Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 11/08/2016

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Extracto de la Resolución, de 3 de agosto de 2016, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se convoca el procedimiento de presentación de proyectos de programas operativos, de sus modificaciones de anualidades no comenzadas y de dotación de fondo operativo por parte de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas, (OPFH), cuyo plazo de presentación para cada anualidad está contemplado en el Reglamento de Ejecución (UE) núm. 543/2011 de la Comisión, de 7 de junio de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1234/2007 del Consejo, en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas.

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BDNS (Identif): 314093.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Resolución cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Se convoca el procedimiento de presentación de los proyectos de programas operativos, de sus modificaciones de anualidades no comenzadas y de dotación de fondo operativo por parte de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas, cuyos plazos de presentación para cada anualidad están contemplados en el Reglamento de Ejecución (UE) núm. 543/2011 de la Comisión, de 7 de junio de 2011.

Segundo. Solicitantes.

Para acceder a esta ayuda, los solicitantes que se relacionan deberán reunir los requisitos previstos en los artículos 7 y 13 del Real Decreto 1337/2011:

1. Las OPFH reconocidas, que presenten un proyecto de programa operativo cuyo periodo de aplicación se inicia en la anualidad 2017 y siguientes, así como de dotación de fondo operativo.

2. Aquellas OPFH reconocidas que, disponiendo de un programa operativo aprobado, soliciten su modificación de anualidad no comenzada y de dotación del fondo operativo para la anualidad 2017 y siguientes.

3. Las OPFH reconocidas que teniendo un programa operativo aprobado, soliciten la dotación del fondo operativo para la anualidad 2017 y siguientes.

Tercero. Objeto.

Convocar, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el procedimiento de presentación de proyectos de programas operativos, de sus modificaciones de anualidades no comenzadas y de dotación de fondo operativo por parte de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas.

La presentación de las solicitudes se efectuará a través de la aplicación informática para la gestión del reconocimiento y las ayudas a los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas «Grafo», de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, y el Sistema de Registro @RIES de la Administración de la Junta de Andalucía.

Quedan exentas de la obligación de presentación de la solicitud de aprobación del programa operativo a través de la aplicación informática Grafo aquellas organizaciones de productores que no estén reconocidas a la fecha de la publicación de la presente resolución. En este caso, las solicitudes de proyecto de programa operativo se presentarán preferentemente en el registro de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural donde radique la sede social de la entidad sin perjuicio de que puedan presentarse en los registros de los demás órganos administrativos y en las oficinas que correspondan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Bases reguladoras.

Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) núm. 922/72, (CEE) núm. 234/79, (CE) núm. 1037/2001 y (CE) núm. 1234/2007, así como en el Reglamento (UE) núm. 543/2011 de la Comisión, de 7 de junio de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento 1234/2007 del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas.

Real Decreto 1337/2011, de 3 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.

Quinto. Importe máximo por beneficiario.

No hay un importe máximo establecido para los solicitantes, el importe se establece en base a la admisibilidad de las acciones, actuaciones e inversiones y conceptos de gasto del fondo operativo aprobado y su correcta ejecución.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de los proyectos de programas operativos, de sus modificaciones de anualidades no comenzadas y de dotación de fondo operativo para la anualidad 2017 ante el órgano competente mediante el modo de presentación establecido por la presente resolución, comenzará a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y hasta el 15 de septiembre de 2016.

Para anualidades sucesivas será igualmente, a más tardar, el 15 de septiembre del año anterior al del inicio de su aplicación.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios y el Manual de Usuario de la aplicación informática GRAFO figuran publicados en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la dirección:

http://www.juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaydesarrollorural/servicios/ayudas/detalle/ 76816.html.

Sevilla, 3 de agosto de 2016.- La Directora General, Ángeles Arquero Coloma.

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