Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 179 de 16/09/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Conocimiento

Resolución de 19 de agosto de 2016, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería, de autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y reconocimiento en concreto de utilidad pública del proyecto denominado «proyecto singular de canalizaciones de gas natural para suministros industriales en Almería.» (PP. 2139/2016).

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EXPTE.: GNR-1/37

Visto el expediente referenciado y examinados los documentos obrantes en el mismo se constatan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La empresa «REDEXIS GAS, S.A.» con CIF A-82625021 y domicilio a efectos de notificaciones en C/ Federico García Lorca, 31, local 10, 18014 Granada, solicitó ante la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Almería, con fecha 17.2.2015, Autorización Administrativa, Aprobación de Proyecto de ejecución así como la Declaración en concreto de Utilidad Pública del Proyecto denominado «Proyecto singular de canalizaciones de gas natural para suministros industriales en Almería.»

Segundo. De acuerdo con el artículo 78 del Real Decreto 1434/2002 de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en el BOE núm. 118 de 18 de mayo de 2015, en el BOJA núm. 65 de 7 de abril de 2015, en el BOP de Almería núm. 79 de 27 de abril de 2015 y en los diarios «La Voz de Almería» de 11 de abril de 2015 e «Ideal» de 7 de mayo de 2015. Asimismo, fue efectuada publicación en el tablón de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Almería desde el 17 de noviembre de 2015 hasta el 11 de diciembre de 2015.

En dichos anuncios se incluían relación concreta y detallada de bienes y derechos afectados por la citada instalación.

Tercero. Que REDEXIS GAS, S.A., en cumplimiento con lo establecido en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, presentó, con fecha 8.10.2015, ante la Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería, solicitud de Autorización Ambiental Unificada para el citado «Proyecto singular de canalizaciones de gas natural para suministros industriales en Almería».

Que la Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería, mediante Resolución de 10.8.16, otorga, a los efectos oportunos previstos en la precitada Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, Autorización Ambiental Unificada al citado proyecto de ejecución, supeditando dicha autorización al cumplimiento de las condiciones recogidas en el propio proyecto, en el Estudio de Impacto Ambiental y en el resto de documentación técnica presentada por el promotor ante esa Delegación Territorial, así como al cumplimiento de las condiciones que se establecen adicionalmente en los Anexos que se citan en la propia Autorización.

Cuarto. Que dentro del plazo de información pública, se presentaron alegaciones.

Doña Dolores Gázquez Ventura alega que a pesar de que la titularidad catastral aparece erróneamente a nombre de otras personas, las parcelas catastrales núm. 15, 16 y 20 del polígono 27 forman parte integrante de la finca de su propiedad, solicitando por tanto que se le nombre parte interesada en el expediente y se la tenga por titular de las referidas parcelas.

La empresa beneficiaria, en su escrito de contestación a dichas alegaciones indica que tras aportar copia de la titularidad registral, procederá a subsanar el error teniendo a la alegante por personada en el expediente a los efectos de posteriores actuaciones que pudieran practicarse en la tramitación del mismo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación es competente en la materia objeto de la solicitud mencionada según lo dispuesto en el Título II, Capítulo II, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y las Disposiciones Adicionales 4.ª y 6.ª y la Disposición Transitoria 5.ª del Decreto 342/2012, de 31 de julio, modificado por el Decreto 304/2015, de 28 de julio, por el que se regula la Organización Territorial Provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio y con el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.

Segundo. En la tramitación del expediente se han cumplido los requisitos y condiciones establecidos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el R.D. 1434/2002, citado anteriormente, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados más arriba, esta Delegación Territorial,

RESUELVE

Primero. Conceder la Autorización Administrativa, Aprobación de Proyecto y Declarar en concreto la Utilidad Pública del Proyecto singular de canalizaciones de gas natural para suministros industriales en Almería, cuyas características principales son las siguientes:

CALLE A CANALIZAR TIPO DE TUBO DISTANCIA VAL.RED
Ramal a Biobelmonte PE 100 SDR 11 DN110 1728 m 1-DN4”

La canalización proyectada tiene su origen en la canalización existente de DN 200 del ramal al Parque Científico-Técnico «PITA», situado al este de Almería junto a la rambla de la Sepultura.

Discurrirá paralela a la Autovía A-7, realizará cruce con la rambla de la Sepultura, con la Rambla de la Boquera de la Jaca y con la Autovía A-7.

