pérez Durán, conforme a la Resolución de procedimiento sancionador SAN/11/14/007 de la Secretaría General de Vivienda de fecha 21 de julio de 2015, por infracción cometida en materia de vivienda protegida, se considera procedente efectuar dicha notificación a través de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo establecido en los arts. 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será determinante a los efectos de notificación.

Por ello, se publica el presente anuncio, haciéndole saber a la interesada que puede comparecer en esta Consejería de Fomento y Vivienda a efectos del conocimiento íntegro del acto, significando que dicho pago podrá realizarse, en período voluntario, en los siguientes plazos, conforme a lo establecido en el artículo 22.2.c) del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía:

1.º Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

2.º Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

De no hacerse efectiva, una vez firme en vía administrativa la resolución, y transcurrido el plazo de pago voluntario, sin ingresar el importe de la sanción, se procederá a su cobro por la vía de apremio, con la liquidación de los recargos e intereses fijados legalmente, según lo previsto en el artículo 97 de la citada Ley 30/1992, sirviendo el presente anuncio de previo apercibimiento a los efectos de lo previsto por el artículo 95 de la misma norma.

El pago de la sanción podrá efectuarse en cualquiera de las Entidades Financieras que tienen la consideración de entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Comunidad Autónoma de Andalucía, debiendo remitir copia del ejemplar 048 para la Administración a la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de Cádiz, sita Plaza Asdrúbal, s/n, Edificio Junta de Andalucía, 11008 Cádiz, a los efectos de su constancia y efectos.

Sevilla, 16 de mayo de 2016.- La Secretaria General, Catalina Madueño Magdaleno.

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