Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 27/07/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 13 de julio de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos núm. 259/2014.

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Procedimiento: Despido Objetivo Individual 259/2014. Negociado: 3.

NIG: 4109144S20140002778.

De: Don Marcial Rodríguez García.

Contra: Agrícola Juan Rojas, S.L.

EDICTO

Don Alejandro Cuadra García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 259/2014 a instancia de la parte actora don Marcial Rodríguez García contra Agrícola Juan Rojas, S.L., sobre Despido Objetivo Individual, se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Rectifico la Sentencia núm. 301/2015 de fecha 24.7.2015, en su fallo, debiendo decir:

Donde dice «indemnice en la cantidad de veintisiete mil ciento catorce euros con dos céntimos (127.114,02 euros)», debe decir «indemnice en la cantidad de veintisiete mil ciento catorce euros con dos céntimos (27.114,02 euros)».

Igualmente, donde dice «I. No ha lugar a pronunciamiento alguno, por ahora, respecto del Fogasa», debe decir «III. No ha lugar a pronunciamiento alguno, por ahora, respecto del Fogasa».

Notífiquese la presente resolución.

Contra este auto no cabe interponer recurso alguno distinto al que en su caso pudiera interponerse frente a la resolución modificada.

Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sra. doña María de las Nieves Rico Márquez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla.

El/La Magistrado-Juez

Y para que sirva de notificación al demandado, Agrícola Juan Rojas, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a trece de julio de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal)».

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