Una vez cruzada continuará en dirección este hasta alcanzar las instalaciones de Biobelmonte.

El presupuesto para la ejecución material de las instalaciones asciende a la cantidad de:

noventa y nueve mil setecientos cinco euros con treinta y tres céntimos (99.705,33 euros).

Segundo. La empresa REDEXIS GAS, S.A. constituirá en el plazo de dos meses, a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el BOP de Almería, garantía por valor de 1.994,10 euros (mil novecientos noventa y cuatro euros con diez céntimos de euro), importe correspondiente al 2% del presupuesto que figura en el expediente, conforme a lo dispuesto en el artículo 73.4 de la Ley 34/98, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos. Dicha garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública a disposición de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Almería, en metálico, en valores del Estado, mediante aval bancario o contrato de seguro de caución. Deberá remitirse a esta Delegación Territorial la documentación acreditativa de la constitución de la citada garantía en un plazo de treinta días desde su materialización.

Tercero. La Declaración en concreto de la Utilidad Pública de la instalación, a los efectos de expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación forzosa y 105 de la Ley 34/1998 de 7 de octubre, del sector de Hidrocarburos.

Cuarto. Acordar la iniciación del procedimiento expropiatorio que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y su Reglamento de desarrollo, respecto de los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado y que se describen en la relación de afectados que se une como Anexo a la presente Resolución.

Quinto. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, la correspondiente legislación sectorial y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Sexto. En virtud de lo dispuesto en el art 73.6 de la Ley 34/98, de 7 de octubre, el incumplimiento de las condiciones y requisitos de la presente Autorización, o la variación sustancial del presupuesto que determinaron su otorgamiento, podrá dar lugar a su revocación.

Séptimo. Notifíquese esta Resolución a cada interesado, publicándose además en el BOJA y extracto de la misma en BOE y BOP de Almería, así como en el tablón oficial de anuncios del Ayuntamiento de Almería, todo ello de conformidad con lo establecido en el citado artículo 21 de la Ley de Expropiación Forzosa, señalando que las citadas publicaciones se realizan igualmente a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, para el caso de domicilios ignorados o notificaciones que no se hayan podido practicar.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Almería, 19 de agosto de 2016.- El Delegado, Miguel Ángel Tortosa López.

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados. Proyecto singular de canalizaciones de gas natural para suministros industriales en Almería

Abreviaturas utilizadas: SP= m.l. servidumbre de paso; OT= m² ocupación temporal; POL = polígono; PAR= parcela

Finca Titular – Dirección - Población SP OT POL PAR Naturaleza
AL-AL-1 Agencia Andaluza del Agua Estado 106 843 29 90003 rambla
AL-AL-2 Agencia Andaluza del Agua 64 516 28 90009 rambla
AL-AL-3 Delta Inmuebles, S.A. 116 914 28 97 pastos
AL-AL-4 Alquian, S.A. 484 3868 28 77 pastos
AL-AL-5 Agencia Andaluza del Agua Estado 9 68 28 90000 rambla
AL-AL-6 Alquian, S.A. 150 1196 28 100 pastos
AL-AL-7 Juan Antonio Pérez Marín 364 2855 28 55 pastos
AL-AL-8 Agencia Andaluza del Agua Estado 16 134 28 90008 rambla
AL-AL-9 Agencia Andaluza del Agua Estado 24 190 27 90043 rambla
AL-AL-10 HR Antonio Andújar Díaz 6 48 27 17 pastos
AL-AL-11
Dolores Gázquez Ventura
(Titular catastral: Pedro Martínez Sola)
28 230 27 20 pastos
AL-AL-12 HR Antonio Andújar Díaz 16 136 27 18 pastos
AL-AL-13 Ministerio de Fomento 43 389 27 9043 autovía
AL-AL-14 Ministerio de Fomento 87 691 28 9001 autovía
AL-AL-15 Agencia Andaluza del Agua Estado 46 252 28 90004 rambla
AL-AL-16 Agencia Andaluza del Agua Estado 51 443 27 90001 rambla
AL-AL-17
Dolores Gázquez Ventura
(Titular catastral: Consabor, S.L)
116 938 27 16 pastos
AL-AL-18
Dolores Gázquez Ventura
(Titular catastral: Antonio López Quesada)
3 23 27 15 pastos
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