Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 18/07/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 5 de julio de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 134.1/2015.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 134.1/2015. Negociado: C3.

NIG: 2906744S20150002590.

De: Don Francisco García Lozano y don Ezequiel Horrillo Mendieta.

Abogado: Doña Margarita Conejo Reina.

Contra: Doña María Pilar Moya Ponce de León.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el núm. 134.1/2015 a instancia de Francisco García Lozano y Ezequiel Horrillo Mendieta contra M.ª Pilar Moya Ponce de León, sobre ejecución de título judicial, se han dictado Decretos en fechas 11.4, 31.5 y 17.6 de 2016, cuyas partes dispositivas son de los tenores literales siguientes:

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO

Se acuerda la subasta del vehículo embargado en la presente ejecución con matrícula MA7349CD, con un valor de 1.500 €.

Una vez firme el presente decreto, se acordará el anuncio de la subasta en los términos del art. 645 de la LECivil.

Notifíquese la presente resolución a las partes y en especial a la parte demandada-ejecutada, sirviendo, en caso, el anuncio en el Boletín Oficial del Estado de notificación al ejecutado no personado, haciéndole saber que en cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación, podrá liberar sus bienes, pagando principal, intereses y costas.

Modo de impugnación: Mediante recurso directo de revisión a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Para recurrir en revisión deberá antes acreditarse consignación de depósito de 25 €, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco Santander núm. 2955000064013415, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Revisión de resoluciones», de conformidad con el apartado 5.º de la disposición adicional 15.ª de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia se hará en la cuenta del Santander 0049 3569 92 3005001274, debiendo indicar el beneficiario. Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos dígitos (separados por un espacio) el código «31» y «Revisión de resoluciones».

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO

1. Aprobar el remate de los bienes embargados descritos en el antecedente de hecho primero de esta resolución a favor de don Daniel González Ocaña, con DNI 25717139B, por la suma de 750,01 €.

2. Requerirle para que en el plazo de diez días consigne la diferencia entre lo depositado para tomar parte en la subasta y el precio del remate (675,01 €), apercibiéndole que de no verificarlo perderá la cantidad depositada la cual podrá ser aplicada a los fines de la ejecución.

3. Consignada la totalidad del precio, conforme al propio artículo 650.6 díctese oportuno decreto de adjudicación.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).

Para la admisión del recurso deberá antes acreditarse constitución de depósito de 25 €, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco Santander núm. 2955000064013415, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con la disposición adicional 15.ª de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia se hará en la cuenta del Santander 0049 3569 92 3005001274, debiendo indicar el beneficiario. Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Reposición».

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO

1. Adjudicar los bienes embargados descritos en el antecedente de hecho primero de esta resolución a favor de don Daniel González Ocaña, con DNI 25717139B, y domicilio en C/ Otero 19-4-4-8, Ceuta, C.P. 51002, por el precio de 750,01 €.

2. Una vez firme esta resolución, expedir testimonio de la misma que le servirá de título bastante para poner los bienes a disposición del adjudicatario y en consecuencia como requerimiento al adjudicatario para la entrega del bien al adjudicatario. Así como para liquidar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

3. A instancia del adquirente, expedir, en su caso, mandamiento de cancelación de la notación o inscripción del gravamen que haya originado el remate o la adjudicación.

4. Finalmente y asimismo una vez firme la presente resolución expedir mandamiento de devolución a favor de la parte ejecutante por importe de 750,01 € reduciéndose el principal a la cantidad de 11.742,29 .

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse en el plazo de cinco días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido (art. 188 LRJS). El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y, deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el depósito para recurrir de veinticinco euros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones núm. del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/La letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado María Pilar Moya Ponce de León, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a cinco de julio de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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