Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 179 de 16/09/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 29 de julio de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 130/2016.

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Procedimiento: 284/15 Ejecución de títulos judiciales 130/2016. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20150003048.

De: Jesús Jiménez García y María Rosario Bernal Barrera.

Contra: La Pintada Eventos, S.L., y Projisa, S.A.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 130/2016 a instancia de la parte actora Jesús Jiménez García y María Rosario Bernal Barrera contra La Pintada Eventos, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 29.7.16 del tenor literal siguiente:

DECRETO núm. 502/16

Letrada de la Administración de Justicia doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a veintinueve de julio de dos mil dieciséis.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Jesús Jiménez García y María Rosario Bernal Barrera han presentado demanda de ejecución frente a La Pintada Eventos, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 21.6.16 por un total de 41.354,91 € de principal más la de 8.271 presupuestados para intereses y costas.

Tercero. De las actuaciones practicadas se obtuvo la cantidad de 7,62 euros, habiendo quedado reducido el principal reclamado a la suma de 41.347,29 euros, y se ha dado audiencia al Fondo de Garantía Salarial tras el resultado negativo del resto de averiguaciones realizadas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Disponen los artículos 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Declarar al ejecutado La Pintada Eventos, S.L., en situación de Insolvencia Parcial por importe de 41.347,29 € de resto de principal mas la de 8.271 presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Expídase mandamiento de pago por la suma de 7,62 € a favor de don Jesús Jiménez García a cuenta de principal, el cual le será entregado en la Secretaría de este Juzgado y caducará a los tres meses desde su expedición de conformidad con la disposición transitoria segunda del Decreto 467/06, de 21 de abril. Caso de no comparecer, transfiérase dicha cantidad de conformidad con el art. 14 del mismo Decreto a la cuenta de Fondos Provisionalmente Abandonados transcurrido el plazo de un año desde la fecha del requerimiento o de emisión del mandamiento.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.

El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado La Pintada Eventos, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintinueve de julio de dos mil dieciséis.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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