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El Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, atribuye a la Secretaría General de Acción Exterior el impulso, coordinación y desarrollo de las relaciones de cooperación transfronteriza entre la Junta de Andalucía y las regiones limítrofes portuguesas de Algarve y Alentejo, con las que conforma la Eurorregión Alentejo-Algarve-Andalucía.
Mediante Orden de 28 de julio de 2016, de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la cooperación transfronteriza en la Eurorregión Alentejo-Algarve-Andalucía.
La disposición adicional primera de la misma delega la competencia para convocar, mediante resolución, las subvenciones reguladas en dicha Orden, así como para aprobar los formularios de solicitud y de otros trámites a realizar por las personas solicitantes, en la persona titular de la Secretaría General de Acción Exterior.
A la vista de lo anterior y de conformidad con lo establecido en dichas disposiciones y en el Título VII del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, en uso de las facultades conferidas por las disposiciones legales vigentes,
DISPONGO
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el ejercicio 2016, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la realización de proyectos y actividades que fomenten la cooperación transfronteriza en la Eurorregión Alentejo-Algarve-Andalucía, en alguna o algunas de las siguientes tipologías:
- Jornadas, seminarios y encuentros.
- Estudios e investigaciones.
- Edición de publicaciones.
- Eventos, certámenes y actividades divulgativas de interés social y cultural.
Segundo. Aprobación y obtención de formularios.
1. Aprobar los formularios que se indican a continuación y que figuran como Anexos a la presente convocatoria, a los que deberán ajustarse las solicitudes presentadas y, en su caso, los trámites de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos:
- Formulario de solicitud (Anexo I).
- Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos (Anexo II).
2. El formulario de solicitud (Anexo I) y el formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos (Anexo II) podrán obtenerse en la dirección electrónica http://juntadeandalucia.es/organismos/presidenciayadministracionlocal.html, en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la sede de la Consejería de la Presidencia y Administración Local.
Tercero. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes, que irán dirigidas a la persona titular de la Secretaría General de Acción Exterior, se podrán presentar en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica http://juntadeandalucia.es/organismos/presidenciayadministracionlocal.html, y en los lugares y registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al que se publique el extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Cuarto. Financiación.
1. La financiación de las subvenciones concedidas a Universidades se realizará en el ejercicio 2016 con cargo a la partida presupuestaria 0100010000 G/82A/44103/00 01 y por importe máximo de 12.701,00 euros.
2. La financiación de las subvenciones concedidas a Entidades Locales se realizará en el ejercicio 2016 con cargo a la partida presupuestaria 0100010000 G/82A/46101/00 01 y por importe máximo de 31.752,00 euros.
3. La financiación de las subvenciones concedidas a Instituciones y entidades sin ánimo de lucro se realizará en el ejercicio 2016 con cargo a la partida presupuestaria 0100010000 G/82A/48801/00 01 y por importe máximo de 19.845,00 euros.
Quinto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la cooperación transfronteriza en la Eurorregión Alentejo-Algarve-Andalucía, aprobadas mediante Orden de 28 de julio de 2016 (BOJA núm. 47, de 2 de agosto de 2016).
Sevilla, 11 de agosto de 2016.- El Secretario General, Ángel Luis Sánchez Muñoz.
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