Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00093402.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación María Isabel Rodríguez Peñalver de Nuestra Señora del Carmen de Prado del Rey, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Los días 18.12.2014 y 12.1.2016 tuvieron entrada en la Consejería de Justicia e Interior escritos de la Fundación, por los que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato.
Segundo. Al expediente se ha aportado la siguiente documentación: Escritura pública otorgada el 12.12.2014 ante la Notario doña Celia María Aranda Blázquez, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 633 de su protocolo, y escritura de subsanación de la anterior, otorgada el 31.12.2015 ante la Notario doña Raquel Moreno Moreno, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 1.590 de su protocolo.
Segundo. La modificación estatutaria afecta a los artículos 10 y 14, que hacen referencia a la composición y organización del Patronato.
Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de 28.11.2014, relativo a la modificación de estatutos, con mención expresa sobre la ausencia de prohibición por parte de la persona fundadora para proceder a la modificación de estatutos acordada por el Patronato.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Segundo. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y el 37 del Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 b) y n) del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, deberán inscribirse en dicho Registro la modificación o nueva redacción de los estatutos de la Fundación, así como todos los actos que estén sujetos a comunicación del Protectorado.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo con el artículo 8.4 del Decreto 214/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior,
RESUELVE
Primero. Inscribir la modificación de estatutos de la Fundación María Isabel Rodríguez Peñalver de Nuestra Señora del Carmen de Prado del Rey en el Registro de Fundaciones de Andalucía, formalizados en escritura pública otorgada el 12.12.2014, ante la Notario doña Celia María Aranda Blázquez, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 633 de su protocolo, y en la escritura de subsanación de la anterior, otorgada el 31.12.2015 ante la Notario doña Raquel Moreno Moreno, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 1.590 de su protocolo.
Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a la Fundación y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante el Consejero de Justicia e Interior.
Sevilla, 23 de mayo de 2016.- La Directora General, Carmen Belinchón Sánchez.
Descargar PDF