Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 08/07/2016

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Consejería de Salud

Anuncio de 4 de julio de 2016, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, por el que se notifica a los interesados la incoación de expediente de declaración de cese definitivo de actividad y extinción de autorización sanitaria del establecimiento alimentario que se cita.

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Acuerdo inicio expediente de baja en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.

Primero. El establecimiento con domicilio en Vereda de Sevilla, s/n, de Carmona (Sevilla) y titular José Roldán Morillo, S.L., consta autorizado para las actividades de centro de embalaje de huevos y distribución de huevos de «Gallus gallus», e inscrito en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) con el asiento 14.02660/SE, para dichas actividades.

Segundo. Con fecha 21.12.2015 ha sido constatado por los servicios de inspección que dicha empresa no realiza actividad en el citado domicilio industrial desde hace más de dos años.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El artículo 8 del Decreto 61/2012, de 13 de marzo, sobre autorización sanitaria de empresas y establecimientos alimentarios (BOJA núm. 60, de 27.3.2013), dispone que dicha autorización quedará extinguida cuando se constate el cese definitivo de la actividad por la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía, siendo declarada por el mismo órgano que ostenta la competencia para su autorización y procediendo en tal caso su asiento en el RGSEAA y la consecuente cancelación de la correspondiente inscripción, de acuerdo con el artículo 5, del Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre RGSEAA (BOE núm. 57, de 8.3.2011).

Vistos los antecedentes y fundamentos expuestos y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7 del referido Decreto 61/2012, de 13 de marzo, esta Delegación Territorial

ACUERDA

Poner de manifiesto a los interesados la falta de actividad alimentaria en el establecimiento referido en los antecedentes y conceder un plazo de diez días para que presenten las alegaciones que consideren en defensa de sus intereses, haciendo constar que transcurrido dicho plazo sin que estas sean presentadas, será declarado el cese definitivo de la actividad implicada y la extinción de su autorización sanitaria y remitida dicha declaración para su asiento en el RGSEAA, con la consecuente cancelación de las correspondientes inscripciones registrales.

Sevilla, 4 de julio de 2016.- La Delegada, M.ª Ángeles Fernández Ferreiro.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJAP y PAC y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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