Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 27/07/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 21 de junio de 2016, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan tarifas de auto taxis en el municipio de Motril (Granada). (PP. 1569/2016).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.3 del Decreto 206/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de auto taxis del municipio de Motril que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas, IVA incluido

Uno. Servicio diurno, de lunes a viernes de 7,00 h a 22,00 h.

Carrera mínima 4,50 euros

Bajada de bandera 1,70 euros

Kilómetro recorrido 0,95 euros

Hora de espera 18,00 euros

Dos. Sábados, domingos y festivos día completo y noches del resto de días de 22,00 h a 7,00 h.

Carrera mínima 5,00 euros

Bajada de bandera incremento de un 20% de la tarifa 1

Kilómetro recorrido incremento de un 20% de la tarifa 1

Hora de espera incremento de un 20% de la tarifa 1

Tres. Servicio especial en días de feria, nochebuena y nochevieja de 22,00 h a 7,00 h.

Carrera mínima 6,00 euros

Bajada de bandera incremento de un 25% de la tarifa 2

Kilómetro recorrido incremento de un 25% de la tarifa 2

Hora de espera incremento de un 25% de la tarifa 2

Suplementos:

- Carga de maletero, cualquiera que sea el número de artículos 0,50 euros

- Subida en la estación de autobuses y Puerto Marítimo 1,00 euro

En los servicios previamente concertados mediante llamada telefónica o similar se fija una tarifa máxima a la recogida de pasajero de:

- En el núcleo principal de Motril 3,00 euros

- En el resto de anejos del municipio 5,00 euros

Segundo. Esta Resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente, por los profesionales del sector, a los usuarios del servicio hasta tanto no se publique en el citado Boletín, exhibiéndola en lugar visible del vehículo.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Hacienda de esta Consejería, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de junio de 2016.- La Directora General, Ana María Campos Montero.

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