Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 30/06/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 5 de abril de 2016, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Purchena, dimanante de autos núm. 1005/2013. (PP. 959/2016).

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NIG: 0407641C20131000843.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1005/2013. Negociado: C4.

Sobre: Juicio Ordinario.

De: Doña María del Pilar López Marín y doña Pilar López Marín.

Procuradora: Sra. Francisca Cervantes Alarcón.

Contra: Sociedad Batlles Hermanos, José Batlles García e ignorados.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1005/2013 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 26/2015

En Purchena, a once de febrero de dos mil quince.

Vistos por don Luis Rodríguez Casero, Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Purchena (Almería), los autos correspondientes al Procedimiento de juicio ordinario 1005/2013, promovido por la representación procesal de la parte demandante doña María del Pilar López Marín y doña Pilar López Marín frente a la parte demandada la Sociedad Batlles Hermanos, don José Batlles García y contra la Herencia yacente e ignorados herederos de don José Batlles García, sin oposición de la parte demandada por lo que se declaró su situación de rebeldía procesal.

En el Procedimiento Ordinario 1005/2013, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Purchena (Almería), se ha dictado sentencia de fecha once de febrero de 2015, que se notifica mediante el presente edicto a los demandados, declarados en rebeldía.

Se hace saber a los demandados que en el Juzgado reseñado puede tener conocimiento íntegro de la sentencia dictada, quedando ésta a su disposición en la Oficina Judicial, así como que si a su derecho conviene contra ella cabe la interposición de recurso de apelación en el plazo de 20 días ante la Ilustrísima Audiencia Provincial, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución.

Para la admisión del recurso es requisito necesario la constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, conforme a lo previsto en la disposición adicional 15 de la Ley Orgánica 1/2009, salvo casos de reconocimiento de derecho de asistencia jurídica gratuita.

El contenido de este edicto se ajusta a lo dispuesto en la Instrucción 6/12 de la Secretaría General de la Administración de Justicia.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandado Sociedad Batlles Hermanos, José Batlles García e ignorados herederos, en paradero desconocido, extiendo y firmo la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Purchena, a cinco de abril de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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